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Bases específicas de concesión de subvenciones para la emancipación de los jóvenes. Convocatoria 2024

Izendapen ofiziala: BASES ESPECÍFICAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA EMANCIPACIÓN DE LOS JÓVENES. CONVOCATORIA 2024.

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Egoera Irekita
BDNS kodea 744699

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: personas físicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: PAIS VASCO. Aurrekontua: 50.000 €. Zuzeneko emakida: lehiaketa publikorik gabe emana.

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Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a jóvenes de 18 a 35 años que vivan en Zumarraga, no tengan actividad económica y no perciban otras ayudas similares. Puedes usarla para pagar el alquiler de tu vivienda o para financiar gastos de autoempleo, como alquiler de local, elaboración de proyecto, obras de adecuación o tasas. No hay comparación con otras solicitudes.

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Deialdiaren deskribapen ofiziala

BASES ESPECÍFICAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA EMANCIPACIÓN DE LOS JÓVENES. CONVOCATORIA 2024. 1. OBJETO Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las condiciones de acceso y concesión de ayudas destinadas a favorecer el proceso de emancipación de la juventud del municipio de Zumarraga, en el año 2024. Se establecen dos líneas de subvención: Ayudas para el alquiler de vivienda. Ayudas para el autoempleo: gastos de alquiler de local, elaboración del Proyecto, obras de adecuación, tasas, etc. 2. PERSONAS BENEFICIARIAS Jóvenes entre 18 y 35 años a 31 de diciembre del año en el que se realiza la convocatoria, que no tengan derecho a otras ayudas similares en vigor, y que cumplan todos los requisitos exigidos en cada una de las líneas de subvención establecidas. 3. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACION Las solicitudes deberán formalizarse por parte del interesado, en el modelo de instancia que se acompaña a estas bases, a partir de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, a lo largo del ejercicio 2024. Si la solicitud estuviera incompleta, los solicitantes contarán con un plazo de 10 días para aportar la documentación necesaria. Si en el plazo establecido no lo hicieran, se procederá al archivo de la solicitud sin más trámite. La solicitud y la documentación complementaria se podrá presentar vía internet, a través del portal de subvenciones ubicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zumarraga: https://uzt.gipuzkoa.eus/PortalV/7.00/SolicitudDetalle.aspx?ID=DGAZ Asimismo, la solicitud se podrá presentar en papel mediante su entrega en el Registro General del Ayuntamiento, dentro de los horarios de atención al público, o por correo certificado. 4.- REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES. Los titulares de las solicitudes deberán cumplir con los requisitos siguientes: Estar empadronados en Zumarraga. Las ayudas se concederán solamente a partir de la fecha de empadronamiento. Estar al corriente del pago de impuestos, tasas, arbitrios y sanciones con el Ayuntamiento de Zumarraga. Además, en función de la línea de subvención que se solicite, el solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos: En el caso de solicitud de ayuda para el alquiler de vivienda: Ser titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda sita en Zumarraga, y residir con carácter habitual y permanente en la misma. Estar empadronado en la vivienda. Las ayudas se concederán solamente a partir de la fecha de empadronamiento. La unidad convivencial en dicha vivienda puede estar formada por: Jóvenes que residan solos. Jóvenes que residan con otras personas. En este caso, la fórmula para la solicitud de la subvención es optativa: presentar una solicitud individual por el porcentaje de renta que corresponda, o bien, presentar una única solicitud por unidad convivencial. En las unidades convivenciales todos los miembros mayores de edad deben cumplir los requisitos. En cualquier caso, en el impreso de solicitud se deberán indicar los nombres de todos los miembros de la unidad convivencial. No ser propietario de una vivienda, salvo que no dispongan del uso ni del disfrute de la misma. Realizar el pago del alquiler mediante transferencia o domiciliación bancaria. Disponer de una fuente de ingresos regular, con unos ingresos brutos anuales no superiores a 28.000 euros para las solicitudes individuales y a 39.000 euros para el caso de una única solicitud por unidad convivencial de dos o más personas. A aquellas personas que trabajen por cuenta propia se les contabilizarán ingresos mínimos anuales de 23.000 euros. No tener vinculación familiar con el arrendador. Quedan EXCLUIDAS para la percepción de estas ayudas: Las viviendas cuyo alquiler supere los 650 euros/mes. Las viviendas de alquiler sujetas a otros programas de protección pública (Bizigune, Alokairu Segurua…). Los contratos de alquiler inferiores a un año. Estas ayudas son INCOMPATIBLES con cualesquiera otras que se pudieran conceder con la misma finalidad: Ayuda para el alquiler del programa Gaztelagun. Ayuda para el alquiler programa Emantzipa Renta de garantía de ingresos (RGI) y cualquier otra renta que provenga de políticas de inserción social de la administración pública. Prestación complementaria de vivienda (PCV), y prestación económica de vivienda (PEV) Ayudas de emergencia social (AES) relacionadas con los gastos de alquiler. En el caso de ayudas para el autoempleo: Estar de Alta en la Seguridad Social. Estar de Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Disponer de Licencia municipal, como máximo desde hace cinco años. Estar ubicada en Zumarraga la sede social de la empresa. Realizar una Declaración de Resultados de la actividad (Ingresos y gastos) no superior a 2.000 euros mensuales. Y en el caso de solicitar ayuda para el alquiler del local: Ser titular de un contrato de arrendamiento de un local sito en Zumarraga. Realizar el pago del alquiler mediante transferencia o domiciliación bancaria. No tener vinculación familiar con el arrendador. Quedan excluidos para la percepción de estas ayudas los contratos de alquiler inferiores a un año. 5.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR Tal y como establece el artículo 6 de las Bases Reguladoras de los Programas de Subvenciones establecidos por el Ayuntamiento de Zumarraga (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 28 del 10 de febrero 2023), el Ayuntamiento de Zumarraga va a verificar los siguientes requisitos para acceder a las subvenciones que otorgue en esta convocatoria desde la plataforma de interoperabilidad de datos NISAE: - Consulta y verificación de datos de identidad de la persona y/o de la entidad. - Consulta de estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. - Consulta de estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a las Haciendas Forales. Además, en el caso de los solicitantes de ayudas para el alquiler se verificarán también los siguientes datos por parte del Ayuntamiento a través de NISAE: - Consulta de disposición de vivienda en…

Deialdia egiten duen erakundea

ZUMARRAGA — AYUNTAMIENTO DE ZUMARRAGA

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Hartzaileak

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Argitalpen data2024ko otsailaren 20a
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Informazio osoa

AdministrazioaLokala
Deialdi motaZuzeneko emakida: lehiaketa publikorik gabe emana
XedeaOtras Prestaciones económicas
Sektore ekonomikoaOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko uztailaren 20a

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