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De la consejería de empresa, empleo y economía social por la que se convocan subvenciones destinadas a la compensación económica de árbitros en relaciones laborales para el año 2025

Denominació oficial: ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA DE ÁRBITROS EN RELACIONES LABORALES PARA EL AÑO 2025

Termini de sol·licitud No disponible
Estat No disponible
Codi BDNS 868233

Resum

Esta ajuda està destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: REGION DE MURCIA. Pressupost: 40.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

Primero. Beneficiarios: Los árbitros que hayan sido designados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 apartados 2 y 3 del Reglamento de Elecciones a Órganos de Representación de los Trabajadores en la Empresa, e intervengan en los procedimientos arbitrales obligatorios previstos en el artículo 76 del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 28 de la Ley 9/1987, de 12 de mayo, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Los árbitros que hayan sido designados de acuerdo con lo previsto el artículo 27 del Decreto n.º 33/2013, de 12 de abril, que crea el Consejo Autonómico de Relaciones Laborales de la Región de Murcia, y regula su funcionamiento. El Presidente de la Comisión Arbitral del Consejo Autonómico de Relaciones Laborales de la Región de Murcia designado conforme a la previsto en el artículo 16 del Decreto nº 33/2013. Segundo. Objeto: Compensar económicamente a los árbitros que intervienen en elecciones sindicales, y que han sido designados conforme a lo dispuesto: 1º En el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 31 y siguientes del Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, que aprueba el Reglamento de Elecciones a Órganos de Representación de los Trabajadores en la Empresa. 2º En el artículo 28 de la Ley 9/1987, de 12 de mayo, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Compensar económicamente a los árbitros que intervienen en la resolución de discrepancias en los procedimientos de inaplicación de las condiciones de trabajo de un convenio colectivo, cuando afecte a empresas con centros de trabajo situados exclusivamente en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, conforme a lo establecido en el Decreto n.º 33/2013, de 12 de abril, que crea el Consejo Autonómico de Relaciones Laborales de la Región de Murcia, y regula su funcionamiento. Compensar económicamente al Presidente de la Comisión Arbitral del mencionado Consejo Autonómico de Relaciones Laborales de la Región de Murcia, por cada una de las reuniones de la Comisión Arbitral que presida. Tercero. Bases Reguladoras. Orden de 4 de septiembre de 2013 de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la compensación económica de árbitros en relaciones laborales. Cuarto. Cuantía. Para atender la compensación económica de los árbitros en Relaciones Laborales, el crédito disponible es de 40.000,00 euros La cuantía de la compensación económica de los árbitros se establece en los siguientes importes: Si el número de trabajadores afectados es inferior a 50: 1º De doscientos cincuenta euros (250,00 euros) si las impugnaciones o las discrepancias finalizan mediante laudo arbitral. 2º De doscientos euros (200,00 euros) si las impugnaciones o las discrepancias no finalizan mediante laudo arbitral. Si el número de trabajadores afectados es igual o superior a 50: 1º De seiscientos veinticinco euros (625,00 euros) si las impugnaciones o las discrepancias finalizan mediante laudo arbitral. 2º De quinientos setenta y cinco euros (575,00 euros) si las impugnaciones o las discrepancias no finalizan mediante laudo arbitral. La cuantía de la compensación económica al Presidente de la Comisión Arbitral, por cada una de las reuniones decisorias que presida, y con un máximo de dos reuniones por procedimiento, será: 1º De seiscientos veinticinco euros (625,00 euros) si el número de trabajadores afectados es igual o superior a 50. 2º De doscientos cincuenta euros (250,00 euros) si el número de trabajadores afectados es inferior a 50. Quinto. Plazo. El plazo para la presentación de solicitudes correspondientes a laudos arbitrales del año 2025 se iniciará el día siguiente de la publicación del presente extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y terminará el día 5 de diciembre del presente año. Sexto. Otros datos. Se subvencionarán las actuaciones llevadas a cabo entre el día 1 de enero y el día 30 de noviembre del presente año.

Organisme convocant

REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL

Àmbit

REGION DE MURCIA

Categoria

Altres ajudes

Destinataris

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació12 de novembre de 2025
Data d'inici de sol·licitudsNo disponible
Data fi de sol·licitudsNo disponible

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatOtras Prestaciones económicas
Sector econòmic84.2 - Prestació de serveis a la comunitat en general
Última actualització BD19 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total40.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Orden de 4 de septiembre de 2013, de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la compensación económica de árbitros en relaciones laborales.

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