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Subv.2026 a organizaciones de personas trabajadoras autónomas para financiar actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en Extremadura, s/Resolución de 29/10/2025

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 866613

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: EXTREMADURA. Presuposto: 150.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es/): Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones financiadas con cargo a esta convocatoria: 1. Las organizaciones de personas trabajadoras autónomas con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura. 2. Los miembros asociados a la entidad beneficiaria que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del mismo, podrán tener igualmente la consideración de beneficiarios. Segundo. Objeto. Financiar actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en la Orden de 28 de abril de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para financiar actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº 85 de 6 de mayo de 2021, corrección de errores DOE nº 96, de 21 de mayo). Cuarto. Cuantía. 1. El importe total de la convocatoria asciende a 150.000,00 euros, cuyo importe se distribuye en las siguientes anualidades: a) Anualidad 2026: 75.000 € b) Anualidad 2027: 75.000 € Dicha convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 140130000G/242B/48000, en el proyecto de gastos 20120141 “Ayudas complementarias para la formación”, con fuente de financiación de recursos propios de la Comunidad Autónoma. 2. La determinación de la cuantía de la subvención a percibir por cada entidad beneficiaria se realizará de la siguiente manera: a) Se establece una cuantía máxima a percibir por cada entidad beneficiaria de 30.000,00 €, antes de resolver la concesión de las subvenciones, salvo en los supuestos en los que resulte de aplicación lo previsto en el apartado 4 del artículo 8 de la orden de referencia y conforme a lo establecido en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuyo caso se podrá superar la cuantía máxima prevista b) La concesión de la subvención vendrá determinada por las actuaciones previstas en el Plan de Actuaciones definido por cada beneficiaria, por lo que el presupuesto de gastos que acompañe a dicho Plan servirá de referencia para la determinación del importe de la subvención. 3. La presente la convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio de 2026 y 2027. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y el extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura. Sexto. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura, en la Orden de 28 de abril de 2021 (DOE nº 85, de 6 de mayo de 2021, corrección de errores DOE nº 96, de 21 de mayo), en la resolución de convocatoria, así como en la página web https://extremaduratrabaja.juntaex.es , e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. La forma de pago de la subvención es la siguiente: a) Un primer pago anticipado del 50 % de la subvención, una vez notificada la resolución de concesión y aceptada la subvención por parte de la entidad beneficiaria. b) Un segundo pago del 50% de la subvención concedida, que se hará efectivo previa justificación por la entidad beneficiaria de la realización de, al menos, el 75% de las actuaciones subvencionables y de haber incurrido en gastos y pagos para su realización, que deberán representar, al menos, el 100 por cien de la cantidad anticipada. No se exigirá a la entidad beneficiaria la prestación de garantía para la realización de los pagos anticipados y a cuenta señalados anteriormente

Organismo convocante

EXTREMADURA — SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)

Ámbito

EXTREMADURA

Categoría

Emprego

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación4 de novembro de 2025
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeFomento del Empleo
Sector económico94.1 - Actividades de organizaciones empresariales, profesionales y patronales
Última actualización BD19 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total150.000 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 28 de abril de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, para financiar actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbit

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