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Resolución Gerenta Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan ayudas para proyectos que se ejecuten durante el año 2025,a través de subvenciones a Fundaciones y Asociaciones de pacientes que desarrollen progr.personas enfermedades crónicas

Denominación oficial: Resolución Gerenta Servicio Murciano de Salud, por la que se convocan ayudas para proyectos que se ejecuten durante el año 2025,a través de subvenciones a Fundaciones y Asociaciones de pacientes que desarrollen progr.personas enfermedades crónicas.

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 864808

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presuposto: 204.750 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las Fundaciones y Asociaciones “sin ánimo de lucro”, de pacientes y familiares de pacientes, incluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, “sin ánimo de lucro”, que lleven a cabo en el año 2025, proyectos de prevención de la enfermedad, ayuda mutua y autocuidados para enfermos crónicos, con la limitación establecida en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y las salvedades contempladas en el artículo 2 de la citada Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de estas subvenciones. Además las entidades solicitantes habrán de cumplir los siguientes requisitos específicos: a) No haber sido beneficiario de una subvención por “concesión directa” del Servicio Murciano de Salud durante el ejercicio de 2025 para los mismos proyectos, en el caso de que la entidad beneficiaría estuviera incluida en el Anexo III de la Ley de Presupuestos de la CARM para 2025, “subvenciones nominativas del Servicio Murciano de Salud”. b) Disponer, a criterio de la Comisión de Evaluación, de una estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia y capacidad operativa para ello. c) Disponer de domicilio social en la Región de Murcia. Segundo. Objeto: Serán objeto de subvención los proyectos que desarrollen algu­na o algunas de las siguientes actividades: Formación, información, divulgación y sensibiliza­ción de la población sobre la enfermedad y sus problemas asociados. Actividades de carácter sanitario dirigidas a mejorar la asistencia y la calidad de vida de los enfermos, entendiendo como tales, la rehabilitación, la logopedia y la terapia ocupacional, entre otras. Ayuda a personas con trastornos de la conducta alimentaria. Actividades de acompañamiento, de carácter lúdico, entretenimiento, educativas o mediación dirigidas a los pacientes ingresados en los centros hospitalarios de la Región. Atención y apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus familiares. Promoción de hábitos de vida saludables que in­cidan favorablemente en la evolución y pronóstico de la enfermedad. Actuaciones dirigidas a la promoción de la solidari­dad. Actividades dirigidas a cubrir necesidades de ca­rácter sanitario de los enfermos, no cubiertas por el Siste­ma Sanitario Público. Atención a pacientes en riesgo de exclusión social, con discapacidad o en estadio de enfermedad avanzada, mejorando así su calidad de vida. Tercero. Bases Reguladoras: Orden de 16 de noviembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Murciano de Salud a Fundaciones y Asociaciones destinadas a financiar programas de ayuda para enfermos crónicos, publicadas en el BORM nº268 de 18 de noviembre de 2016 y Orden de la Consejería de Salud de fecha 13 de septiembre de 2018 por la que se modifica la anterior Orden, (BORM nº 222 de 25 de septiembre de 2018). Cuarto. Cuantía: El crédito disponible máximo en esta convocatoria de 2025 es de doscientos cuatro mil setecientos cincuenta euros (204.750€). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 10 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la pre­sente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Sexto. Otros datos: El pago de las cantidades concedidas en concepto de subvención se efectuará por el importe total de la misma en el momento de la concesión y de forma anticipada. Los criterios y ponderaciones para valoración de las solicitudes son: El interés y calidad del proyecto presentado, (objetivos, metodología e incidencia en la mejora de la calidad de los pacientes crónicos). Este criterio se valorará en un 30 % del total. La adecuación de las propuestas de los proyectos a las prioridades que establezca la Consejería de Salud, y a los objetivos establecidos en el Plan de Salud de la Re­gión de Murcia en vigor; así como su repercusión en una respuesta asistencial integral de las personas afectadas. Este criterio se valorará en un 25 % del total. La adecuación de la actividad para la que se solicita la subvención con los objetivos propuestos en el proyecto. Las actividades serán adecuadas a los objetivos. Este criterio se valorará en un 25% del total. Población o ámbito territorial al que va dirigido el Proyecto. Este criterio se valorará en un 20 % del total.

Organismo convocante

REGIÓN DE MURCIA — S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Sanidade

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación27 de outubro de 2025
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeSanidad
Sector económico86 - Actividades sanitarias
Última actualización BD19 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total204.750 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 16 de noviembre de 2016, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Murciano de Salud a Fundaciones y Asociaciones destinadas a financiar programas de ayuda para enfermos