“VILLA DE CHIVA” 2026KO UDAZKENEKO SARIEN XXXV EDIZIOAREN OINARRIAK ETA DEIALDIA
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: jarduera ekonomikoa garatzen ez duten pertsona fisikoak. Eremua: Valencia / València. Aurrekontua: 6.000 €. Honaino eska daiteke: 2026ko urriaren 30a. Izapideak elektronikoki egiten dira. Konpetentzia lehiakorra - kanonikoa.
Zeri buruzkoa da laguntza hau?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud antes del 30 de octubre de 2026 y tu proyecto se evaluará junto con los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a personas que no tienen actividad económica y que propongan iniciativas culturales. El ayuntamiento de Chiva, en la Comunidad Valenciana, destina un total de 6 000 euros para financiar estas propuestas.
Datu ofizialetatik abiatuta IArekin sortutako laburpena, hizkera argian. Akatsak izan ditzake: kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de las presentes bases es regular la convocatoria de la XXXV Edición de los Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026, con la finalidad de fomentar la creación artística y literaria, contribuir al dinamismo del sector cultural y reconocer la trayectoria y calidad de las obras presentadas. Los premios tendrán la consideración de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por el Ayuntamiento de Chiva y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. La convocatoria se regirá por las presentes bases, por lo establecido en el anexo 4 por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del ejercicio 2026 y por el resto de normativa que resulte de aplicación. BASE SEGUNDA.- FINANCIACIÓN Los premios regulados en esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 33400-48013 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Chiva para el ejercicio 2026, hasta un importe máximo de SEIS MIL EUROS (6.000,00 €). La concesión de los premios quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. BASE TERCERA.- CUANTÍA Y MODALIDAD DE LOS PREMIOS La XXXV Edición de los Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026 contará con las siguientes dotaciones económicas: Premio de CREACIÓN ARTÍSTICA: MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800,00 €). Premio de CREACIÓN LITERARIA: MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800,00 €). Los premios tendrán carácter único e indivisible, no pudiendo declararse ex aequo ni fraccionarse entre varias candidaturas. Asimismo, el resto de artistas seleccionados por el jurado para participar en la exposición colectiva recibirán una cuantía de CIEN EUROS (100,00 €) cada uno, con un máximo de veinticuatro (24) artistas seleccionados, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria y exista disponibilidad presupuestaria. Modalidad de Creación Artística En la modalidad de Creación Artística, además del Premio, el Ayuntamiento de Chiva, a través del Departamento de Cultura y Educación, organizará una exposición colectiva de las y los artistas seleccionados por el jurado, así como la propia obra ganadora. La obra premiada en esta modalidad pasará a formar parte de la colección municipal de arte. Modalidad de Creación Literaria En la modalidad de Creación Literaria, la obra premiada obtendrá, además del premio económico, y en concepto de ayuda o subvención en especie, al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Quinta de la LGS, 10 ejemplares de la edición impresa de la obra que será publicada a través de la editorial con la que el Ayuntamiento estime conveniente contratar sus servicios. El importe de referencia, se entenderá como un avance de los derechos de autor de la primera edición. Propiedad intelectual y derechos de explotación Las personas premiadas cederán al Ayuntamiento de Chiva los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, transformación y difusión de las obras galardonadas, únicamente para fines culturales, educativos, promocionales e institucionales vinculados al certamen, sin finalidad comercial. La cesión se realizará sin límite territorial y por el plazo máximo legalmente permitido, según la ley. BASE CUARTA.- PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS Podrán participar en la presente convocatoria las personas físicas mayores de 18 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cualquiera que sea su nacionalidad o lugar de residencia. Cada participante podrá presentar un máximo de dos obras, en cada modalidad. Las personas participantes deberán garantizar mediante declaración responsable, anexo en las bases: La autoría y originalidad de las obras. Que las obras son inéditas, salvo en aquellos supuestos expresamente permitidos en estas bases. Que las obras no han sido premiadas anteriormente. Que no se encuentran incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Que se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cuando resulte legalmente exigible. Las personas participantes deberán comunicar al Ayuntamiento cualquier premio, distinción o reconocimiento obtenido por las obras presentadas desde la fecha de presentación hasta la resolución definitiva de la convocatoria. BASE QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN 1. Forma de presentación Las solicitudes podrán presentarse: Preferentemente por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Chiva. Presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento. Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El plazo de presentación finalizará el día 30 de octubre de 2026. 2. Subsanación Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o faltara documentación, se requerirá a la persona interesada para que subsane la falta en el plazo de diez días hábiles, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015. A) CREACIÓN ARTÍSTICA Se podrán presentar trabajos de pintura, fotografía, escultura y poesía visual, todos ellos según lo indicado en el apartado “dossieres” de estas bases. Los trabajos finales, en el momento en que se requieran por parte del Ayuntamiento de Chiva para formar parte de la exposición, deberán cumplir los siguientes requisitos: Requisitos técnicos: Pintura: el soporte será libre y las obras tendrán unas dimensiones por lado de 50 cm de mínimo por 150 cm de máximo. Fotografía: se pueden presentar una única fotografía, o un conjunto o colección fotográfica de 2 imágenes como mínimo y 10 como máximo, en formato…
Deialdia egiten duen erakundea
CHIVA — CHIVAKO UDALA
Eremua
Valencia / València
Kategoria
Hartzaileak
JARDUERA EKONOMIKOA GARATZEN EZ DUTEN PERTSONA FISIKOAK
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2026ko abuztuaren 6a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | 2026ko urriaren 30a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Lokala |
| Deialdi mota | Konpetentzia lehiakorra - kanonikoa |
| Xedea | Kultura |
| Sektore ekonomikoa | 90 - Sorkuntza artistikoa eta arte eszenikoen jarduerak |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko abuztuaren 20a |
Nork eska dezake laguntza hau?
- JARDUERA EKONOMIKOA GARATZEN EZ DUTEN PERTSONA FISIKOAK
Baldintza osoak alda daitezke. Kontsultatu oinarri arautzaileak eta atari ofiziala baldintza guztiak egiaztatzeko.
Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 6.000 € |
| Laguntza modalitatea | LAGUNTZA ETA DIRUA BIBLIOTZEA, KONPENTSAZIO GABE |
Zenbateko zehatza zure kasuaren arabera alda daiteke. Kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.
Oinarri arautzaileak
“VILLA DE CHIVA” 2026KO UDAZKENEKO SARIEN XXXV EDIZIOAREN OINARRIAK ETA DEIALDIA