Bases y convocatoria de becas para el alumnado empadronado en el municipio y matriculado en enseñanzas postobligatorias de grado, postgrado universitario y enseñanzas artísticas superiores, curso 2025/2026
Izendapen ofiziala: Bases y convocatoria de becas para el alumnado empadronado en el municipio y matriculado en enseñanzas postobligatorias de grado, postgrado universitario y enseñanzas artísticas superiores, curso 2025/2026.
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas físicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: Gran Canaria. Aurrekontua: 50.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Base 1. Objeto.1. Constituye el objeto de las presentes bases el regular el régimen de concesión de becas de estudio de grado y postgrado universitario, así como los estudios superiores artísticos de los alumnos empadronados en el municipio de Gáldar, que este Ayuntamiento ofertará con cargo a los Presupuestos de la Entidad de cara a facilitar el acceso a la enseñanza postobligatoria. Base 2. Definición de Beca y tipos de estudios.1. Se entenderá por beca la misma acepción que la contemplada en Ley 8/2003, de 3 de abril, de Becas y Ayudas a los Estudios Universitarios de Canarias que en su artículo 2 reza: «Se considera beca o ayuda al estudio toda atribución patrimonial gratuita, premio o beneficio que se conceda a quienes deseen realizar o se encuentren realizando estudios universitarios, en los términos previstos en las correspondientes convocatorias».2. Por estudio universitario de grado se entenderá cualquier grado universitario que se realice durante el curso académico 2025/2026, bien sea presencial o a distancia, en una universidad pública o privada reconocida por Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) del Reino de España. Para percibir beca cuando se cursen en universidades privadas se deberá cumplir el requisito de la base cuarta letra d y aportar la documentación justificativa que acredite esa circunstancia 3. Por estudio universitario de postgrado se entenderá la formación o ciclo de estudios de especialización que se cursa tras la graduación o licenciatura que se realice durante el curso académico 2025/2026, bien sea presencial o a distancia, en una universidad pública o privada reconocida por Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) del Reino de España. Para recibir beca cuando se cursen en universidades privadas se deberá cumplir el requisito de la base cuarta letra d y aportar la documentación justificativa que acredite esa circunstancia.4. Por enseñanza artística superior se entenderá exclusivamente la relación expuesta por el Ministerio de Educación y Formación Profesional del Reino de España, que en todo caso, abarcarán los estudios superiores de Música y de Danza, las enseñanzas de Arte Dramático, las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas, entre lo que se incluyen los estudios superiores de Cerámica y los estudios superiores del Vidrio. Base 3. Importe a percibir y crédito financiador1. El importe máximo a percibir será la cantidad de 1.000€ por solicitante.2. No se podrá otorgar en conjunto, becas por un importe superior a la reserva de crédito reflejada en los presupuestos del año 2026, salvo que las Bases de Ejecución del Presupuesto contemplen la posibilidad de ampliar el crédito o ser susceptible de recibir transferencia de crédito.3. Para el supuesto anterior, no será necesaria la iniciación de una nueva convocatoria.4. El importe mínimo a percibir será de 300€ salvo que la documentación justificativa de los gastos realizados aportados por el beneficiario sea por importe inferior.5. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 320 480001, denominada “SUBVENCIÓN BECAS ESTUDIANTES”. Base 4. De los requisitos generales para ostentar la condición de beneficiarios1. Los posibles interesados en obtener la condición de beneficiario deberán cumplir los siguientes requisitos generales:a. Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.b. Tener residencia habitual e ininterrumpida en el municipio de Gáldar, durante al menos los dos años anteriores a contar desde la fecha de la publicación de la convocatoria correspondiente. Este requisito deberá conservarse al menos hasta el periodo subvencionable.c. Tener domiciliada la renta familiar en Gran Canaria. A estos efectos, se considerará que la renta familiar está domiciliada en Gran Canaria cuando, comprobada la renta de la última declaración de la renta presentada de la totalidad de los miembros de la unidad familiar, la persona o personas que hubieran obtenido la mayoría de las rentas computables de aquélla tuvieran su domicilio fiscal en Gran Canaria.d. Encontrarse matriculado durante el curso académico 2025/2026 en centros de enseñanza universitaria públicos en régimen presencial, semi-presencial o a distancia que cuenten con la autorización de organismos públicos competentes en materia de educación y cuyos estudios conduzcan a la obtención de un título oficial, matriculación que deberá comprender un periodo mínimo de 60 ECTS, odel número de créditos que conformen un curso académico en aquellos centros o planes de estudios que tengan una carga lectiva distinta equivalente a un curso académico completo en circunstancias normales. Asimismo, podrá el solicitante estar matriculado en un número menor de créditos de lo establecido en el precepto anterior en casos justificados adecuadamente, como estar cursando último año y tener un número menor de carga de créditos. En el caso de estudios de postgrados solo será subvencionable cuando el solicitante haya finalizado sus estudios en el curso inmediatamente anterior.No serán financiables los cursos preparatorios o tutorizados para pruebas de acceso a estudios o de oposiciones a los diferentes cuerpos de las entidades públicas (Ministerio de Justicia, Sanidad, Educación, Defensa…), idiomas en el extranjero o cualquier tipo de acción formativa no reglada.También quedan excluidos los estudios para complementar a los…
Deialdia egiten duen erakundea
GÁLDAR — AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR
Eremua
Gran Canaria
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2026ko apirilaren 24a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | Ez dago eskuragarri |
Informazio osoa
| Administrazioa | Lokala |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Educación |
| Sektore ekonomikoa | Q - EDUCACIÓN |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko abuztuaren 23a |
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- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Baldintza osoak alda daitezke. Kontsultatu oinarri arautzaileak eta atari ofiziala baldintza guztiak egiaztatzeko.
Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 50.000 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
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Dokumentazioa
- DECRETO 2026-1506 ↗
- ANEXOS ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Resolución de fecha 7 de mayo de 2026 del Alcalde de Gáldar por la que se rectifica error material en el extracto de la Convocatoria de becas para el alumnado empadronado en el municipio y matriculado en enseñanzas postobligatorias de grado, postgrado universitario y enseñanzas artísticas superiores, curso 2025/2026 publicado en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas Nº 51 de 29 de abril de 2026. ↗
- convocatoria de becas para el alumnado empadronado en el municipio y matriculado en enseñanzas postobligatorias de grado, postgrado universitario y enseñanzas artísticas superiores, curso 2025/2026 ↗
Oinarri arautzaileak
Bases y convocatoria de becas para el alumnado empadronado en el municipio y matriculado en enseñanzas postobligatorias de grado, postgrado universitario y enseñanzas artísticas superiores, curso 2025/2026