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Resolución 1073/2025,de 30 de septiembre sobre convocatoria y aprobación de bases para la concesión de ayudas para la obtención de la tarjeta de transporte en metro de FGV destinadas a mayores de 65 años y personas con discapacidad igual o superior al 64%

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BDNS kodea 860360

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: personas físicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: Valencia / València. Aurrekontua: 24.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Deialdiaren deskribapen ofiziala

EXTRACTO CONVOCATORIA 1. Objeto El objeto de esta convocatoria es la regulación del procedimiento que va a regir el otorgamiento en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas dirigidas a sufragar parcial o íntegramente los gastos de adquisición de la tarjeta Bonometro de FGV para las personas mayores de 65 años (Título Gent Major) y para las personas con una discapacidad igual o superior del 64% (Título Mobilitat). Su finalidad es promover la autonomía de mayores y personas con gran discapacidad empadronados en Almàssera, facilitando la adquisición del bonometro desde la Concejalía de Bienestar Social. 2. Personas beneficiarias Tendrán la consideración de beneficiarios de las subvenciones a las que se refieren las presentes bases, las personas que reúnan los siguientes requisitos: A.- AYUDA PARA TÍTULO “GENT MAJOR”: Estar empadronados en el municipio de Almàssera en el momento de la solicitud, y con un periodo mínimo de doce meses anteriores a la misma. Tener 65 años cumplidos en el periodo fijado de presentación de solicitudes, sean o no perceptores de pensión. Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal. y con las obligaciones tributarias del Ayuntamiento de Almàssera. No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. B.- AYUDA PARA TÍTULO “MOBILITAT”: Estar empadronados en el municipio de Almàssera en el momento de la solicitud, y con un periodo mínimo de doce meses anteriores a la misma. Tener una discapacidad igual o superior al 64% . Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal. y con las obligaciones tributarias del Ayuntamiento de Almàssera. No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3. Bases reguladoras Las bases reguladoras han sido aprobadas por Decreto de la Alcaldía de 23 de septiembre de 2025 y están publicadas en la siguiente dirección: https://www.almassera.es/transparencia/bonometro-2025-2026 4. Financiación y cuantía de la ayuda 4.1. Las presentes ayudas se financiarán con cargo a la partida 231/480.00 del presupuesto municipal, con el límite global de 24.000 euros. 4.2. Cuantía de la ayuda La cuantía de las Ayudas será la siguiente: Para los mayores de 65 años con pensión contributiva. El importe de la ayuda resultará de la diferencia entre la aportación de 50€ por parte de solicitante y el precio que resulte del TÍTULO GENT MAJOR una vez aplicada, en su caso, la bonificación por FGV. + 4€ por nueva expedición. Para los mayores de 65 años, sin pensión o con pensión no contributiva: El importe de la ayuda será por cuantía igual al precio que resulte del TÍTULO GENT MAJOR una vez aplicada, en su caso, la bonificación por FGV. + 4€ por nueva expedición. Para los solicitantes con grado de discapacidad de 64% o superior El importe de la ayuda será por cuantía igual al precio que resulte del TÍTULO MOBILITAT una vez aplicada, en su caso, la bonificación por FGV. + 4€ por nueva expedición. 5. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de ayudas será de 15 días hábiles, a contar del día siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Valencia y en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Almàssera. 6. Otros datos Junto con la solicitud los interesados aportarán la documentación detallada en la base cuarta de las reguladoras de la convocatoria. 7. Resolución y notificación La resolución definitiva pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición en conformidad con la ley 39/2015 o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el correspondiente Juzgado, en conformidad con la Ley 29/1998. Almàssera, a fecha de la firma electrónica. EL ALCALDE

Deialdia egiten duen erakundea

ALMÀSSERA — AYUNTAMIENTO DE ALMÀSSERA

Eremua

Valencia / València

Kategoria

Gizarte zerb.

Hartzaileak

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Informazio gehiago

Epeak

Argitalpen data2025ko urriaren 2a
Eskaerak hasteko dataEz dago eskuragarri
Eskaerak amaitzeko dataEz dago eskuragarri

Informazio osoa

AdministrazioaLokala
Deialdi motaConcurrencia competitiva - canónica
XedeaServicios Sociales y Promoción Social
Sektore ekonomikoaOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko uztailaren 19a

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  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Informazio ekonomikoa

Guztizko aurrekontua24.000 €
Laguntza modalitateaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

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Oinarri arautzaileak

Resolución 1073/2025,de 30 de septiembre sobre convocatoria y aprobación de bases para la concesión de ayudas para la obtención de la tarjeta de transporte en metro de FGV destinadas a mayores de 65 años y personas con discapacidad igual o superior al 64%

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