Convocatoria y bases de las ayudas para la realización de actividades culturales en el término municipal de Es Mercadal para entidades sin ánimo de lucro
Izendapen ofiziala: Convocatoria y bases de las ayudas para la realización de actividades culturales en el término municipal de Es Mercadal para entidades sin ánimo de lucro.
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: Menorca. Aurrekontua: 8.000 €. Izapideak elektronikoki egiten dira. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Primero. Beneficiarios: 1. Los solicitantes que se quieran acoger a estas ayudas tendrán que reunir los siguientes requisitos: a) Ser entidades privadas sin ánimo lucrativo. b) Realizar actuaciones en el ámbito del fomento de la cultura dentro del término des Mercadal. c) No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones (LGS).d) No estar incursas en las causas de prohibición previstas en los apartado 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como en el artículo 30.4. de la misma. 2. Quedan expresamente excluidas: a) Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles. b) Cooperativas c) Centros docentes o de enseñanza d) Entidades políticas o sindicales Segundo. Finalidad: Es objetivo de estas bases colaborar con las entidades que realizan actividades culturales dentro del término municipal de Es Mercadal, según las bases reguladoras incluidas en la base en el artículo 17 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2026, aprobado definitivamente por el Pleno ordinario de día 28 de enero de 2026 y publicado en el BOIB n.º 15, del 31 de enero de 2026. Tercero. Bases reguladoras: Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento des Mercadal de día 11 de octubre de 2005 y publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n.º 189, de 17 de diciembre de 2005. Cuarto. Importe: El importe máximo por solicitante será de 8.000 euros y en ningún caso superará el 50% del presupuesto presentado o ejecutado. Las ayudas concedidas serán atendidos con cargo a la aplicación presupuestaria 40.334.48300 del Presupuesto General de 2026, con un importe máximo conjunto de 25.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Hasta el día 12 de junio de 2026.
Deialdia egiten duen erakundea
MERCADAL, ES — AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Eremua
Menorca
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2026ko maiatzaren 15a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | 2026ko ekainaren 12a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Lokala |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Cultura |
| Sektore ekonomikoa | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; Q - EDUCACIÓN |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko abuztuaren 23a |
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 8.000 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
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Dokumentazioa
Oinarri arautzaileak
Ordenanza reguladora del Ayuntamiento de Es Mercadal de la concesión de subvenciones