SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA DESARROLLO TURÍSTICO
Izendapen ofiziala: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA DESARROLLO TURÍSTICO
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: Palencia. Aurrekontua: 140.000 €. Izapideak elektronikoki egiten dira. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
y en la página web de la Diputación Provincial de Palencia (http://www.diputaciondepalencia.es) en el apartado de “ayudas y subvenciones”. Primero.- Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes bases, los Ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia con una población inferior a 20.000 habitantes. Segundo.- Objeto.- Colaborar en la financiación del gasto corriente derivado de la realización de actuaciones que fomenten la promoción turística de los recursos naturales, culturales, y de otra índole de su localidad; de la celebración de fiestas declaradas de interés turístico cuando el Ayuntamiento sea el organizador principal; del desarrollo, promoción y publicidad del programa de actividades que tenga lugar en la localidad con motivo de la Semana Santa, así como de otras actividades de carácter turístico, que posicionen la localidad y la provincia como destino turístico. Tercero.- Actuaciones subvencionables.- ACTUACIONES DE PROMOCIÓN TURÍSTICA: -Diseño, maquetación y en su caso, edición de material turístico promocional de carácter gratuito (guías, folletos, dípticos, trípticos, carteles u otros formatos que sirvan para la difusión de los recursos y productos turísticos, vídeos y otro tipo de soportes). -Organización, desarrollo, y publicidad de eventos con relevancia turística que tengan como finalidad la promoción y difusión de la localidad. -Actividades y / o actuaciones de carácter turístico para la promoción de los recursos turísticos de la localidad. -Publicidad en medios de comunicación en distintos formatos, tales como anuncios, reportajes, etc. en prensa escrita, revistas especializadas, radio, televisión o presencia en redes sociales a través de campañas de marketing digital. -Organización de actividades que, aun no teniendo un carácter eminentemente turístico, se realicen puntualmente con motivo de acontecimientos relacionados con personajes que hayan sido fundamentales en el acontecer de la historia y/o cultura e idiosincrasia del municipio, a través de recreaciones o fiestas históricas relacionadas con hechos, sucesos y / o personajes reales o de ficción del municipio donde se desarrollen, así como otros eventos singulares, siempre que tengan relevancia turística. -Mantenimiento (hosting, dominios o cualquier otra forma de mantenimiento de páginas web turísticas del período comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024) y actualización de páginas web y de aplicaciones informáticas, siempre que tengan carácter turístico. -Gastos derivados de la organización, desarrollo, promoción y publicidad del programa de actividades que tendrá lugar en la localidad de que se trate con motivo de la celebración de la Semana Santa, ya sea con carácter previo a la misma o durante su transcurso. -Gastos derivados de la organización y desarrollo de viajes de familiarización: acciones de promoción y de recepción de touroperadores, periodistas, blogueros y otras organizaciones de ámbito turístico, que contribuyan a la comercialización y promoción del municipio. Únicamente serán gastos subvencionables los gastos de alojamiento y transporte de las personas participantes en esos viajes de familiarización. FIESTAS DECLARADAS DE INTERÉS TURÍSTICO: -Organización, desarrollo y promoción de fiestas declaradas de interés turístico. Cuarto.- Cuantía.- El crédito total para esta convocatoria es de 140.000,00 €. El importe de la subvención será el 70 % del presupuesto máximo aceptado para el cálculo de la cuantía de la subvención según las consideraciones estipuladas en las bases de la convocatoria. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado, domingo o festivo. Sexto.- Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Palencia (https://sede.diputaciondepalencia.es).
Deialdia egiten duen erakundea
DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
Eremua
Palencia
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2024ko apirilaren 9a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | Ez dago eskuragarri |
Informazio osoa
| Administrazioa | Lokala |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sektore ekonomikoa | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas; 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko uztailaren 20a |
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- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Baldintza osoak alda daitezke. Kontsultatu oinarri arautzaileak eta atari ofiziala baldintza guztiak egiaztatzeko.
Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 140.000 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
Zenbateko zehatza zure kasuaren arabera alda daiteke. Kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.
Dokumentazioa
Oinarri arautzaileak
ORDENANZA GENERAL PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA