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Subv. Centros autorizados para especies exóticas invasoras en Canarias

Denominación oficial: SUBV. CENTROS AUTORIZADOS ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS DE CANARIAS

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Aberta
Código BDNS 724303

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CANARIAS. Presuposto: 500.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

De que vai esta axuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las propuestas se valoran una a una, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Está dirigida a personas jurídicas que no realicen actividad económica y que gestionen centros habilitados para el control de especies exóticas invasoras en Canarias. La subvención consiste en una entrega de dinero sin obligación de devolución y el fondo total disponible es de 500 000 euros.

Resumo en linguaxe clara xerado con IA a partir dos datos oficiais. Pode conter erros: consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitala.

Descrición oficial da convocatoria

* De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el * extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la * Base de Datos Nacional de Subvenciones: * * https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index * * I.- Bases reguladoras. * * La concesión de las presentes subvenciones se regirá de conformidad con * lo dispuesto en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se * establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de * Canarias (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo), y la regulación * contenida en los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 * de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el * Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. * * El objeto, condiciones y finalidad de la subvención y los requisitos * exigibles a los solicitantes serán los establecidos en dichas bases * reguladoras. * * II.- Dotación presupuestaria, cuantía y distribución de las * subvenciones. * * 1.- La concesión de estas subvenciones estará limitada a las * disponibilidades presupuestarias existentes. * * 2.- Existe crédito para la convocatoria regulada en la presente orden, * por un importe de quinientos mil euros (500.000,00 €), condicionado a la * existencia de crédito adecuado y suficiente, para el ejercicio corriente * con cargo a la aplicación presupuestaria: 1204 456D clasificación * económica 7800200 Subv a familias e instituciones sin fines de lucro, * ELEMENTO PEP: 237G0008 "Centros Habilitados para Especies Exóticas * Invasoras (EEI)". * * 3.- La distribución de los fondos consignados correspondientes al * ejercicio de 2023 se tramitará en régimen de concurrencia competitiva * entre las solicitudes recibidas, valorándose las solicitudes de acuerdo * a las bases reguladoras y concediéndose subvención a las que obtengan * mayor puntuación, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria, * teniendo en cuenta los siguientes criterios: * * a).- Se podrán subvencionar aquellas iniciativas que se encuentren * relacionadas en la base 5ª de las bases reguladoras, hasta una cuantía * total máxima por beneficiario de 80.000 euros. * * b).- El importe de la subvención podrá ser hasta del 100% del coste de * la actuación completa. * * c).- Se subvencionará, como mínimo, a cada centro habilitado la * iniciativa mejor valorada conforme la base 10ª, y por una cuantía máxima * de 50.000 euros. * * d).- Si el crédito no fuese suficiente para atender al total de las * solicitudes admitidas, para la que quede posicionada en ultimo lugar de * las propuestas a conceder, se asignará una subvención por el importe * sobrante del reparto, si existiera. * * e).- En el caso de que el importe total propuesto sea superior a la * cantidad máxima consignada, la Comisión de Valoración determinará la * proporción en la que, por igual para todas las subvenciones solicitadas, * ha de reducirse el importe propuesto. * * III.- Beneficiarios. * * 1.- Podrán resultar beneficiarias de la presente convocatoria las * entidades descritas en la base 4ª de las bases reguladoras. * * 2.- Los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 * de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las * Administraciones Públicas (en adelante LPAC) tienen la obligación de * presentar sus solicitudes y relacionarse con la Administración, a lo * largo del procedimiento de concesión de estas subvenciones, por medios * electrónicos a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. * * IV.- Solicitudes. * * Las solicitudes, junto a la documentación requerida en las bases * reguladoras, se presentarán en la sede electrónica de la Comunidad * Autónoma de Canarias(https://sede.gobcan.es/sede/) en el plazo de 2 * meses, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín * Oficial de Canarias de la presente convocatoria. * * La solicitud al procedimiento concreto en el Catálogo de la Comunidad * Autónoma de Canarias se encuentra en el siguiente enlace: * * https://sede.gobcan.es/sede/tramites/8606. * * V.- Medios de notificación. * * 1.- Conforme lo establecido en el artículo 45.1, b) de la LPAC, la * propuesta de resolución provisional y la resolución de concesión * definitiva se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica * de la Consejería, sin perjuicio de su notificación mediante * comparecencia en la sede electrónica. * * 2.- Los demás trámites que deban practicarse para la culminación del * procedimiento de concesión, se notificarán mediante comparecencia en la * sede electrónica, de conformidad con lo establecido en los artículos * 14.2, 41.1 y 43 de la LPAC. * * VI.- Comisión de valoración. * * De acuerdo con la base 9ª de las bases reguladoras, se dispone la * formación de la comisión de valoración con la siguiente composición: * * a) Presidencia: María Asunción Delgado Luzardo, Jefa del Servicio de * Biodiversidad. * Suplente: Víctor Manuel Reverón Barroso, Jefe de Sección de * Biodiversidad Oriental. * * b) Vicepresidencia: José Luis Martín Esquivel, Jefe de Sección de * Biodiversidad Occidental. * Suplente: Silvia Fajardo González, Titulada superior, personal técnico * adscrito al Servicio de Biodiversidad. * * c) Vocal: Sonia Martín de Abreu, Titulada superior, personal técnico * adscrito al Servicio de Biodiversidad, con voz y voto. * Suplente: Miguel Ángel Cabrera Pérez, Titulado superior, personal * técnico adscrito al Servicio de Biodiversidad. * * d) Secretaría: Héctor Reyes Gil, Jefe de Sección Administrativa de * Calidad Ambiental Oriental, con voz y sin voto. * Suplente: Pilar Morán González, Titulada superior, personal técnico * adscrito a la Sección Administrativa de Calidad Ambiental Oriental. * * VII.- Plazo de resolución y notificación. * * El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria * finalizará seis (6) meses después de la publicación de la misma en el * Boletín Oficial de Canarias y…

Organismo convocante

CANARIAS — CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA

Ámbito

CANARIAS

Categoría

Outras axudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación30 de outubro de 2023
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeOtras actuaciones de carácter económico
Sector económicoOUTROS SERVIZOS; H - TRANSPORTE E ALMACENAMENTO
Última actualización BD21 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total500.000 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN E ENTREGA DE CARTOS SEN COMPENSACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

SUBV. CENTROS HABILITADOS ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS CANARIAS