Subv. Centros autorizados para especies exóticas invasoras en Canarias
Denominación oficial: SUBV. CENTROS AUTORIZADOS ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS DE CANARIAS
Resumo
Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CANARIAS. Presuposto: 500.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
De que vai esta axuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las propuestas se valoran una a una, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Está dirigida a personas jurídicas que no realicen actividad económica y que gestionen centros habilitados para el control de especies exóticas invasoras en Canarias. La subvención consiste en una entrega de dinero sin obligación de devolución y el fondo total disponible es de 500 000 euros.
Resumo en linguaxe clara xerado con IA a partir dos datos oficiais. Pode conter erros: consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitala.
Descrición oficial da convocatoria
* De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el * extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la * Base de Datos Nacional de Subvenciones: * * https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index * * I.- Bases reguladoras. * * La concesión de las presentes subvenciones se regirá de conformidad con * lo dispuesto en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se * establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de * Canarias (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo), y la regulación * contenida en los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 * de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el * Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. * * El objeto, condiciones y finalidad de la subvención y los requisitos * exigibles a los solicitantes serán los establecidos en dichas bases * reguladoras. * * II.- Dotación presupuestaria, cuantía y distribución de las * subvenciones. * * 1.- La concesión de estas subvenciones estará limitada a las * disponibilidades presupuestarias existentes. * * 2.- Existe crédito para la convocatoria regulada en la presente orden, * por un importe de quinientos mil euros (500.000,00 €), condicionado a la * existencia de crédito adecuado y suficiente, para el ejercicio corriente * con cargo a la aplicación presupuestaria: 1204 456D clasificación * económica 7800200 Subv a familias e instituciones sin fines de lucro, * ELEMENTO PEP: 237G0008 "Centros Habilitados para Especies Exóticas * Invasoras (EEI)". * * 3.- La distribución de los fondos consignados correspondientes al * ejercicio de 2023 se tramitará en régimen de concurrencia competitiva * entre las solicitudes recibidas, valorándose las solicitudes de acuerdo * a las bases reguladoras y concediéndose subvención a las que obtengan * mayor puntuación, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria, * teniendo en cuenta los siguientes criterios: * * a).- Se podrán subvencionar aquellas iniciativas que se encuentren * relacionadas en la base 5ª de las bases reguladoras, hasta una cuantía * total máxima por beneficiario de 80.000 euros. * * b).- El importe de la subvención podrá ser hasta del 100% del coste de * la actuación completa. * * c).- Se subvencionará, como mínimo, a cada centro habilitado la * iniciativa mejor valorada conforme la base 10ª, y por una cuantía máxima * de 50.000 euros. * * d).- Si el crédito no fuese suficiente para atender al total de las * solicitudes admitidas, para la que quede posicionada en ultimo lugar de * las propuestas a conceder, se asignará una subvención por el importe * sobrante del reparto, si existiera. * * e).- En el caso de que el importe total propuesto sea superior a la * cantidad máxima consignada, la Comisión de Valoración determinará la * proporción en la que, por igual para todas las subvenciones solicitadas, * ha de reducirse el importe propuesto. * * III.- Beneficiarios. * * 1.- Podrán resultar beneficiarias de la presente convocatoria las * entidades descritas en la base 4ª de las bases reguladoras. * * 2.- Los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 * de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las * Administraciones Públicas (en adelante LPAC) tienen la obligación de * presentar sus solicitudes y relacionarse con la Administración, a lo * largo del procedimiento de concesión de estas subvenciones, por medios * electrónicos a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * * IV.- Solicitudes. * * Las solicitudes, junto a la documentación requerida en las bases * reguladoras, se presentarán en la sede electrónica de la Comunidad * Autónoma de Canarias(https://sede.gobcan.es/sede/) en el plazo de 2 * meses, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín * Oficial de Canarias de la presente convocatoria. * * La solicitud al procedimiento concreto en el Catálogo de la Comunidad * Autónoma de Canarias se encuentra en el siguiente enlace: * * https://sede.gobcan.es/sede/tramites/8606. * * V.- Medios de notificación. * * 1.- Conforme lo establecido en el artículo 45.1, b) de la LPAC, la * propuesta de resolución provisional y la resolución de concesión * definitiva se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica * de la Consejería, sin perjuicio de su notificación mediante * comparecencia en la sede electrónica. * * 2.- Los demás trámites que deban practicarse para la culminación del * procedimiento de concesión, se notificarán mediante comparecencia en la * sede electrónica, de conformidad con lo establecido en los artículos * 14.2, 41.1 y 43 de la LPAC. * * VI.- Comisión de valoración. * * De acuerdo con la base 9ª de las bases reguladoras, se dispone la * formación de la comisión de valoración con la siguiente composición: * * a) Presidencia: María Asunción Delgado Luzardo, Jefa del Servicio de * Biodiversidad. * Suplente: Víctor Manuel Reverón Barroso, Jefe de Sección de * Biodiversidad Oriental. * * b) Vicepresidencia: José Luis Martín Esquivel, Jefe de Sección de * Biodiversidad Occidental. * Suplente: Silvia Fajardo González, Titulada superior, personal técnico * adscrito al Servicio de Biodiversidad. * * c) Vocal: Sonia Martín de Abreu, Titulada superior, personal técnico * adscrito al Servicio de Biodiversidad, con voz y voto. * Suplente: Miguel Ángel Cabrera Pérez, Titulado superior, personal * técnico adscrito al Servicio de Biodiversidad. * * d) Secretaría: Héctor Reyes Gil, Jefe de Sección Administrativa de * Calidad Ambiental Oriental, con voz y sin voto. * Suplente: Pilar Morán González, Titulada superior, personal técnico * adscrito a la Sección Administrativa de Calidad Ambiental Oriental. * * VII.- Plazo de resolución y notificación. * * El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria * finalizará seis (6) meses después de la publicación de la misma en el * Boletín Oficial de Canarias y…
Organismo convocante
CANARIAS — CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA
Ámbito
CANARIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Máis información
Prazos
| Data de publicación | 30 de outubro de 2023 |
| Data inicio de solicitudes | Non dispoñible |
| Data fin de solicitudes | Non dispoñible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidade | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | OUTROS SERVIZOS; H - TRANSPORTE E ALMACENAMENTO |
| Última actualización BD | 21 de xullo de 2026 |
Quen pode solicitar esta axuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.
Información económica
| Presuposto total | 500.000 € |
| Modalidade de axuda | SUBVENCIÓN E ENTREGA DE CARTOS SEN COMPENSACIÓN |
O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto castelán da convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden n.º 53, de 28/09/2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a los centros habilitados para la recogida de especies exóticas invasoras adheridos a la Red de Alerta Temprana de Canarias para la detección e intervención de especies exóticas invasoras (REDEXOS), para el ejercicio 2023. ↗
Bases reguladoras
SUBV. CENTROS HABILITADOS ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS CANARIAS