Ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que no puede hacer uso de los servicios contratados por la consejería curso 24-25
Denominación oficial: Orden de 27 de noviembre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que no puede hacer uso de los servicios contratados por la consejería curso 24-25
Resumo
Esta axuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presuposto: 200.000 €. Concesión directa: concedida sen concurso público.
Descrición oficial da convocatoria
Así mismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS, y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es). Primero. Beneficiarios. Alumnos que tengan la residencia familiar en la Comunidad de Castilla y León, y que cursen segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, ciclos formativos de grado básico, bachillerato y educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la comisión de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, y que sea imposible para el alumno hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, así como alumnos que haya participado en programas de refuerzo educativo promovidos por la citada consejería durante el curso 2024-2025 o el mes de junio o julio de 2024 y alumnado que haya participado, esté participando o vaya a participar en Proyecto ESTALMAT, alumnado que haya participado en el Programa AEXCYL(de marzo a noviembre de 2024) y alumnado que haya participado, esté participando o vaya a participar en Programas de Cooperación Territorial para la mejora de la Competencia Lectora y Competencia Matemática y que pueden no hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar. Segundo. Objeto. Convocar ayudas en régimen de concesión directa al amparo del artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2023-2024, y del alumnado que haya participado en programas de refuerzo educativo promovidos por la citada consejería durante el curso 2023-2024 o el mes de junio o julio de 2023 y alumnado que haya participado, esté participando o vaya a participar en Proyecto ESTALMAT o Programa AER-CYL en las siguientes modalidades: Modalidad de transporte diario. Modalidad de transporte de fin de semana. Tercero. Bases reguladoras. Orden EDU/1773/2009, de 28 de agosto, modificada por Orden EDU/906/2012, de 26 de octubre, y Orden EDU/809/2016, de 19 de septiembre y por Orden EDU/1230/2024, de 14 de noviembre. (Publicadas en el “Boletín Oficial de Castilla y León” nº 169 de 3 de septiembre de 2009, nº 213 de 6 de noviembre de 2012 y nº188 de 28 septiembre de 2016 y nº 229, de 25 de noviembre de 2024, respectivamente) Cuarto. Cuantía. La cuantía global máxima del crédito para estas ayudas será de doscientos mil euros (200.000 €). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial de Castilla y León”. Excepcionalmente se podrán admitir las solicitudes presentadas fuera de plazo y siempre antes del 30 de abril de 2025, debido a escolarización tardía, cambio de domicilio o comienzo de alguna medida de refuerzo educativo en fecha posterior a la finalización de dicho plazo.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Máis información
Prazos
| Data de publicación | 27 de novembro de 2024 |
| Data inicio de solicitudes | 3 de decembro de 2024 |
| Data fin de solicitudes | 26 de decembro de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sen concurso público |
| Finalidade | Educación |
| Sector económico | 85.6 - Actividades auxiliares a la educación |
| Última actualización BD | 20 de xullo de 2026 |
Quen pode solicitar esta axuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.
Información económica
| Presuposto total | 200.000 € |
| Modalidade de axuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- EXTRACTO de la Orden de 27 de noviembre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que no puede hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la consejería competente en materia de educación durante el curso escolar 2024-2025, así como durante los meses de junio y julio de 2024 ↗
Bases reguladoras
Orden EDU/1773/2009, de 28 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para financiar el gasto de transporte escolar