Ngeu-mrr. Prog 1 acb 9 convocatoria alcobendas rehabilitación (no sujeta)
Izendapen ofiziala: NGEU-MRR. PROG 1 ACB 9 CONVOCATORIA ALCOBENDAS REHABILITACIÓN (NO SUJETA)
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: COMUNIDAD DE MADRID. Aurrekontua: 1,7 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http//www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web www.comunidad.madrid. Primero Destinatarios últimos de las ayudas. Pueden ser destinatarios últimos de las ayudas: a) Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. b) Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles. c) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal o equivalente en normas forales de aplicación. d) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas. f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa. Segundo Objeto La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria de las subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda previstas dentro en el programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que tendrá la consideración de bases reguladoras de estas subvenciones, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next- Generation-EU, en el ERRP de "Distrito Centro. Fase I"", en el municipio de Alcobendas, la cual se tramitará por procedimiento de concurrencia no competitiva, según se regula en el artículo 62.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio tiene como objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población. Tercero Bases Reguladoras Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Cuarto Cuantía La dotación presupuestaria inicial máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a, 2.165.430,00 euros y se contraerá con cargo a los créditos del subconcepto 78405, programa 261A del Presupuesto de Gastos para de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar, según los criterios de fijación de cuantías establecidos en los puntos siguientes. A estos efectos, y dentro de los límites máximos establecidos, podrán considerarse subvencionables los costes de gestión inherentes al desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados, los honorarios de los profesionales intervinientes en la gestión y desarrollo de las actuaciones, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados con el límite que corresponda según lo previsto en este artículo. No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial. Cuando el proyecto haya recibido subvención con cargo al programa 5 para la redacción de proyectos de rehabilitación, se descontará la cantidad recibida de la cuantía de la subvención con cargo a este programa, tal como indica el artículo 34.2 del RD 853/2021. La determinación de la cuantía máxima de la ayuda con cargo a este programa 1 se determinará incluyendo el coste del proyecto en la inversión subvencionable y descontando de dicha cuantía, la ayuda que hubiese sido concedida dentro del programa 5 para la redacción del proyecto. Por lo tanto, no se excluirá de la inversión subvencionable presentada a este programa 1 los gastos del proyecto cuando se ha recibido ayuda para la redacción de este con cargo al programa 5, con el objeto de sumar las ayudas correspondientes a ambos programas. Siempre que el…
Deialdia egiten duen erakundea
COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
Eremua
COMUNIDAD DE MADRID
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2023ko uztailaren 21a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | 2023ko urriaren 31a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Autonomikoa |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sektore ekonomikoa | 43 - Actividades de construcción especializada; 42 - Ingeniería civil; 81 - Servicios a edificios y actividades de jardinería |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko uztailaren 21a |
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 1,7 M€ |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Europako finantzaketa | Suspertze eta Erresilientzia Mekanismoa (MRR) |
| EBk kofinantzatua | Bai |
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Dokumentazioa
- Otros documentos ORDEN AMPLIACIÓN PLAZO ALCOBENDAS ANONIMIZADA ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Otros documentos Resolución anonimizada SGT corrección errores ↗
- EXTRACTO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ESTABLECIDO EN LA ORDEN 2003/2023, DE 22 DE JUNIO, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE MEJORA O REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE USO PREDOMINANTE RESIDENCIAL PARA VIVIENDA PREVISTAS DENTRO EN EL PROGRAMA 1 -DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRI ↗
- EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARIA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS DE CORRECCIÓN DE ERRORES DEL EXTRACTO DE LA ORDEN 2003/2023, DE 22 DE JUNIO, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA, ACTUAL CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE MEJORA O REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE USO PREDOMINANTE RESIDENCIAL PARA VIVIENDA PREVISTAS DENTRO DEL PROGRAMA 1 ↗
- EXTRACTO DE LA ORDEN 2003/2023 DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE MEJORA O REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE USO PREDOMINANTE RESIDENCIAL PARA VIVIENDA PREVISTAS DENTRO EN EL PROGRAMA 1 DEL REAL DECRETO 853/2021, DE 5 DE OCTUBRE, EN EL MUNICIPIO DE ALCOBENDAS. ↗
Oinarri arautzaileak
REAL DECRETO 853/2021, DE 5 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROGRAMAS DE AYUDA EN MATERIA DE REHABILITACIÓN RESIDENCIAL Y VIVIENDA SOCIAL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA