Convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, culturales y de jóvenes, para la realización de actividades de interés público o social, del ejercicio 2024
Resumo
Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presuposto: 16.300 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descrición oficial da convocatoria
La Junta de Gobierno Local de fecha 06/09/2024, aprobó las BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES CIUDADANAS SIN AFÁN DE LUCRO, CULTURALES Y DE JÓVENES, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERÉS PÚBLICO O SOCIAL, DEL EJERCICIO 2024, y su convocatoria. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto se puede consultar en la Base de Fechas Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gov.es/bdnstrans). 1.- Entidad otorgante: a) Organismo: Ayuntamiento de Lloret de Mar b) Dependencia que tramita el expediente: Participación Ciudadana 2.- Objeto de la convocatoria: Es objeto de estas bases la regulación para la solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las disposiciones dinerarias, realizadas por el Ayuntamiento de Lloret de Mar, destinadas a fomentar aquellos objetivos, proyectos y/o actividades de interés público o social, que tengan como finalidad, desarrollar las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, de Lloret de Mar. Se pueden consultar las bases específicas en la Sede Electrónica Municipal: https://seu.lloret.cat/taulerAnuncisPublic/listPublicacions 3.- Beneficiarios y requisitos para tomar parte en la convocatoria: 1. Pueden ser beneficiarias de las subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro, que reúnan los siguientes requisitos: Las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Lloret de Mar, que tengan naturaleza de asociaciones culturales y de jóvenes, y tengan su sede social o delegación en el municipio. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Se puede optar a una ayuda cuando sea destinada a la realización de actividades de carácter juvenil y cultural, y se esté al corriente de las deudas con el Ayuntamiento y no estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a o entidad colaboradora previstos en la Ley General de Subvenciones. 2. No podrán tener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias en el artículo 13.2 y .3 de la LGS. 3. La concurrencia de los requisitos de las personas beneficiarias se acreditarán en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de la documentación que se indica en el siguiente artículo. 4.- Importe de las subvenciones: El presupuesto destinado para el año 2024 para la concesión de subvenciones reguladas en las presentes Bases se distribuirá según las siguientes partidas presupuestarias: 24/40/3371/48000 CASAL JOVENTUT.- TRANSF.ENTITATS 3.000,00€ 24/40/3340/48000 CULTURA.- TRANSF. CORR. ENT.CULT. 13.300,00€ 5.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes, en única convocatoria, será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Al transcurrir de forma simultánea el plazo para presentar alegaciones a las Bases con el de presentación de solicitudes, será necesario proceder a la suspensión de este segundo plazo en caso de que se presentaran alegaciones a las bases. El modelo normalizado de solicitud, así como la documentación solicitada en el punto 5 de las bases, deberá presentarse mediante instancia electrónica normalizada, y deberá contener la documentación especificada. Esta información se podrá encontrar en la Sede Electrónica Municipal del Ayuntamiento de Lloret de Mar: https://seu.lloret.cat/ajutsPublic/listPublicacions 6.- Plazo de justificación: Las subvenciones otorgadas tendrán que justificarse como máximo antes del 28 de febrero de 2025. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo previsto en artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. De forma potestativa y previa a la interposición del referido recurso contencioso administrativo, puede interponer recurso de reposición ante el órgano que ha dictado esta resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo que establece el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Organismo convocante
LLORET DE MAR — AYUNTAMIENTO DE LLORET DE MAR
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Máis información
Prazos
| Data de publicación | 15 de setembro de 2024 |
| Data inicio de solicitudes | Non dispoñible |
| Data fin de solicitudes | Non dispoñible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidade | Cultura |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de xullo de 2026 |
Quen pode solicitar esta axuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.
Información económica
| Presuposto total | 16.300 € |
| Modalidade de axuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES CIUDADANAS SIN AFÁN DE LUCRO, CULTURALES Y DE JÓVENES, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERÉS PÚBLICO O SOCIAL, DEL EJERCICIO 2024