Subvencións a Asociacións e entidades privadas sen ánimo de lucro para servizos estables de información, orientación e asesoramento, intervención psicosocial e inserción laboral
Denominación oficial: Convocatoria de subvencións a Asociacións e entidades privadas sen ánimo de lucro para servizos estables de información, orientación e asesoramento, intervención psicosocial e inserción laboral.
Resumo
Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Alicante / Alacant. Presuposto: 750.000 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descrición oficial da convocatoria
Primero. Beneficiarios: Estas subvenciones irán dirigidas a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito de Bienestar Social de la Provincia de Alicante, que tengan como función la atención directa a sus socios/as, usuarios/as o familiares de éstos/as, y población afectada derivada según protocolos de coordinación con el Sistema Público de Servicios Sociales. Las ayudas serán destinadas a la ejecución de Programas a favor de la Inclusión Social para el sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral, implementados dentro de la Provincia de Alicante. Podrán solicitar subvención las Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro de personas afectadas, legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente, conforme a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o la normativa que resulte de aplicación, cuya actuación se desarrolle en alguno de los sectores de población que figuran a continuación, y al que irá dirigida la actividad para la que solicitan subvención, constando así expresamente en sus estatutos: - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con discapacidad intelectual, física o sensorial. - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con enfermedad mental. - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con enfermedades renales, o Alzhéimer, o Párkinson, o enfermedades neurodegenerativas, o cáncer, o esclerosis múltiple o lateral amiotrófica, o fibromialgia, o enfermedades reumáticas y músculo esqueléticas, o diabetes, o VIH, o espina bífida e hidrocefalia, o personas con enfermedades raras o sin diagnóstico o aquellas que necesiten cuidados paliativos. - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con daño cerebral adquirido. - Entidades que atiendan exclusivamente a menores en situación de protección social, derivados de entidades públicas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de los menores, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa del Ayuntamiento correspondiente o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales, o autorización del Centro/s del que son titulares, de conformidad con el Decreto 59/2019, de 12 de abril, del Consell, de ordenación del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. - Entidades que se dediquen a la inserción socio laboral de las personas desfavorecidas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de las personas, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales. - Entidades que se dediquen a la asistencia a personas sin techo o sin hogar, a la distribución o cobertura de necesidades básicas de alimentación o ropa para las personas desfavorecidas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de las personas, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales. No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en estas Convocatoria las siguientes Entidades: cooperativas, asociaciones o entidades de amas de casa, de consumidores y usuarios, de tercera edad, de vecinos, de tipo cultural, educativo, deportivo, las que se dirijan a la protección de la familia, a igualdad de género y/o violencia de género, de mujer, de personas separadas, del colectivo LGTBIQ+, juveniles, de voluntariado, de ciudadanos extranjeros, de colectivos profesionales, organizaciones no gubernamentales de desarrollo o entidades de cooperación internacional, de prevención, tratamiento o cualquier otro fin relacionado con las conductas adictivas, organizaciones sindicales, Asociaciones sin base asociativa de personas afectadas y/o que no sean de autoayuda, Entidades en las que el poder de decisión y gestión se concentra en los profesionales que llevan a cabo los distintos programas que realiza la Entidad sin representación de personas del colectivo afectado, Entidades que no tengan coordinación con los Servicios Sociales Públicos y Entidades sin ánimo de lucro que a su vez oferten o presten servicios a otras Entidades sin ánimo de lucro y/o a la población en general. Segundo. Objeto: Podrán ser objeto de subvención los siguientes programas estables, iniciados por la Entidad solicitante el 1 de enero de 2026 o con anterioridad y que tengan continuidad, como mínimo, hasta el 30 de septiembre de 2026: - Programas de sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento: actuaciones dirigidas a las personas y colectivos para informar, asesorar y orientar sobre sus derechos, ejercicio de los mismos y recursos existentes en el ámbito público y privado de los Servicios Sociales u otros, orientados a resolver sus dificultades y cubrir sus necesidades. - Programas de intervención psicosocial: actuaciones dirigidas a personas o colectivos que presenten dificultades en su integración, autonomía personal, uso de recursos de atención especializada, y programas de rehabilitación física. - Programas de integración laboral para personas desfavorecidas: que contengan distintas actuaciones orientadas a la promoción laboral de personas y colectivos en edad laboral activa, que presenten dificultades de acceso al sistema laboral, acompañamiento en su incorporación y/o desarrollo de habilidades y competencias, como la enseñanza de una profesión concreta, con el objetivo de obtener un empleo. Se desestimarán aquellos programas con escaso contenido o que sean genéricos o meramente teóricos. Cada programa deberá contener distintas actividades para poder ser subvencionado en esta Convocatoria. En el caso de programas que tengan una implementación a nivel nacional o autonómico, únicamente podrá ser objeto de subvención los gastos correspondientes a su ejecución en la Provincia de Alicante. No podrán ser objeto de…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE ALICANTE — DEPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALACANT/ALICANTE
Ámbito
Alicante / Alacant
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Máis información
Prazos
| Data de publicación | 18 de marzo de 2026 |
| Data inicio de solicitudes | 24 de marzo de 2026 |
| Data fin de solicitudes | 13 de abril de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidade | Servizos Sociais e Promoción Social |
| Sector económico | 88 - Actividades de servizos sociais sen aloxamento; 85 - Educación |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
Quen pode solicitar esta axuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.
Información económica
| Presuposto total | 750.000 € |
| Modalidade de axuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Decreto nº 1.142, de 13 de marzo de 2026, de la Sra. Diputada de Bienestar Social e Igualdad, por el que se convocan subvenciones a Asociaciones y Entidades privadas sin fin de lucro para servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral. ↗
Bases reguladoras
Ordenanza Xeral de Subvencións da Excma. Deputación Provincial de Alacante.