27 de octubre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al desarrollo e implantación de soluciones digitales. MINIMIS AGRÍCOLA
Denominació oficial: Resolución de 27 de octubre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al desarrollo e implantación de soluciones digitales. MINIMIS AGRÍCOLA
Resum
Esta ajuda està destinada a pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: ANDALUCIA. Pressupost: 250.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concessió directa: concedida sense concurs públic.
Descripció oficial de la convocatòria
bdns: 864803, 864804, 864805 Primero. Convocatoria. Se convocan, para el ejercicio 2025 y en régimen de concurrencia no competitiva, subvenciones dirigidas a fomentar el ecosistema digital andaluz. Estas ayudas se estructuran en dos líneas: Línea de desarrollo, destinada a nuevas empresas digitales andaluzas para el impulso de soluciones tecnológicas propias. Línea de implantación, dirigida a pymes andaluzas para la adopción e implementación de soluciones desarrolladas por nuevas empresas digitales. La presente convocatoria se rige, en todo aquello que no esté previsto en la misma, por lo dispuesto en la Orden de 14 de octubre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones destinadas al desarrollo e implantación de soluciones digitales con impacto sectorial en el marco del proyecto "Redes de Emprendimiento Digital" en Andalucía, correspondiente al programa Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (C13I1). (BOJA núm 201, de 20 de octubre de 2025). Segundo. Personas beneficiarias y requisitos. Podrán acceder a la condición de beneficiarias de estas ayudas las pymes que cumplan los siguientes requisitos: Requisitos comunes a ambas líneas de ayuda: Tener la consideración de pyme conforme a lo establecido en el artículo 2 del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Desarrollar total o parcialmente su actividad económica en Andalucía, lo que se acreditará mediante la existencia de domicilio social o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma. En el caso de empresas que operen exclusivamente a través de medios telemáticos, deberán justificar que generan actividad económica en Andalucía, entendiéndose por tal la creación de empleo directo en el territorio. Requisito específico para la línea de desarrollo: Tener una fecha de constitución igual o inferior a siete años. Tercero. Objeto, condiciones y finalidad. La línea desarrollo tiene como objeto subvencionar gastos de apoyo necesarios para el desarrollo de soluciones de nuevas empresas digitales andaluzas, y con aplicación en los sectores de actividad prioritarios del proyecto "Redes de Emprendimiento Digital" en Andalucía. De esta manera se pretende fortalecer y hacer sostenible el ecosistema de emprendimiento digital en la región, complementando las capacidades de sus empresas. Se entiende como "nueva empresa digital" a aquella pyme con una antigüedad menor o igual a siete años y que ofrezca soluciones digitales propias. Se entiende como solución propia a aquella efectivamente desarrollada o generada por la nueva empresa digital, quedando excluidas actividades de venta, implantación o prestación de servicios referentes a productos propietarios de terceros, o de fuentes abiertas, sin modificaciones de valor suficientes y demostrables. Se entiende como solución digital a aquella prueba de concepto, caso de uso, servicio o producto comercializable cuyo fundamento principal de negocio se basa en arquitecturas, aplicaciones, plataformas, modelos, procesos y/o componentes software. La línea implantación tiene como objeto subvencionar la implantación (prototipo funcional, piloto, puesta en producción o integración con otras plataformas) en pymes andaluzas de una solución digital desarrollada por una nueva empresa digital andaluza con el fin de favorecer la actividad de la pyme en los sectores de actividad prioritarios del proyecto "Redes de Emprendimiento Digital" en Andalucía. Deben ser aplicables en al menos uno de los siguientes sectores de actividad: Agricultura Videojuego y creación de contenidos digitales asociados Logística portuaria Movilidad y vehículo inteligente Deben tener al menos un nivel de "concepto validado" (estar en nivel TRL-D1) según se indica en la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras. Con estas ayudas se pretende contribuir parcialmente a la ejecución del proyecto "Redes de Emprendimiento Digital" en Andalucía, enmarcado en la Componente 13 «Impulso a la PYME» Inversión I1 «Emprendimiento», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contribuyendo a la dinamización del ecosistema regional de emprendimiento digital. Cuarto. Gastos subvencionables y cuantía. En el caso de la línea desarrollo, de conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras, serán subvencionables los siguientes gastos: Gastos de personal propio. La imputación de gastos de personal está limitada a aquellas actividades directamente relacionadas con el desarrollo de la solución digital incluida su puesta en marcha en clientes. Servicios externos de asesoramiento de carácter financiero, legal, técnico o sobre desarrollo empresarial o emprendimiento Servicios externos orientados a difusión, marketing y/o relación con el cliente. En el caso de la línea implantación, de conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras, serán subvencionables los siguientes gastos: Servicios externos de carácter técnico. Se entienden como servicios externos todos aquellos prestados por personas físicas o jurídicas distintas al beneficiario. No se considerarán subvencionables para ambas líneas: La adquisición de equipamiento. Gastos presupuestarios ordinarios y recurrentes. Costes financieros o impuestos indirectos, tales como el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto General Indirecto Canario. De conformidad con lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras de la línea desarrollo, el importe máximo por proyecto que se podrá conceder por solicitud es de 30.000 euros, mientras que el importe mínimo será de 10.000 euros. De conformidad con lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras de la línea implantación, el importe máximo por proyecto que se podrá conceder por…
Organisme convocant
ANDALUCÍA — AGENCIA DIGITAL DE ANDALUCÍA
Àmbit
ANDALUCIA
Categoria
Destinataris
PIMEs (petites i mitjanes empreses)
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 27 d'octubre de 2025 |
| Data d'inici de sol·licituds | 30 d'octubre de 2025 |
| Data fi de sol·licituds | 12 de novembre de 2025 |
Informació completa
| Administració | Autonòmica |
| Tipus de convocatòria | Concessió directa: concedida sense concurs públic |
| Finalitat | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector econòmic | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Última actualització BD | 19 de juliol de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PIMEs (petites i mitjanes empreses)
Ver todas las ayudas para autónomos →
Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 250.000 € |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Finançament europeu | Mecanisme de Recuperació i Resiliència (MRR) |
| Cofinançada per la UE | Sí |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Orden de 14 de octubre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al desarrollo e implantación de soluciones digitales con aplicación sectorial en el marco
Reglament UE aplicable
REG (UE) 1408/2013 de minimis, Agrícola