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Subvenciones 2026 por entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de festivales de música en Mallorca

Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones 2026 por entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de festivales de música en Mallorca

Prazo de solicitude 8 de abril de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 889915

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Mallorca. Presuposto: 275.000 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio adoptó el 25 de febrero de 2026 la siguiente resolución: Resolución de aprobación de la convocatoria de subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de festivales de música en Mallorca Hechos 1. Se ha emitido memoria justificativa sobre la tramitación de la convocatoria de subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de festivales de música en Mallorca. 2. En el expediente consta la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 20.33450.48911, para tramitar esta convocatoria. 3. En fecha 24 de febrero de 2026 la Intervención delegada la Misericordia ha fiscalizado favorablemente el expediente. Fundamentos de derecho 1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. 2. El decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones. 3. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones. 4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público. 5. La Ley 4/2022, de 8 de junio, de consejos insulares. 6. El Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, el Decreto de organización del Consell de Mallorca y las Bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca del año 2026. 7. El acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de mayo de 2025 (BOIB núm. 69, de día 31 de mayo de 2025) delegó en los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas, competentes por razón de la materia, la aprobación de las convocatorias de ayudas y subvenciones Por todo esto, dicto la siguiente: Resolución 1. Aprobar la convocatoria de subvenciones 2026 por entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de festivales de música en Mallorca. 2. Autorizar un gasto de 275.000,00€, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33450.48911 del ejercicio 2026, para tramitar esta convocatoria. 3. Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.» Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante el Pleno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo. Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo. No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Palma, a fecha de la firma electrónica La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio (Por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de mayo de 2025 de delegación de atribuciones del Consejo Ejecutivo en los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas. BOIB núm. 69 de 31 de mayo de 2025) Convocatoria de subvenciones 2026 por entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de festivales de música en Mallorca 1. Bases reguladoras y publicidad Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016, BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018, BOIB núm. 96, de 4 de agosto 2018). El Consell de Mallorca, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 19.2 de la Ordenanza General de Subvenciones, publicará esta convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears. Asimismo se dará traslado de la información correspondiente a la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. 2. Dotación presupuestaria Se destina para las ayudas de esta convocatoria la cantidad de 275.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33450.48911 del presupuesto 2026, distribuida entre las líneas que se mencionan a continuación y de la siguiente forma: - Línea 1: 215.000,00 €. Por actividades musicales desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro con un presupuesto igual o superior a 40.000,00€. - Línea 2: 60.000,00 €. Por actividades musicales desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro con un presupuesto inferior a 40.000,00€. Si una vez calculados los importes de las ayudas de cada línea, y siempre que lo permita el plan de estabilidad presupuestaria del Consell de Mallorca, se produce algún remanente, la comisión evaluadora puede proponer al órgano instructor que incremente la otra línea, (por el importe de dicho remanente) cuya dotación presupuestaria no ha sido suficiente para hacer frente a los importes y porcentajes máximos de concesión establecidos en el punto 8 de esta convocatoria. 3. Objeto 1. El objeto de esta convocatoria es dar apoyo a las entidades sin ánimo de lucro en el desarrollo de actividades musicales. La finalidad de esta convocatoria es favorecer la creación, producción y programación musical (conciertos, festivales y ciclos musicales) a…

Organismo convocante

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA — CONSELL INSULAR DE MALLORCA

Ámbito

Mallorca

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación26 de febreiro de 2026
Data inicio de solicitudes16 de marzo de 2026
Data fin de solicitudes8 de abril de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas
Última actualización BD16 de agosto de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total275.000 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca

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