Irekita · 99 egun geratzen diraAutonomikoaBeste laguntza batzuk

Concesión de subvenciones destinadas a favorecer la digitalización básica en las microempresas de Castilla y León

Izendapen ofiziala: Resolución de 26 de octubre de 2026 de la Presidencia del ICECYL por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a favorecer la digitalización básica en las microempresas de Castilla y León

Eskaera-epea 2027ko otsailaren 15a
Egoera Irekita · 99 egun geratzen dira
BDNS kodea 937837

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: eteak (enpresa txiki eta ertainak). Eremua: CASTILLA Y LEON. Aurrekontua: 600.000 €. Honaino eska daiteke: 2027ko otsailaren 15a. Izapideak elektronikoki egiten dira. Zuzeneko emakida: lehiaketa publikorik gabe emana.

Zeri buruzkoa da laguntza hau?

Se concede sin competir, es decir, cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibirá, siempre que haya fondos disponibles. La ayuda consiste en una subvención en efectivo para financiar la digitalización básica de microempresas en Castilla y León. Puede beneficiarse tanto una pequeña empresa como una persona física que realice actividad económica. El importe total disponible es 600 000 euros y el plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de febrero de 2027.

Datu ofizialetatik abiatuta IArekin sortutako laburpena, hizkera argian. Akatsak izan ditzake: kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.

Deialdiaren deskribapen ofiziala

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Primero. BeneficiariosLas microempresas, incluidos los autónomos, que realicen el proyecto subvencionable en la Comunidad de Castilla y León.Quedan excluidas las comunidades de bienes, las empresas públicas y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.No podrán ser beneficiarias las empresas que hayan obtenido subvención al amparo de la convocatoria aprobada por Resolución de 30 de octubre de 2024 del Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a favorecer la digitalización básica en las pymes de Castilla y León.Asimismo, quedan excluidas las entidades que operen en los sectores señalados artículo 1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, y las actividades indicadas en el apartado 3 de la base cuarta de la Orden de Bases.Segundo. ObjetoLa concesión de subvenciones destinadas a financiar los proyectos de digitalización básica en las microempresas de Castilla y León.El proyecto subvencionable deberá estar finalizado (realizado y pagado) a fecha de presentación de la solicitud de subvención, siendo subvencionables las proyectos realizados, facturados y efectivamente pagados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.Tercero. Bases reguladorasOrden EYH/575/2026, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a favorecer la digitalización básica en las microempresas de Castilla y León (BOCYL nº 118, de 22 de junio de 2026).Cuarto. CuantíaImporte total de la convocatoria: 600.000 eurosPodrá incrementarse en una cuantía adicional máxima de 900.000 euros, conforme a lo previsto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.El gasto subvencionable del proyecto debe ser igual o superior a 1.500 euros.La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido por importe de:– 1.200 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea inferior a 2.000 €.– 1.500 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea igual o superior 2.000€ e inferior a 2.500 €.– 1.800 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea igual o superior 2.500 €.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesComenzará el día siguiente de la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el 15 de febrero de 2027, o el día en que se publique el extracto de una convocatoria que la sustituya.

Deialdia egiten duen erakundea

CASTILLA Y LEÓN — INSTITUTO PARA LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN

Eremua

CASTILLA Y LEON

Kategoria

Beste laguntza batzuk

Hartzaileak

ETEak (enpresa txiki eta ertainak)

Informazio gehiago

Epeak

Argitalpen data2026ko urriaren 26a
Eskaerak hasteko data2026ko urriaren 29a
Eskaerak amaitzeko data2027ko otsailaren 15a

Informazio osoa

AdministrazioaAutonomikoa
Deialdi motaZuzeneko emakida: lehiaketa publikorik gabe emana
XedeaOtras Prestaciones económicas
Sektore ekonomikoaACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; 60 - Actividades de programación, radiodifusión, agencias de noticias y otras actividades de distribución de contenidos; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; 18 - Artes gráficas y reproducción de soportes grabados; 47 - Comercio al por menor; 14 - Confección de prendas de vestir; F - CONSTRUCCIÓN; 19 - Coquerías y refino de petróleo; Q - EDUCACIÓN; 11 - Fabricación de bebidas; 26.5 - Fabricación de instrumentos de verificación de medidas y relojes; 28 - Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.; 27 - Fabricación de material y equipo eléctrico; 31 - Fabricación de muebles; 30 - Fabricación de otro material de transporte; 23 - Fabricación de otros productos minerales no metálicos; 22 - Fabricación de productos de caucho y plásticos; 21 - Fabricación de productos farmacéuticos; 25 - Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo; 29 - Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques; I - HOSTELERÍA; 10 - Industria alimentaria; 16 - Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería; 15 - Industria del cuero y productos relacionados de otros materiales; 17 - Industria del papel; 20 - Industria química; 13 - Industria textil; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; 63 - Infraestructura informática, tratamiento de datos, alojamiento de datos y otras actividades de servicios de información; 24 - Metalurgia; 32 - Otras industrias manufactureras; 59 - Producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical; 33 - Reparación, mantenimiento e instalación de maquinaria y equipos; 95.2 - Reparación y mantenimiento de efectos personales y artículos de uso doméstico; 96 - Servicios personales; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko azaroaren 4a

Nork eska dezake laguntza hau?

  • ETEak (enpresa txiki eta ertainak)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Baldintza osoak alda daitezke. Kontsultatu oinarri arautzaileak eta atari ofiziala baldintza guztiak egiaztatzeko.

Informazio ekonomikoa

Guztizko aurrekontua600.000 €
Laguntza modalitateaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

Zenbateko zehatza zure kasuaren arabera alda daiteke. Kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.

Oinarri arautzaileak

Orden EYH/575/2026, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a favorecer la digitalización básica en las microempresas de Castilla y León

Oinarri arautzaileak ↗

Aplikagarri den EBko araudia

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General