202504005028 Convocatoria de Subvenciones Fomento Participación Juvenil 2025/26_836909
Resumo
Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Murcia. Presuposto: 50.000 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descrición oficial da convocatoria
Primero. Beneficiarios. Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro específicamente juveniles (constituidas por socios entre 14 y 29 años) del municipio de Murcia. También serán beneficiarias otras entidades del movimiento asociativo juvenil que, careciendo de interés lucrativo, desarrollen programas y actividades dirigidas al fomento de la participación de la población joven y con manifiesto protagonismo juvenil en su elaboración y desarrollo y que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria. Segundo. Objeto y finalidad Promover actividades juveniles, culturales y sociales de interés general que propicien la participación de la juventud y su integración en la sociedad, estimular el funcionamiento de asociaciones y colectivos de jóvenes, así como apoyar las iniciativas culturales, sociales, formativas, de tiempo libre y de voluntariado que fomenten la participación cívica y ciudadana de la juventud. Se concederán subvenciones para proyectos que engloben actividades a realizar por las entidades durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, y destinadas a la población del municipio con edades comprendidas entre los 8 y los 35 años. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia. (BORM_36_14/02/2023). Cuarto. Cuantía. El importe total de la convocatoria es de 50.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2025 040 3340 48903, siendo la cuantía máxima de subvención por solicitud de 3.000,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BORM. Sexto. Otros datos. Las solicitudes de subvención se formularán de acuerdo con lo establecido en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10006). Cada entidad podrá presentar una única solicitud, que deberá ir acompañada de un proyecto detallado del programa de actividades para el que se solicita la subvención, así como del resto de documentación requerida en la convocatoria. El pago de la subvención concedida se efectuará por el importe total de la cuantía aprobada a partir del momento de la concesión en concepto de pago anticipado.
Organismo convocante
MURCIA — AYUNTAMIENTO DE MURCIA
Ámbito
Murcia
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Máis información
Prazos
| Data de publicación | 2 de xuño de 2025 |
| Data inicio de solicitudes | 12 de xullo de 2025 |
| Data fin de solicitudes | 8 de agosto de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidade | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualización BD | 19 de xullo de 2026 |
Quen pode solicitar esta axuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.
Información económica
| Presuposto total | 50.000 € |
| Modalidade de axuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES Y PREMIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA