FinalizadaAutonómicaTransporteFondos UE (MRR)

Convocatoria 2023, Ayudas destinadas a la modernización empresas transporte, según Resolución de 23 de octubre 2023, que la convoca

Denominación oficial: Convocatoria 2023, Ayudas destinadas a la modernización empresas transporte, según Resolución de 23 de octubre 2023, que la convoca.

Prazo de solicitude 30 de xuño de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 724898

Resumo

Esta axuda está destinada a pemes (pequenas e medianas empresas). Ámbito: EXTREMADURA. Presuposto: 2,4 M€. A tramitación realízase de forma electrónica. Concesión directa: concedida sen concurso público.

Descrición oficial da convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/). Primero. Personas beneficiarias. 1. Serán destinatarias últimas de las ayudas a las actuaciones reguladas en el artículo 19 del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, siempre que tengan su residencia fiscal en Extremadura, tanto las personas jurídicas privadas que se incluyan en la definición de PYME de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, como las personas físicas, cuando, en ambos casos, cumplan alguna de las siguientes condiciones: a) Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas: 1.º Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MDPE. 2.º Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE. 3.º Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MDLE. 4.º Una autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la clave OT. b) A la fecha de solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra a) anterior. c) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/ descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR. 2. No podrán ser destinatarias últimas de las ayudas: a) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que, a estos efectos, se realiza en el Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014. b) Las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión. d) Las empresas o entidades de titularidad pública que sean prestadoras del servicio de transporte público urbano. Segundo. Objeto y actuaciones subvencionables. 1. El régimen de concesión de subvenciones tiene por objeto financiar las categorías de Soluciones de Modernización definidas en el artículo 19 del Real Decreto 902/2022, como actuaciones subvencionables y que se relacionan a continuación: a) Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos. b) Categori´a 2: Sistema de taco´grafo inteligente de segunda generación. c) Categori´a 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión. d) Categori´a 4: Implantación de sistemas TMS/ERP. e) Categori´a 5: Implantación de sistemas SAE. f) Categori´a 6: Actualización de sistemas SAE. g) Categori´a 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros. h) Categori´a 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos. i) Categori´a 9: Mejora de sistemas de ticketing. 2. Las descritas actuaciones deberán cumplir los requisitos que se establecen para cada una de ellas en el ANEXO I del Real Decreto 902/2022. 3. Las actuaciones o soluciones de modernización del punto 1 sólo podrán prestarse por los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos al Programa de Ayudas. 4. En ningún caso el coste de adquisición de los servicios o productos podrá ser superior al valor de mercado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 5. No se considerarán subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto General Indirecto Canario ni el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación que se devenguen en la adopción de soluciones de digitalización, de conformidad con el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 6. Cada destinatario último podrá elegir hasta un máximo de dos soluciones de modernización de entre las establecidas como elegibles en el anexo I del Real Decreto 902/2022 para su tipo de actividad. Tercero. Bases reguladoras. En el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, disposición publicada en el Boletín…

Organismo convocante

EXTREMADURA — DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES

Ámbito

EXTREMADURA

Categoría

Transporte

Destinatarios

PEMEs (pequenas e medianas empresas)

Máis información

Prazos

Data de publicación3 de novembro de 2023
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudes30 de xuño de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sen concurso público
FinalidadeSubvenciones al transporte
Sector económico52 - Depósito, almacenamiento y actividades auxiliares del transporte; 49 - Transporte terrestre y por tubería
Última actualización BD21 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PEMEs (pequenas e medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total2,4 M€
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Financiamento europeoMecanismo de Recuperación e Resiliencia (MRR)
Cofinanciada pola UESi

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera,

Bases reguladoras ↗

Regulamento UE aplicable

REG (UE) 1407/2013 de minimis, General