Subvenciones para la restauración y rehabilitación de fachadas de los inmuebles del municipio de banyoles
Izendapen ofiziala: SUBVENCIONES PARA LA RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE LOS INMUEBLES DEL MUNICIPIO DE BANYOLES
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas físicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: Girona. Aurrekontua: 7.000 €. Izapideak elektronikoki egiten dira. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Primero. Beneficiarios Las personas físicas o jurídicas, con o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios y comunidades de bienes, de viviendas y edificios destinados mayoritariamente a un uso residencial, situados dentro del término municipal de Banyoles, con título de dominio o cualquier otro derecho que les permita realizar las actuaciones y cumplir con las obligaciones que se establecen en las correspondientes bases. Cuando sea procedente se tendrá que acreditar la autorización expresa del propietario para la ejecución de las obras. Segundo. Objeto La presente convocatoria tiene por objeto el otorgamiento de subvenciones destinadas a estimular y fomentar las iniciativas de restauración y rehabilitación de fachadas del parque inmobiliario privado en el municipio de Banyoles, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal. De acuerdo con las bases específicas podrán ser objeto de subvención los gastos derivados de la realización de obras de restauración, rehabilitación y/o mejora de las condiciones de uso, seguridad o estética de las fachadas de los edificios destinados mayoritariamente a uso residencial y viviendas privadas subvencionables (incluye la intervención en los paramentos verticales, cuerpos y elementos salientes), siempre que cumplan los siguientes requisitos: La antigüedad del edificio, según Catastro, tiene que ser igual o superior a 25 años. Las obras tienen que ser de restauración, rehabilitación y/o mejora (no son subvencionables las ampliaciones, ni la obra nueva). Las actuaciones en fachada tienen que englobar la totalidad de la misma (no se admitirán intervenciones parciales que no afecten a todas las plantas). En caso de edificios que constituyan unidad de fachada, la intervención tiene que tener en cuenta la totalidad de los inmuebles afectados. No pueden acogerse a la subvención que regulan las presentes bases los edificios que se encuentran en situación de fuera de ordenación, ni las actuaciones sobre edificios industriales. Las obras tienen que disponer de la correspondiente licencia o título administrativo que habilite su ejecución en vigor, otorgados o presentados durante el año en curso o bien que la tramitación sea simultánea. Excepcionalmente y por motivos justificados se podrá admitir que las licencias o los títulos habilitantes se hayan otorgado durante el año inmediatamente anterior a la correspondiente convocatoria. Concretamente se incluyen las siguientes actuaciones: Pintar fachadas. Rehabilitación y restauración de fachadas. Obras de mejora y adecuación de fachadas a la normativa vigente. Mejora de los acabados de las paredes medianeras visibles desde la vía pública. Obras de reposición o recuperación de los capiteles en aperturas geminadas de carácter histórico, respecto de las cuales se pueda demostrar su existencia anterior con formación de columnas y capiteles, dentro del ámbito del Plan Especial del Casco antiguo de Banyoles; así como otros elementos de fachada incluidos en el Catálogo de Patrimonio de Banyoles. Quedan expresamente excluidas las actuaciones que representen el vaciado estructural del edificio o el derribo de fachadas. Tercero. Bases reguladoras Las bases específicas reguladoras de las subvenciones objeto de esta convocatoria han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 128, del día 6 de julio de 2020. https://ssl4.ddgi.cat/bopV1/pdf/2020/128/202012804360.pdf Cuarto. Cuantía El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 7.000 €, que irán con cargo a la partida 2023.23.15200.78001 Vivienda. Subv. Rehab. Y acondicionamiento de viviendas. La cuantía de la subvención podrá llegar al 20 % del presupuesto elegible con un límite máximo de subvención de 1.500,00 €. En cualquier caso no se podrán otorgar subvenciones por importe superior a la consignación presupuestaria disponible. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Por las características de este programa las solicitudes de subvención se podrán realizar a lo largo de todo el ejercicio, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona y sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente. La presentación de las solicitudes se hará mediante el modelo normalizado que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyoles, adjuntando la documentación que establece el artículo 5 de las correspondientes bases reguladoras. Las subvenciones concedidas se tendrán que justificar en el plazo y en la forma indicados en las bases reguladoras. Sexto. Otros datos La concesión de las subvenciones y el resto de cuestiones derivadas de ella se realizará de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras.
Deialdia egiten duen erakundea
BANYOLES — AYUNTAMIENTO DE BANYOLES
Eremua
Girona
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2023ko ekainaren 13a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | Ez dago eskuragarri |
Informazio osoa
| Administrazioa | Lokala |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sektore ekonomikoa | 43.3 - Acabado de edificios; 81.2 - Actividades de limpieza; 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko uztailaren 21a |
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- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 7.000 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
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Dokumentazioa
Oinarri arautzaileak
BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE LOS INMUEBLES DEL MUNICIPIO DE BANYOLES