Ayuda por concurrencia competitiva para la realización de Casales de verano durante el año 2024
Resum
Esta ajuda està destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Barcelona. Pressupost: 1.980 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripció oficial de la convocatòria
1. Indicación de la aprobación de las Bases Reguladoras y Diario Oficial donde se han publicado Por acuerdo plenario de fecha 29 de febrero de 2024, fueron aprobadas las Bases generales reguladoras de subvenciones destinadas a financiar el apoyo a la escolaridad y otras actividades complementarias de apoyo a la infancia y adolescencia, lo que se somete a exposición pública, de conformidad con el artículo 124.2 del decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales, por un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPB y en el mostrador de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento http://www.viladecavalls.cat/, http://bop.diba.cat/anunci/3597497/aprovacio-de-les-bases-per-a-la-concessio-de-subvencions-de-suport-a-l-escolaritat-realitzacio-d-activitats-extraescolars-i-realitzacio-d-activitats-d-estiu-de-suport-a-la-infancia-i-adolescencia-versio-en-catala-i-castella-ajuntament-de-viladecavalls 2. Cuantía total máxima de las subvenciones a otorgar y consignación presupuestaria El presupuesto máximo que se destinará este año 2024 para la concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras será de 16.000,00 € e irá a cargo de las aplicaciones presupuestarias 1/2310/48000. 3. Objeto, condiciones y finalidad de las subvenciones El objeto de esta convocatoria es regular las subvenciones destinadas a apoyar a centros de verano de los niños del municipio y a sus familias 2024. Estas subvenciones van destinadas a garantizar la conciliación familiar y a cubrir gastos derivados de centros de verano de familias empadronadas en Viladecavalls que asisten a centros de titularidad pública. 4. Procedimiento de concesión El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en las bases reguladoras será el procedimiento de concurrencia competitiva. El extracto de la convocatoria que regirá este procedimiento se publicará, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOPB. 5. Requisitos para la solicitud y forma de acreditarlos 1.- Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las personas físicas que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y reúnan las siguientes condiciones: -Cualquier familia con hijos de 3 a 16 años, que estén empadronados en el municipio de Viladecavalls y escolarizados en los centros educativos públicos. Requisitos de los solicitantes: - No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. - No tener la residencia fiscal en un país o un territorio calificado por reglamento como paraíso fiscal. - No haber sido objeto de ninguna resolución firme de carácter sancionador en relación con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de subvenciones o la Ley general tributaria. - Estar al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones. - Estar al corriente de la parte que le corresponde pagar por el concepto que solicita ayuda. 2.- La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican en el artículo siguiente. 6. Documentos que deben acompañar la solicitud Para que las solicitudes sean consideradas y evaluadas junto al modelo normalizado de solicitud (Anexo 1) hay que adjuntar, en el periodo establecido para hacerlo, la documentación siguiente: 1. Documentación económica de todos los miembros de la unidad familiar de edad igual o mayor de 16 años: - Asalariado: Declaración del IRPF - Parado: certificado del SEPE con la cuantía de la prestación y/o subsidio que está recibido. - Pensionista: certificado de pensión del año en curso. - Autónomos/empresarios: Declaración del IRPF - El último recibo de la hipoteca o del alquiler de la vivienda de residencia del alumno/a. 2. Datos identificativos: - DNI, NIE o pasaporte del solicitante y de las personas de edad igual o mayor de 16 años que conviven en la unidad familiar. - Volante colectivo de empadronamiento (Comprobación por parte del Ayuntamiento) Modelo declaración jurada cumplimiento requisitos. Modelo solicitud transferencia datos bancarios. Es imprescindible que las solicitudes sean firmadas por los padres, tutores legales o personas encargadas temporal o definitivamente de la guarda legal del/la menor, haciendo constar que los datos aportados son ciertos. La presentación de solicitudes supone la aceptación íntegra de estas bases. Dicha documentación deberá presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, irá debidamente firmada por el solicitante y será original o copia debidamente autenticada. 7. Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes se establece del 03 al 17 de junio 2024. Las solicitudes, conjuntamente con la documentación exigida en la base 6, podrán presentarse telemáticamente a través del trámite específico disponible en el catálogo de trámites municipal, o por cualquiera de los canales previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. http://www.viladecavalls.cat/ Se hará difusión de las bases y de la convocatoria mediante circulares en las escuelas municipales, guardería y publicándolo en la web municipal. La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan. 8. Rectificación de defectos u omisiones en la documentación En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá al/a la beneficiario/a, para que en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación…
Organisme convocant
VILADECAVALLS — AYUNTAMIENTO DE VILADECAVALLS
Àmbit
Barcelona
Categoria
Destinataris
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 16 de maig de 2024 |
| Data d'inici de sol·licituds | 3 de juny de 2024 |
| Data fi de sol·licituds | 17 de juny de 2024 |
Informació completa
| Administració | Local |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Educación |
| Sector econòmic | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualització BD | 20 de juliol de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 1.980 € |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Bases Reguladoras para a la concessión de subvención de suporte a la escolaridad, realitzación de actividades extraescolares y realitzación de actividades de verano de suporte a la infancia i adolescencia