Lehiaketa-erregimeneko diru-laguntzen deialdia Vilanova i la Geltrúko bigarren zikloko eta lehen hezkuntzako eta derrigorrezko bigarren hezkuntzako bigarren zikloko eta lehen hezkuntzako diru-laguntzak dituzten hezkuntza-zentroei zuzenduta.
Izendapen ofiziala: CONVOCATORIA SUBVENCIONES EN RÉGIMEN CONCURRENCIA COMPETITIVA DIRIGIDAS A LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE SEGUNDO CICLO Y PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DE VILANOVA I LA GELTRÚ AYUDAS ESCOLARIDAD
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: Barcelona. Aurrekontua: 142.000 €. Honaino eska daiteke: 2026ko urriaren 9a. Concurrencia competitiva - canónica.
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Esta ayuda se concede en concurso, tienes que presentar la solicitud antes del 9 de octubre de 2026. Se evalúan todas las peticiones y solo se adjudica a quien resulte mejor; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Es una subvención en dinero, sin que tengas que devolver nada, dirigida a centros docentes de educación infantil de segundo ciclo, primaria y secundaria obligatoria gestionados con fondos públicos en Vilanova i la Geltrú. El ayuntamiento ofrece un total de 142 000 euros.
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Deialdiaren deskribapen ofiziala
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/) PRIMERO. Beneficiarios Los centros docentes sostenidos con fondos públicos de educación infantil de segundo ciclo y primaria y educación secundaria obligatoria de Vilanova i la Geltrú, de acuerdo con el punto 4 de las bases reguladoras. SEGUNDO. Objeto Facilitar la participación del alumnado en situación de necesidad socioeconómica en las salidas escolares dentro del horario lectivo, así como el acceso a libros y/o material requerido, garantizando la igualdad de oportunidades y el derecho al acceso a la educación de forma equitativa, y facilitar la gestión de los centros en el desarrollo de su proyecto educativo de forma extensa entre todo su alumnado y en beneficio de toda la comunidad educativa. Son objeto de la convocatoria los conceptos referidos a: Los centros destinarán las cantidades otorgadas íntegramente a minorar el gasto de: Libros Material escolar Material informático Actividades y salidas dentro del horario lectivo del centro, entendidas como actividades incluidas en el marco curricular y que formen parte del programa del centro (a excepción de los desplazamientos). No son objeto de estas ayudas: Los desplazamientos para poder participar en algunas de las actividades dentro del horario lectivo. El comedor escolar. El transporte escolar. Las actividades extraescolares. En ningún caso se podrá destinar cantidad alguna a subvencionar actividades/salidas, libros y/o material escolar para el conjunto de todo el grupo/clase, dado que son ayudas de naturaleza individual e intransferible destinadas a atender las necesidades del alumnado matriculado en el centro. Los centros articularán los criterios y el procedimiento para valorar al alumnado destinatario de estas ayudas y deberán notificarlos al Servicio de Educación del IMET. La relación de ayudas y los importes otorgados deberán aprobarse en reunión del consejo escolar del centro. En cualquier caso, el alumnado deberá cumplir los siguientes requisitos: Que esté cursando Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, en el año de la convocatoria. Que su situación comporte una necesidad socioeconómica, conocida y valorada por la escuela. Se recomienda que la familia del alumnado beneficiario asuma parte del coste del concepto o conceptos por los que recibe la ayuda, pactando con el centro un importe adecuado a su situación. TERCERO. Bases reguladoras Bases de subvenciones dirigidas a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de educación infantil de segundo ciclo y primaria y educación secundaria obligatoria de Vilanova i la Geltrú, aprobadas por el Pleno del día 10 de febrero de 2025. El texto completo de las bases fue publicado en el BOPB de 25 de febrero de 2025 y un extracto en el DOGC de 11 de marzo de 2025. CUARTO. Importe destinado El importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 142.000,00 €, con la siguiente distribución y aplicación Ejercicio 2026: 113.600 € Ejercicio 2027: 28.400 € QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes es del 28 de septiembre de 2026 al 9 de octubre de 2026.
Deialdia egiten duen erakundea
VILANOVA I LA GELTRÚ — VILANOVA I LA GELTRÚ UDALA
Eremua
Barcelona
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2026ko irailaren 10a |
| Eskaerak hasteko data | 2026ko irailaren 28a |
| Eskaerak amaitzeko data | 2026ko urriaren 9a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Lokala |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Educación |
| Sektore ekonomikoa | Q - EDUCACIÓN |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko irailaren 25a |
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 142.000 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
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Dokumentazioa
- Documento de la convocatoria en español ↗
- CERTIFICADO DE ACUERDO ↗
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DIRIGIDAS A LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE SEGUNDO CICLO Y PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DE VILANOVA I LA GELTRÚ ↗
Oinarri arautzaileak
Bases de subvenciones dirigidas a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de educación infantil de segundo ciclo y primaria y educación secundaria obligatoria de Vilanova i la Geltrú