Convocatoria pública de subvenciones para el fomento del asociacionismo anualidades 2024 y 2025
Denominació oficial: CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO ANUALIDADES 2024 Y 2025.
Resum
Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Madrid. Pressupost: 3,5 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripció oficial de la convocatòria
PRIMERO.- Beneficiarios Esta convocatoria<(>,<)> en los términos establecidos en sus apartados 4, 5<(>,<)> 6<(>,<)> 7 y 9<(>,<)> está dirigida a las federaciones<(> ,<)> confederaciones, uniones de asociaciones, agrupaciones de entidades y asociaciones de base inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2013 (de aquí en adelante OBRGS). SEGUNDO.- Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto financiar, durante los años 2024 y 2025, proyectos de fomento de asociacionismo que se destinen a fortalecer las relaciones entre entidades adscritas a las federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones, así como a fomentar la incorporación de nuevos socios en las asociaciones de base, potenciando el tejido asociativo de la ciudad de Madrid. De igual forma, se podrán financiar proyectos bienales que promocionen la democracia participativa mediante la mediación y las labores de información, orientación, formación y capacitación. Asimismo, es una convocatoria dirigida a sufragar gastos de alquiler y de funcionamiento de la sede social u otros espacios en los que las entidades ciudadanas desarrollen sus actividades habituales durante las anualidades 2024 y 2025. TERCERO.- Bases reguladoras. Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo de 30 de octubre de 2013 del pleno del Ayuntamiento de Madrid y el Decreto de 4. de abril de 2024 Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2024 y 2025. CUARTO.- Cuantía. 1. El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en tres millones quinientos mil euros (3.500.000 €) para las dos modalidades, de los cuales, un millón setecientos cincuenta mil euros (1.750.000 €) corresponderán al ejercicio 2024 y un millón setecientos cincuenta mil euros (1.750.000 €) corresponderán al ejercicio 2025, conforme a las cuantías que se establecen a continuación. El importe total destinado a la modalidad de “Proyectos”, para cada uno de los dos años que comprende la convocatoria, será de 1.650.000 euros, que se distribuirá entre los 6 ámbitos de actuación definidos en esta convocatoria de la siguiente forma: a) Ámbito de actuación “Fortalecimiento”: 550.000 euros. b) Ámbito de actuación “Cañada Real”: 100.000 euros. c) Ámbito de actuación “Vecinal”: 300.000 euros. d) Ámbito de actuación “Educativo”: 100.000 euros. e) Ámbito de actuación “Mediación”: 300.000 euros. f) Ámbito de actuación “Orientación”: 300.000 euros. Por su parte, el importe total destinado a la modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, para cada uno de los dos años que comprende la convocatoria, será de 100.000 euros. Esta convocatoria de subvenciones es plurianual según lo establecido en el artículo 18.bis.1 de la OBRGS y el artículo 57 del en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante, RGS). 2. Dichos importes se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/120/924.01/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del presupuesto de la Dirección General de Participación Ciudadana para cada una de las anualidades, 2024 y 2025. QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS. La solicitud, junto con el anexo y la documentación exigida, se dirigirán a la Dirección General de Participación Ciudadana y deberán presentarse electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es. Para ello, se deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
Organisme convocant
MADRID — ÁREA DE GOBIERNO DE PORTAVOZ, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
Àmbit
Madrid
Categoria
Destinataris
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 5 d'abril de 2024 |
| Data d'inici de sol·licituds | No disponible |
| Data fi de sol·licituds | No disponible |
Informació completa
| Administració | Local |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector econòmic | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualització BD | 20 de juliol de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 3,5 M€ |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP