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Acuerdo 198/24 de la Junta de Gº de 27 de diciembre de 2024 por el que se aprueba convocatoria subv. a entidades sin animo de lucro provincia de Valladolid para proyectos en materia acción social 2025

Termini de sol·licitud 5 de març de 2025
Estat Finalitzada
Codi BDNS 811844

Resum

Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Valladolid. Pressupost: 180.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

Primero. Beneficiarios. Únicamente podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las que cumplan estos requisitos: - entidades sin ánimo de lucro - que tengan sede o delegación en la provincia de Valladolid - que estén inscritas en el Registro de Entidades de carácter social de la Junta de Castilla y León o en su caso que los estatutos de la entidad recojan entre sus finalidades, objetivos coincidentes con la base Primera de la presente convocatoria con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria. La verificación del cumplimiento de este último requisito se realizará de oficio mediante consulta al Registro correspondiente o de la comprobación de los estatutos. Segundo. Objeto. La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas sin ánimo de lucro de la provincia de Valladolid para el desarrollo de proyectos en materia de acción social que pretendan incidir sobre una problemática social o socio-sanitaria específica, por medio de actuaciones incluidas en alguna de las siguientes tipologías de proyectos: acción social comunitaria, accesibilidad universal, inserción social y comunitaria, apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, prevención, sensibilización, asistencia, autoayuda, reinserción, solidaridad, voluntariado, ciudadanía global, formación, divulgación o investigación, siempre que se realicen en el ámbito territorial correspondiente a los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid. Tercero. Bases reguladoras. Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones (RGS), y por el resto de legislación que resulte aplicable. La presente convocatoria se efectúa de conformidad con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid, aprobada por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de febrero de 2006, y publicada en el BOP nº 54, de fecha 6 de marzo de 2006 y está enmarcada dentro del Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Valladolid, año 2025, que se incluye como anexo al presupuesto general (D.A. Primera BEP 2024) aprobado por el Pleno inicialmente en la sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2024 y cuyo objetivo es el desarrollo de proyectos en materia de acción social. Cuarto. Cuantía. La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de ciento ochenta mil euros (180.000,00 €), consignados en la partida 502.23102.48303 del Presupuesto General de la Diputación para el año 2025. Al ser objeto la presente convocatoria de tramitación anticipada, y de conformidad con lo establecido en el art. 56.2 RGS, la concesión de las ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto General de la Diputación para el año 2024. La cuantía máxima por proyecto subvencionado, conforme a lo establecido en la base decimoquinta, no podrá exceder 10.000,00 euros. Dicho crédito presupuestario se distribuirá de la siguiente forma entre las distintas líneas de subvención: LÍNEA A) Discapacidad física, psíquica o sensorial, envejecimiento activo, prevención de la dependencia y promoción de la autonomía. Un total de 70.400,00 euros. LÍNEA B) Ámbito sociosanitario dirigidos a personas con una enfermedad o afectación común. Un total de 35.700,00 euros. LÍNEA C) Mujer e igualdad de oportunidades. Un total de 18.850,00 euros. LÍNEA D) Solidaridad, voluntariado social y ciudadanía global. Un total de 8.850,00 euros. LÍNEA E) Inclusión social de personas y familias en situación y/o riesgo de vulnerabilidad. Un total de 35.700,00 euros. LÍNEA F) Ámbito de las drogodependencias, incluidas las adicciones sin sustancia. Un total de 10.500,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el B.O.P. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Sexto. Otros datos de interés. Actividades subvencionables: Establecidas en la base quinta de la convocatoria. Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actividades subvencionadas y que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Se subvencionarán: Gastos de personal, siempre y cuando se trate de gastos correspondientes a profesionales adscritos a la ejecución del proyecto subvencionado. Los gastos de personal adscritos a administración y gestión serán imputables a la subvención con un máximo del 5% de la misma. Gastos de formación que realicen y reciban las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización del proyecto subvencionable. Publicidad y difusión de la actividad objeto del proyecto subvencionable. Material y servicios para el desarrollo de la actividad objeto del proyecto subvencionable, incluido el alquiler de material, espacios y vehículos. Costes indirectos de gestión y administración que se correspondan al periodo que efectivamente se realiza la actividad subvencionada y guarden una relación estricta con ella, con un máximo del 10% de la subvención concedida. Se excluyen expresamente de la subvención los siguientes gastos: Gastos de inversión. Gastos de alquiler y/o mantenimiento de sedes administrativas y cualesquiera otros indirectos no imputables directamente a la actividad subvencionada. Atenciones protocolarias. Gastos financieros, gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales, gastos periciales y los de administración. En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales, y los gastos de procedimientos…

Organisme convocant

DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Àmbit

Valladolid

Categoria

Serv. socials

Destinataris

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació29 de gener de 2025
Data d'inici de sol·licituds4 de febrer de 2025
Data fi de sol·licituds5 de març de 2025

Informació completa

AdministracióLocal
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatServicios Sociales y Promoción Social
Sector econòmic84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general
Última actualització BD19 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total180.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES

Bases reguladores ↗