Ez dago eskuragarriAutonomikoaBeste laguntza batzuk

De 19 de mayo de 2025, de la consejería de turismo, cultura, juventud y deportes por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de subvenciones a clubes deportivos no profesionales de la región de Murcia para la financiación de los gas

Izendapen ofiziala: AGINDUA, 2025eko maiatzaren 19koa, TURISMO, KULTURA, GAZTERIA ETA KIROL SAILARENA, GASTUA BAIMENA EMATEKO ETA MURTZIA ESKUALDEA GASA FINANTZATZEKO LANBIDE EZ-KIROL KLUBEEI LAGUNTZA DEIALDIA ONARTZEN DUENA.

Eskaera-epea Ez dago eskuragarri
Egoera Ez dago eskuragarri
BDNS kodea 834076

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: ESPAÑA. Aurrekontua: 300.000 €. Izapideak elektronikoki egiten dira. Concurrencia competitiva - canónica.

Deialdiaren deskribapen ofiziala

Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las ayudas económicas objeto de la presente Orden los clubes deportivos de la Región de Murcia que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de presentación de las solicitudes: a) Estar inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia con al menos dos años de antigüedad a la fecha de publicación en el BORM del extracto de la convocatoria. b) Tener los estatutos inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia adecuados a lo establecido por la Ley 8/2015, 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia y normativa de desarrollo o solicitada su modificación antes de la fecha de finalización de presentación de solicitudes. c) Haber celebrado elecciones, de conformidad con lo establecido en sus estatutos, en los cuatro últimos años y solicitado al Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia la inscripción de la Junta Directiva resultante antes de la fecha de finalización de presentación de solicitudes. d) Que el Club esté participando en una competición deportiva oficial no profesional, de forma regular durante el año 2025, organizada por una federación deportiva, según lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Orden. e) Disponer de libro contable, registros y, en general, de los documentos exigidos en la normativa deportiva, fiscal y asociativa aplicable y poner a disposición de la Dirección General de Deportes, cuando sea necesario, la documentación justificativa para la verificación de cumplimento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria. f) Que las actividades deportivas del club sean desarrolladas por técnicos deportivos, con titulación adecuada a la normativa vigente, tramitada por la Federación Deportiva correspondiente. El Club Deportivo deberá cumplir con lo establecido en la Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. g) Cumplir los requisitos previstos en la base reguladora segunda, apartado a) y b) de la Orden de 27 de julio de 2010 de la Consejería de Cultura y Turismo (BORM de 7 de agosto) por la que se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones que se concedan en el ámbito deportivo de la Región de Murcia, que se formalizará mediante la declaración responsable prevista el Anexo I. Segundo. Objeto Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a las bases reguladoras previstas en la Orden de 27 de julio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo (B.O.R.M. de 7 de agosto), subvenciones a clubes deportivos de la Región de Murcia para la financiación de los gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales durante el año 2025, estableciéndose las siguientes líneas de subvención: a) Subvenciones a clubes deportivos no profesionales de la Región de Murcia que participan en competiciones regulares oficiales de deporte base organizadas por las federaciones deportivas para colaborar con los gastos ocasionados por adquisición de equipaciones y material deportivo durante el año 2025. b) Subvenciones a clubes deportivos no profesionales de la Región de Murcia que participan en competiciones oficiales regulares de ámbito estatal organizadas por las federaciones deportivas para colaborar con los gastos ocasionados por la participación en las mismas durante el año 2024. Se consideran competiciones regulares oficiales de deporte base, a los efectos de la orden de convocatoria, aquellas organizadas por una federación deportiva que se desarrollen de forma regular durante toda la temporada o año deportivo y que no puedan ser consideradas de ámbito estatal, según lo establecido en el artículo 1. 1) de la orden de convocatoria. Los clubes deportivos no profesionales de la Región de Murcia que participan en competiciones regulares oficiales de deporte base, deberán participar en competición en al menos tres categorías de deporte base (benjamín, alevín, infantil, cadete y juvenil, o equivalentes, en las que los participantes tengan una edad que no supere los 18 años). Quedan exentos de cumplir esta condición aquellos clubes que participen en competiciones regulares oficiales organizadas por federaciones deportivas para personas con discapacidad y federaciones de deportes tradicionales de la Región de Murcia. Se consideran competiciones regulares oficiales de ámbito estatal, a los efectos de orden de convocatoria, aquellas organizadas por una Federación Española que se desarrollen a lo largo de toda la temporada o año deportivo, en las que participen equipos con sede social en distintas Comunidades Autónomas y en las que se efectúen un mínimo de 3 desplazamientos a otras Comunidad Autónomas. Los clubes deportivos que estén adscritos a varias Federaciones Deportivas de la Región de Murcia sólo podrán concurrir a la presente subvención en una modalidad deportiva, que se tomará como referencia para aplicar los criterios de valoración recogidos en la orden de convocatoria. Un club deportivo, solo podrá concurrir a la subvención para clubes deportivos no profesionales de la Región de Murcia que participan en competiciones regulares oficiales de ámbito estatal con un solo equipo en las condiciones recogidas en el apartado anterior, que se tomará como referencia para aplicar los criterios de valoración recogidos en el artículo 8º de la orden de convocatoria. Un club deportivo solo podrá concurrir a una de las dos líneas de subvención Tercero. Bases reguladoras Orden de 27 de julio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que se concedan en el ámbito deportivo de la Región de Murcia (BORM nº 181 de 7 de agosto). Cuarto. Conceptos subvencionables. 1. Los conceptos para los que pueden solicitarse las subvenciones destinadas a clubes deportivos no profesionales de la Región de Murcia que participan en competiciones regulares oficiales de deporte…

Deialdia egiten duen erakundea

REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Eremua

ESPAÑA

Kategoria

Beste laguntza batzuk

Hartzaileak

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Informazio gehiago

Epeak

Argitalpen data2025ko maiatzaren 21a
Eskaerak hasteko dataEz dago eskuragarri
Eskaerak amaitzeko dataEz dago eskuragarri

Informazio osoa

AdministrazioaAutonomikoa
Deialdi motaConcurrencia competitiva - canónica
XedeaOtras actuaciones de carácter económico
Sektore ekonomikoaACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko uztailaren 19a

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  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Informazio ekonomikoa

Guztizko aurrekontua300.000 €
Laguntza modalitateaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

Zenbateko zehatza zure kasuaren arabera alda daiteke. Kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.

Oinarri arautzaileak

Agindua, 2010eko uztailaren 27koa, Kultura eta Turismo Ministerioarena, Murtziako Eskualdeko kirol arloan ematen diren diru-laguntzen oinarri arautzaileak onartzen dituena.

Oinarri arautzaileak ↗