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Primera convocatoria de subvenciones a Entidades Locales para la redacción de planes generales de ordenación y catálogos urbanísticos al TROTU y al ROTU

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BDNS kodea 837269

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Aurrekontua: 1,2 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Deialdiaren deskribapen ofiziala

1.,,Bases reguladoras La presente convocatoria pública de subvenciones se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales para la redacción de Planes Generales de Ordenación y Catálogos Urbanísticos, aprobadas por Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Consejería de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos (BOPA Nº 251, del 30 de diciembre de 2024). 2.,,Financiación La convocatoria se financia con cargo a la aplicación 13.02.433C.765.004 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias y el importe total de las ayudas que se concedan no podrá exceder de un millón doscientos mil euros (1.200.000,00 euros) distribuido de forma plurianual en las siguientes anualidades: AÑO,,IMPORTE 2025,,600.000,00 € 2026,,0,00 € 2027,,480.000,00 € 2028,,0,00 € 2029,,120.000,00 € TOTAL,,1.200.000,00 € 3.,,Objeto, condiciones y finalidad 3.1.- El objeto de las presentes bases es la concesión de subvenciones para la redacción de Planes Generales de Ordenación y Catálogos Urba nísticos, de forma conjunta o independiente, adaptados al Decreto Legislativo 1/2004 por el que ese aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo (en adelante TROTU), y al Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Asturias (en adelante ROTU'22). 3.2.- La finalidad de esta subvención es avanzar en los procesos de revisión total o parcial, siempre que ésta se refiera a la totalidad de alguna de las clases de suelo del municipio, de los planes generales de ordenación y catálogos urbanísticos de los concejos que necesitan adap tarse a la normativa urbanística y sectorial en vigor. 3.3.- La subvención se efectuará en régimen de competencia competitiva y se subvencionará hasta 100 % del importe de contratación de los documentos subvencionables, hasta un máximo de 350.000 €. 3.4.- En aquellos casos en que la contratación de los documentos subvencionados se produzca con posterioridad a la concesión de la subvención, los Ayuntamientos deberán incluir en los pliegos de prescripciones técnicas y claúsulas administrativas de la contratación de los documentos, los siguientes condicionantes: A.,,PERSONAL MÍNIMO ADSCRITO AL CONTRATO a.,,Para la redacción del Plan General de Ordenación: -,,Una persona con titulación habilitante en urbanismo, que realizará la función de Director del proyecto, con una experiencia de al menos 3 años en redacción de documentos de ordenación territorial y urbanística. -,,Una persona con titulación en Arquitectura. -,,Una persona con titulación habilitante en materia medioambiental o equivalente según el plan de Bolonia, con una experiencia de al menos 2 años en redacción de redacción de documentos ambientales de instrumentos de ordenación territorial y urbanística. -,,Una persona con titulación en Derecho o equivalente según el Plan de Bolonia, con experiencia acreditada en urbanismo. b.,,Para la redacción del Catálogo Urbanístico: -,,Una persona con titulación en Arquitectura, que realizará la función de Director del proyecto, con una experiencia de al menos 3 años en redacción de documentos de ordenación territorial o urbanística. -,,Una persona con titulación en Historia del Arte o Geografía e Historia o equivalentes según el plan de Bolonia, con experiencia acreditada en Patrimonio Cultural. -,,Una persona con titulación en Derecho o equivalente según el Plan de Bolonia, con experiencia acreditada en urbanismo. En el caso de prever una contratación única para los dos documentos, el personal mínimo adscrito al contrato a incluir en el pliego de presc ripciones técnicas y cláusulas administrativas será el recogido en el punto a) más una persona con titulación en Historia del Arte o Geografía e Historia o equivalentes según el plan de Bolonia, experto en Patrimonio Cultural. B.,,CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Los criterios de adjudicación se realizarán teniendo en cuenta una pluralidad de criterios, donde el importe económico no supere el 30 % de la puntuación total. 4.,,Beneficiarios Podrá solicitar la concesión de esta subvención cualquier entidad local ubicada dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, con una población inferior a 20.000 habitantes según las cifras oficiales de población del año inmediatamente anterior al de la convocatoria publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, que vayan a iniciar la contratación de los instrumentos subvencionables o lo hayan adjudicado ya, dentro de los dos años anteriores a cada convocatoria. 5.,,Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento Tal como regulan la base duodécima, el órgano instructor del procedimiento de concesión de las subvenciones es el Servicio de la Secretaría de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias y el órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión de la subvención es la titular de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio. El estudio y valoración de las solicitudes presentadas se realizará por la Comisión Permanente de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, tal y como se establece en las bases reguladoras (base decimotercera). 6.,,Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA, tal como se recoge en la base octava de la Re solución 25 de septiembre de 2024 según modelo normalizado de solicitud que se recoge en el Anexo I a la presente Resolución debidamente firmado. Las solicitudes deberán presentarse de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14.2 del mismo texto legal en cuanto a la obligación de relacionarse de manera electrónica para los…

Deialdia egiten duen erakundea

PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA ORDENACIÓN DE TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y DERECHOS CIUDADANOS

Eremua

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Kategoria

Azpiegiturak

Hartzaileak

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Informazio gehiago

Epeak

Argitalpen data2025ko ekainaren 3a
Eskaerak hasteko dataEz dago eskuragarri
Eskaerak amaitzeko dataEz dago eskuragarri

Informazio osoa

AdministrazioaAutonomikoa
Deialdi motaConcurrencia competitiva - canónica
XedeaInfraestructuras
Sektore ekonomikoaOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko uztailaren 19a

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Guztizko aurrekontua1,2 M€
Laguntza modalitateaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

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Oinarri arautzaileak

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