No disponibleAutonòmicaR+D+i

CONVOCATORIA AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PYMES INNOVADORAS 2024-2025 L2

Termini de sol·licitud No disponible
Estat No disponible
Codi BDNS 810334

Resum

Esta ajuda està destinada a pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: COMUNIDAD DE MADRID. Pressupost: 1,7 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ GE/es/convocatorias) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.madrid.org. Primero Entidades Beneficiarias. Jóvenes pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad, que podrán ser beneficiaras de las ayudas de la Línea 2. Las entidades beneficiarias deberán ser persona jurídica constituida válidamente como empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente y deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se conceda y que dispongan al menos de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid. Segundo Objeto. Las ayudas se destinarán a la consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica en la Comunidad de Madrid. El contenido de los proyectos empresariales y de las actividades objeto de estas ayudas y de sus resultados deberá ser de aplicación en alguna de las líneas científico-tecnológicas y de innovación tecnológica, consideradas prioritarias para el desarrollo regional por la estrategia regional de investigación e innovación para una especialización inteligente (S3). Los proyectos se desarrollarán en cualquier municipio del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Tercero Bases reguladoras. Orden 1915/2022, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up) y pymes innovadoras (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 12 de julio de 2022). Cuarto Cuantía de las ayudas. El crédito presupuestario para financiar la Línea 2 de actuación (consolidación de jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad) es de 1.652.679 euros. Para poder ser objeto de subvención los gastos subvencionables han de ser iguales o superiores a 75.000 euros en caso de jóvenes pequeñas empresas innovadoras de base tecnológica (Línea 2). La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario y proyecto será de 150.000 euros. Quinto Plazo de ejecución de los proyectos. El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor, será de hasta 12 meses. Sexto Criterios de evaluación. El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva. Las solicitudes que superen los criterios de elegibilidad se valorarán, con hasta un máximo de 100 puntos, en aplicación de los siguientes criterios de valoración: a) Calidad científico-técnica y de innovación de los proyectos. Este criterio se calificará con un máximo de 45 puntos. b) Viabilidad económica y rentabilidad del Plan de Negocio de la empresa, oportunidad tecnológica y viabilidad de mercado del proyecto, y capacidad científico-técnica de la empresa. Este criterio se calificará con un máximo de 45 puntos. c) Colaboración y cooperación con organismos de investigación y de difusión del conocimiento, impacto socioeconómico y medioambiental y coherencia del proyecto. Este criterio se calificará con un máximo de 10 puntos. Séptimo Plazo de presentación de solicitudes. Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Organisme convocant

COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

Àmbit

COMUNIDAD DE MADRID

Categoria

R+D+i

Destinataris

PIMEs (petites i mitjanes empreses)

Més informació

Terminis

Data de publicació21 de gener de 2025
Data d'inici de sol·licitudsNo disponible
Data fi de sol·licitudsNo disponible

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatInvestigación, desarrollo e innovación
Sector econòmic72 - Investigación y desarrollo
Última actualització BD20 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PIMEs (petites i mitjanes empreses)

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total1,7 M€
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinançada per la UE

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

ORDEN 1915/2022, DE 1 DE JULIO, DE LA VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORASPARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE JÓVENESEMPRESAS INNOVADORAS DE BASE TECNOLÓGICA(START-UP) Y PYM

Bases reguladores ↗

Base jurídica de l'ajuda (règim d'ajudes d'Estat)

  • ART. 13 AYUDAS A LA INNOVACIÓN

Reglament UE aplicable

REG (UE) 1388/2014, DE 16 DE DICIEMBRE, de exención de notificación