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Orden de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, de subvenciones para el ejercicio 2024 dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social. 2ª convocatoria

Denominació oficial: Orden de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, de subvenciones para el ejercicio 2024 dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social. 2ª convocatoria.

Termini de sol·licitud No disponible
Estat No disponible
Codi BDNS 797971

Resum

Esta ajuda està destinada a pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: REGION DE MURCIA. Pressupost: 53.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index . Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas con cargo al programa 1 y 2, las empresas de inserción que cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la Regulación del Régimen de Empresa de Inserción, que se encuentren inscritas y calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 apartados 2 y 3 de la Orden de bases. Segundo. Objeto Fomentar, promover y facilitar la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social a través de las ayudas a la contratación en empresas de inserción. Tercero. Bases reguladoras Orden de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos de fecha 21 de julio de 2023, de aprobación de bases reguladoras de subvenciones dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social (BORM nº 171, de 26 de julio de 2023), modificada por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa de 22 de abril de 2024 (BORM nº 94, de 24 de abril). Cuarto. Cuantía El crédito disponible inicial para el programa de ayuda nº 1 es de 40.000,00 euros, para el programa de ayuda nº 2 es de 13.000,00 euros. Para el programa 1, la ayuda queda cuantificada en el 80% del SMI del último día del año 2023 para la contratación o mantenimiento de puestos de inserción ocupados por hombres y el 90% del SMI del último día del 2023 para los ocupados por mujeres. Esta cuantía máxima irá referida a un contrato de 12 meses a jornada completa en el año natural de la convocatoria. La ayuda a percibir será proporcional a la duración y jornada del contrato celebrado por cada puesto de inserción, y como máximo hasta 31 de diciembre, teniendo como referencia la cuantía anual antes referida, sin perjuicio de que los contratos que excedan del año natural puedan subvencionarse en las posibles convocatorias de años sucesivos. En el programa 2, se establece razón de 2.500 euros por cada puesto de trabajo de 12 meses a jornada completa, reduciéndose proporcionalmente según la duración y jornada de cada uno de esos puestos, con un máximo de 20.000 euros por cada técnico contratado. Quinto. Plazo El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del presente extracto de la convocatoria y finalizará el día 2 de diciembre de 2024. Sexto. Otros datos La concesión de las subvenciones se realizará previa comprobación de la concurrencia en el solicitante de los requisitos establecidos para su otorgamiento, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas, hasta el límite del crédito presupuestario establecido en la convocatoria, con las salvedades establecidas en el artículo 4.2, y 11.1 de las bases reguladoras en lo referente a la posibilidad de practicar un prorrateo conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En consecuencia, la concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes, y en el caso de que éstas fueran incompletas, desde la fecha de su subsanación, siempre que los beneficiarios reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la presente orden.

Organisme convocant

REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL

Àmbit

REGION DE MURCIA

Categoria

Ocupació

Destinataris

PIMEs (petites i mitjanes empreses)

Més informació

Terminis

Data de publicació20 de novembre de 2024
Data d'inici de sol·licitudsNo disponible
Data fi de sol·licitudsNo disponible

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatFomento del Empleo
Sector econòmic88 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento; 85 - Educación
Última actualització BD20 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PIMEs (petites i mitjanes empreses)

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total53.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Bases reguladoras concesión de subvenciones a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social y a asociaciones de empresas de inserción para labores de divulgación y comunicación.

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