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Decreto del Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, de fecha 18-11-2025, por el que se convocan subvenciones a las asociaciones de vecinos para la realización de actividades de utilidad pública e interés social

Denominación oficial: Decreto del Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, de fecha 18-11-2025, por el que se convocan subvenciones a las asociaciones de vecinos para la realización de actividades de utilidad pública e interés social.

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 869600

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Badajoz. Presuposto: 121.900 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Primero. Beneficiarios. Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones de Vecinos/as que cumplan los siguientes requisitos: 1.- Que se encuentren legalmente constituidas como Asociaciones de Vecinos/as e inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Badajoz y que se encuentren activas y en funcionamiento según las determinaciones previstas en la base Séptima. 2.- Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3.- No ser deudor mediante resolución de reintegro de subvenciones de las Administraciones Públicas. 4.- Que no hayan sido beneficiarios de otra subvención, en régimen de concurrencia competitiva o directa, del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz o sus Organismos Autónomos para la misma finalidad, durante el año de la convocatoria. 5.- Haber presentado, antes del comienzo del plazo señalado para la presentación de solicitudes de subvención, la justificación de las ayudas o subvenciones recibidos con anterioridad del Ayuntamiento de Badajoz para fines análogos. Segundo. Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo y promoción del movimiento asociativo vecinal y la participación de los ciudadanos Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de Badajoz, el día 2 de febrero de 2009. http://www.dip- badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02 Cuarto. Cuantía. Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación total máxima de 121.900 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Sexto. Otros datos. Las solicitudes se ajustarán a los modelos que figuran en la convocatoria, que serán facilitados por la Concejalía de Participación Ciudadana y podrán presentarse, de forma telemática, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Badajoz (https://sede.aytobadajoz.es), así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regulado en los artículos 14 y 16.4 de la citada Ley, y deberán ir acompañadas, entre otros, del Proyecto a ejecutar y presupuesto. Los proyectos subvencionados deberán haberse realizado entre el 1 de enero y 1 de noviembre de 2025. Dado que se pretenden subvencionar proyectos y actividades ya realizados, la justificación deberá presentarse junto a la solicitud.

Organismo convocante

BADAJOZ — AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ

Ámbito

Badajoz

Categoría

Serv. sociais

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación19 de novembro de 2025
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; 94 - Actividades asociativas; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD19 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total121.900 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz