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Bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas a las familias con personas en situación de dependencia o con discapacidad, a través del programa Respiro Familiar para personas cuidadoras y

Denominación oficial: ORDE do 31 de xullo de 2026, pola que se establecen as bases reguladoras para a concesión de axudas económicas a familias con persoas en situación de dependencia ou discapacidade, a través do Programa de Respiro Familiar para coidadores e coidadores.

Prazo de solicitude 15 de outubro de 2026
Estado Aberta · quedan 15 días
Código BDNS 923182

Resumo

Esta axuda está destinada a persoas físicas que non desenvolven a actividade económica. Ámbito: GALICIA. Presuposto: 735.205 €. Pódese solicitar ata o 15 de outubro de 2026. Concorrencia competitiva - canónica.

De que vai esta axuda?

Trátase dunha subvención en metálico para familias que coidan a unha persoa con discapacidade ou dependencia. Non tes que devolver o diñeiro. A axuda outórgase en réxime de concorrencia competitiva: tes que solicitala antes do 15 de outubro de 2026 e compararase a túa solicitude coas demais; O cumprimento dos requisitos non garante que o reciba. Está dirixido a persoas que non desenvolven actividade económica e residen en Galicia.

Resumo en linguaxe clara xerado con IA a partir dos datos oficiais. Pode conter erros: consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitala.

Descrición oficial da convocatoria

EXTRACTO de la Orden de 31 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas a las familias con personas en situación de dependencia o con discapacidad a través del programa Respiro familiar para personas cuidadoras y por la que se convocan estas ayudas para el año 2026 (código de procedimiento BS614B). BDNS (identif.): 923182 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la orden cuyo texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxx). Primero. Objeto Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las cuales se regirá la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a personas cuidadoras dentro del programa Respiro familiar para personas cuidadoras para el ejercicio 2026 (código de procedimiento BS614B), así como realizar su convocatoria. Segundo. Financiación A las ayudas objeto de esta convocatoria se destina un presupuesto total de setecientos treinta y cinco mil doscientos cuatro euros con noventa y tres céntimos (735.204,93 €), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 08.05.312D.480.3 (código de proyecto 2011-00664). Tercero. Personas beneficiarias Podrán ser beneficiarias de las ayudas de este programa aquellas personas cuidadoras habituales no profesionales que atiendan de forma continuada a una o a más personas dependientes o con discapacidad o en situación de necesidad de terceros para las actividades de la vida diaria, acreditada mediante un informe médico y social. Cuarto. Requisitos para acceder a la subvención 1. Para que la persona cuidadora sea beneficiaria de la subvención es necesario que concurran los siguientes requisitos: a) Que la persona cuidadora solicitante de la subvención y la persona o personas a la/s que atienda sean residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia. b) Que la persona atendida se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: 1º. Que presente una discapacidad física, psíquica o mental y necesite ayuda de terceras personas para las actividades de la vida diaria, y que tenga reconocida por el organismo competente una discapacidad en grado igual o superior al 75 %. 2º. Que tenga reconocida la situación de dependencia por el organismo competente en los grados II o III. 3º. Que, en caso de no encontrarse en las situaciones enumeradas en los ordinales anteriores, presente una situación de necesidad de terceros para las actividades de la vida diaria, acreditada mediante un informe médico y social. 2. Además, las personas cuidadoras, para ser beneficiarias de la subvención, tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio. Quinto. Bases reguladoras Orden de 31 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas a las familias con personas en situación de dependencia o con discapacidad a través del programa Respiro familiar para personas cuidadoras y por la que se convocan para el año 2026 (código de procedimiento BS614B). Sexto. Tipo de ayuda y cuantía 1. Modalidad de respiro en el hogar La ayuda consistirá en una aportación para contribuir al pago del servicio de atención a domicilio para atender necesidades puntuales en los supuestos convenientemente acreditados. A través de esta modalidad, prevista para dar respuesta a las demandas concretas de las familias y de las personas cuidadoras por espacios de tiempo definidos y no muy largos, se contribuirá a la prestación de una atención integral y directa en el propio hogar de la persona dependiente, con discapacidad o con necesidad de terceros para las actividades de la vida diaria, con el objetivo de mantener a estas personas en su domicilio y ofrecer a su persona cuidadora habitual la posibilidad de disponer de unas horas para su descanso personal o bien para cubrir sus necesidades puntuales derivadas de la conciliación de las obligaciones laborales y personales y de las responsabilidades familiares que se produzcan. El servicio podrá prestarlo una entidad autorizada para proporcionar el servicio de ayuda en el hogar e inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) o personal profesional legalmente acreditado con formación específica en atención a personas con necesidades especiales y contratado directamente por la persona cuidadora solicitante de la subvención. Las actuaciones del servicio cubrirán los cuidados personales y de acompañamiento que necesita la persona atendida, en ausencia de las personas cuidadoras. Se pueden prestar las siguientes tareas: a) Asistencia para levantarse y acostarse. b) Apoyo en el cuidado e higiene personal, así como para vestirse. c) Control del régimen alimentario y ayuda, en su caso, para alimentarse. d) Supervisión, cuando proceda, de las rutinas de administración de medicamentos prescritas por facultativos. e) Apoyo para cambios posturales, movilizaciones, orientación espacio-temporal. f) Apoyo a personas afectadas por problemas de incontinencia. g) Cualquier otra tarea implícita en el desarrollo de las anteriores. Cuando en un domicilio se atienda a más de una persona, las tareas que se presten deberán ser compatibles con la vigilancia y atención de todas ellas. La ayuda dirigida a las personas beneficiarias que se establecen en el artículo 3 consistirá en una aportación que puede alcanzar hasta el 100 % del coste de las actuaciones subvencionables, con un máximo de 1.000 euros por persona beneficiaria/año. 2. Modalidad de respiro en un centro de día La ayuda consistirá en una aportación para contribuir al pago del servicio de atención en el centro de día con el fin de atender las necesidades puntuales en los supuestos convenientemente acreditados. El objetivo de esta modalidad es atender a la persona…

Organismo convocante

GALICIA — CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDADE

Ámbito

GALICIA

Categoría

Serv. sociais

Destinatarios

PERSOAS FÍSICAS QUE NON DESENVOLVEN A ACTIVIDADE ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación3 de agosto de 2026
Data inicio de solicitudes10 de agosto de 2026
Data fin de solicitudes15 de outubro de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcorrencia competitiva - canónica
FinalidadeServizos Sociais e Promoción Social
Sector económico88.1 - Actividades de servizos sociais sen aloxamento para persoas maiores ou con discapacidade
Última actualización BD30 de setembro de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSOAS FÍSICAS QUE NON DESENVOLVEN A ACTIVIDADE ECONÓMICA

Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total735.205 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN E ENTREGA DE CARTOS SEN COMPENSACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDE do 31 de xullo de 2026 pola que se establecen as bases reguladoras para a concesión de axudas económicas a familias con persoas en situación de dependencia ou con discapacidade a través do programa de Respiro Familiar para coidadores e se procede a

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