Convocatoria para el año 2027, de las ayudas a la promoción de productos alimentarios de Cantabria - PYMES
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: eteak (enpresa txiki eta ertainak). Eremua: Cantabria. Aurrekontua: 75.000 €. Honaino eska daiteke: 2027ko otsailaren 12a. Concurrencia competitiva - canónica.
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Esta ayuda se concede en concurrencia competitiva, así que tienes que presentar la solicitud antes del 12 de febrero de 2027 y tu proyecto será comparado con los de otras empresas; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El objetivo es apoyar la promoción de productos alimentarios en Cantabria. Pueden participar pequeñas y medianas empresas y personas físicas que desarrollen actividad económica relacionada con la agricultura, la pesca o la alimentación. Se trata de una subvención en efectivo, sin necesidad de devolver el dinero, y el presupuesto total destinado es de 75.000 euros.
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Deialdiaren deskribapen ofiziala
Primero. Beneficiarios. 1. Serán beneficiarios de las ayudas a la organización de ferias y mercados alimentarios, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de nuestra región, las corporaciones locales y las entidades asociativas y agrupaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Cantabria que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la presente Resolución, y sobre las que recaiga la carga financiera, la responsabilidad final de los gastos subvencionables y la realización de la actividad para la que se otorga la ayuda. 2. Serán beneficiarios de las ayudas a la asistencia y participación a ferias alimentarias, cuya finalidad sea la promoción de productos alimentarios de Cantabria, las Pymes que sean titulares de industrias alimentarias ubicadas en el ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma, que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la presente Resolución, y sobre las que recaiga la carga financiera, la responsabilidad final de los gastos subvencionables y la realización de la actividad para la que se otorga la ayuda. 3. No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Los citados extremos se acreditarán por parte de los solicitantes y beneficiarios de las ayudas a través de la presentación de los correspondientes certificados y declaraciones responsables. 4. Quedarán excluidas del ámbito de aplicación de esta Resolución las empresas en crisis, de acuerdo con las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, y las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. 5. Las comunidades de bienes, y demás entidades carentes de personalidad jurídica, deberán cumplir con lo establecido en al artículo 10.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y no podrán acceder a la condición de beneficiario cuando concurra, en cualquiera de sus miembros, alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 12 de la citada Ley de Subvenciones de Cantabria. Segundo. Objeto. Convocar para el año 2027, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la promoción de los productos alimentarios de Cantabria mediante: a) La organización de ferias y mercados alimentarios a celebrar en la Comunidad Autónoma de Cantabria. b) Asistencia y participación a ferias alimentarias. Tercero. Bases reguladoras. Orden MED/1/2022, de 11 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la promoción de los productos alimentarios de Cantabria (BOC Nº 11, de 18 de enero de 2022), modificada por la Orden MED/17/2023, de 3 de mayo, (BOC Nº 90, de 11 de mayo de 2023). Cuarto. Cuantía. 1. La financiación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la adquisición del compromiso de gasto, se efectuará con cargo a la disponibilidad de las aplicaciones presupuestarias 05.05.413A.461, 05.05.413A.471 y 05.05.413A.481, o equivalentes, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2027, con un importe máximo de 300.000 €, 75.000 € y 200.000 €, respectivamente. Esta distribución entre las citadas aplicaciones presupuestarias tiene carácter estimativo, siendo de aplicación al respecto lo establecido en el artículo 58.4 del Real Decreto 887/2006, del 21 de julio. 2. Las subvenciones que se otorguen al amparo de la presente convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquier ente público o privado, nacional o internacional. 3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de ayuda y sus correspondientes Anexos se presentarán en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. El plazo para su presentación se contará a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y finalizará el 12 de febrero de 2027.
Deialdia egiten duen erakundea
CANTABRIA — CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Eremua
Cantabria
Kategoria
Hartzaileak
ETEak (enpresa txiki eta ertainak)
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2026ko irailaren 16a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | 2027ko otsailaren 12a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Autonomikoa |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sektore ekonomikoa | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko irailaren 25a |
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 75.000 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
Zenbateko zehatza zure kasuaren arabera alda daiteke. Kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.
Dokumentazioa
- Documento de la convocatoria en español ↗
- ANEXO A ↗
- ANEXO A1A ↗
- ANEXO A1B ↗
- ANEXO B2 ↗
- ANEXO A3 ↗
- ANEXO B ↗
- ANEXO B1A ↗
- ANEXO B1B ↗
- ANEXO A2 ↗
- Extracto de la Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación de 14 de septiembre de 2026, por la que se convocan para el año 2027, las ayudas a la promoción de productos alimentarios de Cantabria. ↗
Oinarri arautzaileak
Orden MED/1/2022, de 11 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la promoción de productos alimentarios de Cantabria (BOC Nº 11, de 18-01-2022)
Laguntzaren oinarri juridikoa (Estatuko laguntza araubidea)
- ART. 24 AYUDAS PARA MEDIDAS DE PROMOCIÓN DE LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS
Aplikagarri den EBko araudia
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 702/2014, DE 25 DE JUNIO, de exención de notificación