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De 21 de junio de 2023, de la Consejería de la Presidencia, por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en el fondo de cohesión territorial en Castilla y León

Denominació oficial: Orden de 21 de junio de 2023, de la Consejería de la Presidencia, por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en el fondo de cohesión territorial en Castilla y León

Termini de sol·licitud 7 de juliol de 2023
Estat Finalitzada
Codi BDNS 704527

Resum

Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: CASTILLA Y LEON. Pressupost: 20,0 M€. La tramitació es fa de forma electrònica. Concessió directa: concedida sense concurs públic.

Descripció oficial de la convocatòria

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. También podrá consultarse en el portal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el apartado de ayudas a las entidades locales (https://www.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionPublica/es/Plantilla100/1144758966634/_/_/_) Primero.- Beneficiarios. 1.- Los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.000 habitantes. 2.- Los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes. Segundo.- Objeto y finalidad. Subvenciones con destino a inversiones en: a) Infraestructura y equipamiento de servicios municipales mínimos y obligatorios. b) Infraestructura y equipamiento de otros servicios de interés comunitario local prestados por las entidades locales. Tercero.- Bases reguladoras. Orden PRE/804/2022, de 30 de junio, de la Consejería de la Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones de entidades locales del Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León. Cuarto.- Importe. 1.- La cuantía del Fondo de Cohesión Territorial que corresponde a cada uno de los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.000 habitantes, es la señalada en el Anexo I que se acompaña a la presente Orden, por un importe total de 10.080.269,57 euros. 2.- La cuantía del Fondo de Cohesión Territorial que corresponde a cada uno de los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes, es la señalada en el Anexo II que se acompaña a la presente Orden, por un importe total de 9.919.730,43 euros. 3.- En el caso de los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.000 habitantes, las subvenciones concedidas no podrán superar el 75% del presupuesto considerado, debiendo aportar el municipio, en todo caso y como mínimo, el 25% de dicho presupuesto. 4.- Para los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes, en la financiación de cada proyecto participarán la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la Diputación Provincial y el municipio afectado. Las subvenciones concedidas no podrán superar el 50% del presupuesto considerado, debiendo aportar el municipio, en todo caso y como mínimo, el 25% de dicho presupuesto y la correspondiente Diputación Provincial el resto de financiación. Mediante convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma y la Diputación Provincial correspondiente se ha concretado la participación de las administraciones implicadas en la financiación de los proyectos, siendo, en todo caso, el porcentaje de cofinanciación de la Comunidad Autónoma el mayor de las tres administraciones. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. 1.- El último día para la presentación de la documentación necesaria para la tramitación de las subvenciones dirigidas a inversiones de los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.0000 habitantes de Castilla y León, reguladas en la Sección Segunda será el 7 de julio de 2023. 2.- La parte del Fondo de Cohesión Territorial que corresponda al conjunto de municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes de cada provincia será gestionada por la correspondiente Diputación Provincial en los términos previstos en este artículo y en el respectivo convenio de colaboración suscrito por esta Administración Autonómica y cada una de las Diputaciones Provinciales de la Comunidad. Los municipios beneficiarios presentarán la documentación a la que se refiere el artículo séptimo de esta Orden ante la Diputación Provincial correspondiente, en la forma y plazo que determine la propia Diputación Provincial.

Organisme convocant

CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

Àmbit

CASTILLA Y LEON

Categoria

Altres ajudes

Destinataris

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació21 de juny de 2023
Data d'inici de sol·licituds24 de juny de 2023
Data fi de sol·licituds7 de juliol de 2023

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcessió directa: concedida sense concurs públic
FinalitatOtras actuaciones de carácter económico
Sector econòmicACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualització BD21 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total20,0 M€
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Orden PRE/804/2022, de 30 de junio, de la Consejería de la Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones de entidades locales del Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León

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