Subvenciones mediante concurrencia competitiva a ayuntamientos de esta provincia destinadas a la realizacion de actuaciones de urbanizacion y dotaciones urbanisticas vinculadas a la construccción de vivienda pública en la provincia de Palencia
Denominació oficial: SUBVENCIONES MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA A AYUNTAMIENTOS DE ESTA PROVINCIA DESTINADAS A LA REALIZACION DE ACTUACIONES DE URBANIZACION Y DOTACIONES URBANISTICAS VINCULADAS A LA CONSTRUCCCIÓN DE VIVIENDA PÚBLICA EN LA PROVINCIA DE PALENCIA
Resum
Aquesta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Palencia. Pressupost: 1,7 M€. Es pot sol·licitar fins al 16 de novembre de 2026. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.
De què va aquest ajut?
Se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud antes del 16/11/2026 y se evaluarán todas las propuestas; cumplir los requisitos no asegura que se conceda. La ayuda consiste en una subvención en efectivo, sin devolución, dirigida a municipios de la provincia de Palencia con menos de 20 000 habitantes que tengan planes de ordenación urbana y sean titulares del suelo municipal. El objetivo es financiar actuaciones de urbanización y dotaciones urbanísticas vinculadas a la construcción de vivienda pública de protección.
Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contenir errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.
Descripció oficial de la convocatòria
Primero. – Beneficiarios Línea 1: municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Palencia, que cuenten con Instrumentos de Planeamiento General aprobados definitivamente y en vigor (Planes Generales de Ordenación Urbana y/o Normas Urbanísticas Municipales), que sean titulares del correspondiente patrimonio municipal del suelo, y que dispongan de instrumento de gestión urbanística aprobado, al menos, inicialmente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, el requisito y destino de “vivienda pública” deberá tener la consideración de “viviendas de protección pública”, siendo aquellas viviendas que sean así calificadas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y que cumplan los requisitos que se establecen en esta ley y en sus disposiciones de desarrollo; con independencia de que se trate de viviendas de nueva construcción, en proceso de construcción o rehabilitación, o ya terminadas o rehabilitadas, o de que tuvieran previamente condición de viviendas libres, o de que obtengan o no financiación pública. Línea 2: municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Palencia, con o sin Instrumentos de Planeamiento General, que tengan algún tipo de promoción de vivienda pública. Segundo. – Objeto Con el fin de atender las necesidades y demandas habitacionales de la población de la provincia y ampliar la oferta pública de vivienda, y ante el reto que supone la dotación de servicios asociados a este incremento, es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Palencia para la ejecución de actuaciones de urbanización y dotaciones urbanísticas vinculadas a promociones de vivienda pública ejecutadas por los propios municipios o a través de convenios con otras Administraciones Públicas o entes del sector público. Tercero. – Actuaciones subvencionables Las acciones subvencionables deberán referirse a la ejecución de los siguientes gastos de urbanización y/o dotaciones urbanísticas vinculados a promociones de vivienda pública ejecutadas por los propios municipios o a través de convenios con otros entes públicos o administraciones públicas, teniendo en cuenta la definición de los conceptos incluidos en el glosario de la cláusula 20 de estas bases. Línea 1: Actuaciones que se encuentren incluidas en los fines de interés social establecidos para los patrimonios públicos de suelo en el artículo 125 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y en el artículo 374 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, y que, por tanto, sean compatibles con el planeamiento urbanístico o los instrumentos de ordenación del territorio, siendo subvencionables exclusivamente los siguientes: 1.- Ejecución de sistemas generales u otras dotaciones urbanísticas públicas, exclusivamente vinculados a promociones de vivienda con régimen de protección pública. 2.- Compensación a propietarios cuyos bienes: 1.º Hayan sido objeto de expropiación. 2.º Hayan sido objeto de ocupación directa. 3.º Estén incluidos en unidades de actuación en las que el aprovechamiento permitido por el planeamiento sea inferior al aprovechamiento que corresponde a dichos propietarios 3.- Conservación, gestión o ampliación del propio patrimonio municipal de suelo en relación exclusivamente con los siguientes: -Los gastos de urbanización necesarios para que los terrenos del patrimonio alcancen la condición de solar. -Los gastos de elaboración de los instrumentos de gestión urbanística necesarios. Línea 2: Serán subvencionables las siguientes actuaciones 1.- Los gastos de urbanización necesarios para que los terrenos del municipio alcancen la condición de solar. 2.- La ejecución o regularización de las vías públicas entendiéndose incluidas: 1.º La explanación, pavimentación y señalización de calzadas, aceras y carriles especiales. 2.º La construcción de las canalizaciones e infraestructuras de los servicios urbanos. 3.º La plantación de arbolado y demás especies vegetales. 4.º La conexión con el sistema general o en su defecto la red municipal de vías públicas. 3.- La ejecución, ampliación o conclusión de los servicios urbanos y otras dotaciones urbanísticas. 4.- Los gastos de elaboración de los instrumentos de gestión urbanística necesarios, en su caso. En ambas líneas se deberá iniciar la ejecución de la construcción de las viviendas públicas objeto de la urbanización en un plazo no superior a los 5 años desde la notificación de la concesión de las ayudas. Tendrán la consideración de costes imputables a la subvención, además de la propia ejecución material de las actuaciones de urbanización y/o dotaciones urbanísticas, el coste de las actuaciones que fueran necesarias para su realización, tales como: a) Los honorarios de redacción de proyectos, incluidos estudios y cálculos técnicos previos. b) Los honorarios de dirección técnica y coordinación de seguridad y salud. No serán objeto de esta convocatoria: • Actuaciones NO vinculadas a promociones de vivienda pública ejecutadas por los propios municipios o a través de convenios con otros entes públicos. Se considerarán subvencionables aquellas obras que se hayan ejecutado desde el 01/01/2026 y los gastos de elaboración de instrumentos de gestión realizados desde el 01/01/2024. Cuarto. – Cuantía La cuantía total de las subvenciones asciende a la cantidad de un millón seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y seis euros con setenta y tres céntimos (1.656.886,73 €) en la aplicación 31.15203.76201.113 correspondientes del presupuesto de esta Corporación para el ejercicio 2026. De la totalidad de los créditos presupuestarios, 656.886,73 euros proceden de reintegros del Programa de Cooperación Económica para la Conservación, Ampliación y Gestión de los Patrimonios Municipales del Suelo de la provincia de Palencia convocado en el ejercicio 2022. De…
Organisme convocant
DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
Àmbit
Palencia
Categoria
Destinataris
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 14 de setembre de 2026 |
| Data d'inici de sol·licituds | 17 de setembre de 2026 |
| Data fi de sol·licituds | 16 de novembre de 2026 |
Informació completa
| Administració | Local |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector econòmic | F - CONSTRUCCIÓN |
| Última actualització BD | 28 de setembre de 2026 |
Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 1,7 M€ |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
- TEC.044. A-II -FICHA NFORMATIVA Y DECLARACION RESPONSABLE ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto del Decreto de 11 de septiembre de 2026 de la Presidenta de la Diputación Provincial de Palencia por la que se aprueba la convocatoria y bases reguladoras de la concesión de subvenciones mediante concurrencia competitiva a ayuntamientos de esta provincia destinadas a la realización de actuaciones de urbanización y dotaciones urbanísticas vinculadas a la construcción de vivienda pública en la provincia de Palencia ↗
Bases reguladores
Ordenanza General de Subvenciones