FinalizadaLocalServ. sociais

Subvencións a Asociacións e entidades privadas sen ánimo de lucro para servizos estables de información, orientación e asesoramento, intervención psicosocial e inserción laboral

Denominación oficial: Convocatoria de subvencións a Asociacións e entidades privadas sen ánimo de lucro para servizos estables de información, orientación e asesoramento, intervención psicosocial e inserción laboral.

Prazo de solicitude 13 de abril de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 893995

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Alicante / Alacant. Presuposto: 750.000 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Primero. Beneficiarios: Estas subvenciones irán dirigidas a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito de Bienestar Social de la Provincia de Alicante, que tengan como función la atención directa a sus socios/as, usuarios/as o familiares de éstos/as, y población afectada derivada según protocolos de coordinación con el Sistema Público de Servicios Sociales. Las ayudas serán destinadas a la ejecución de Programas a favor de la Inclusión Social para el sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral, implementados dentro de la Provincia de Alicante. Podrán solicitar subvención las Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro de personas afectadas, legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente, conforme a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o la normativa que resulte de aplicación, cuya actuación se desarrolle en alguno de los sectores de población que figuran a continuación, y al que irá dirigida la actividad para la que solicitan subvención, constando así expresamente en sus estatutos: - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con discapacidad intelectual, física o sensorial. - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con enfermedad mental. - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con enfermedades renales, o Alzhéimer, o Párkinson, o enfermedades neurodegenerativas, o cáncer, o esclerosis múltiple o lateral amiotrófica, o fibromialgia, o enfermedades reumáticas y músculo esqueléticas, o diabetes, o VIH, o espina bífida e hidrocefalia, o personas con enfermedades raras o sin diagnóstico o aquellas que necesiten cuidados paliativos. - Entidades que atiendan exclusivamente a personas con daño cerebral adquirido. - Entidades que atiendan exclusivamente a menores en situación de protección social, derivados de entidades públicas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de los menores, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa del Ayuntamiento correspondiente o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales, o autorización del Centro/s del que son titulares, de conformidad con el Decreto 59/2019, de 12 de abril, del Consell, de ordenación del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. - Entidades que se dediquen a la inserción socio laboral de las personas desfavorecidas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de las personas, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales. - Entidades que se dediquen a la asistencia a personas sin techo o sin hogar, a la distribución o cobertura de necesidades básicas de alimentación o ropa para las personas desfavorecidas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de las personas, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales. No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en estas Convocatoria las siguientes Entidades: cooperativas, asociaciones o entidades de amas de casa, de consumidores y usuarios, de tercera edad, de vecinos, de tipo cultural, educativo, deportivo, las que se dirijan a la protección de la familia, a igualdad de género y/o violencia de género, de mujer, de personas separadas, del colectivo LGTBIQ+, juveniles, de voluntariado, de ciudadanos extranjeros, de colectivos profesionales, organizaciones no gubernamentales de desarrollo o entidades de cooperación internacional, de prevención, tratamiento o cualquier otro fin relacionado con las conductas adictivas, organizaciones sindicales, Asociaciones sin base asociativa de personas afectadas y/o que no sean de autoayuda, Entidades en las que el poder de decisión y gestión se concentra en los profesionales que llevan a cabo los distintos programas que realiza la Entidad sin representación de personas del colectivo afectado, Entidades que no tengan coordinación con los Servicios Sociales Públicos y Entidades sin ánimo de lucro que a su vez oferten o presten servicios a otras Entidades sin ánimo de lucro y/o a la población en general. Segundo. Objeto: Podrán ser objeto de subvención los siguientes programas estables, iniciados por la Entidad solicitante el 1 de enero de 2026 o con anterioridad y que tengan continuidad, como mínimo, hasta el 30 de septiembre de 2026: - Programas de sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento: actuaciones dirigidas a las personas y colectivos para informar, asesorar y orientar sobre sus derechos, ejercicio de los mismos y recursos existentes en el ámbito público y privado de los Servicios Sociales u otros, orientados a resolver sus dificultades y cubrir sus necesidades. - Programas de intervención psicosocial: actuaciones dirigidas a personas o colectivos que presenten dificultades en su integración, autonomía personal, uso de recursos de atención especializada, y programas de rehabilitación física. - Programas de integración laboral para personas desfavorecidas: que contengan distintas actuaciones orientadas a la promoción laboral de personas y colectivos en edad laboral activa, que presenten dificultades de acceso al sistema laboral, acompañamiento en su incorporación y/o desarrollo de habilidades y competencias, como la enseñanza de una profesión concreta, con el objetivo de obtener un empleo. Se desestimarán aquellos programas con escaso contenido o que sean genéricos o meramente teóricos. Cada programa deberá contener distintas actividades para poder ser subvencionado en esta Convocatoria. En el caso de programas que tengan una implementación a nivel nacional o autonómico, únicamente podrá ser objeto de subvención los gastos correspondientes a su ejecución en la Provincia de Alicante. No podrán ser objeto de…

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE ALICANTE — DEPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALACANT/ALICANTE

Ámbito

Alicante / Alacant

Categoría

Serv. sociais

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación18 de marzo de 2026
Data inicio de solicitudes24 de marzo de 2026
Data fin de solicitudes13 de abril de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeServizos Sociais e Promoción Social
Sector económico88 - Actividades de servizos sociais sen aloxamento; 85 - Educación
Última actualización BD31 de agosto de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total750.000 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza Xeral de Subvencións da Excma. Deputación Provincial de Alacante.

Bases reguladoras ↗