Subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales
Denominació oficial: Convocatoria de subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales
Resum
Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Mallorca. Pressupost: 230.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripció oficial de la convocatòria
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio adoptó el 17 de febrero de 2026 la siguiente resolución: Resolución de aprobación de la convocatoria de subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales Hechos 1. Se ha emitido memoria justificativa sobre la tramitación de la convocatoria de subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales. 2. En el expediente consta la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 20.33450.48909, para tramitar esta convocatoria. 3. En fecha 16/02/2026 la Intervención delegada la Misericordia ha fiscalizado favorablemente el expediente. Fundamentos de derecho 1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. 2. El decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones. 3. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones. 4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público. 5. La Ley 4/2022, de 8 de junio, de consejos insulares. 6. El Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, el Decreto de organización del Consell de Mallorca y las Bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca del año 2026. 7. El acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de mayo de 2025 (BOIB núm. 69, de día 31 de mayo de 2025) delegó en los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas, competentes por razón de la materia, la aprobación de las convocatorias de ayudas y subvenciones Por todo esto, dicto la siguiente: Resolución 1. Aprobar la convocatoria de subvenciones 2026 por entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales. 2. Autorizar un gasto de 230.000,00€, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33450.48909 del ejercicio 2026, para tramitar esta convocatoria. 3. Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.» Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante el Pleno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo. Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo. No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Palma, a fecha de la firma electrónica La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio (Por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de mayo de 2025 de delegación de atribuciones del Consejo Ejecutivo en los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas. BOIB núm. 69 de 31 de mayo de 2025) Convocatoria de subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales 1. Bases reguladoras y publicidad Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016, BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018, BOIB núm. 96, de 4 de agosto 2018). El Consell de Mallorca, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 19.2 de la Ordenanza General de Subvenciones, publicará esta convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears. Asimismo se dará traslado de la información correspondiente a la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. 2. Dotación presupuestaria El crédito asignado a esta convocatoria es de 230.000,00€, del presupuesto del ejercicio 2026 con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33450. 48909 . 3. Objeto y actividades subvencionables La finalidad de esta convocatoria es dar apoyo a las entidades sin ánimo de lucro en el desarrollo y organización de actividades culturales, cuyo objeto no esté incluida en ninguna de las demás convocatorias tramitadas por este departamento destinadas a entidades sin ánimo de lucro. Por tanto, no son subvencionables en el marco de esta convocatoria: • Festivales y ciclos de música • Programación anual de las orquestas • Creación, producción y programación de conciertos • Organización de festivales, ferias, muestras o certámenes de artes escénicas de carácter profesional • Edición de libros, fonogramas y audiovisuales • Actividades que se desarrollen en torno a las residencias artísticas • Las programaciones anuales de las asociaciones • Los proyectos globales formados por diferentes proyectos ni por actividades sin conexión entre ellas En caso de que se presenten proyectos que no cumplan con la definición establecida en el apartado anterior, se denegará la ayuda solicitada por este hecho. Con estas ayudas se pretende fomentar y dinamizar la cultura de la isla. Sólo se subvencionará un proyecto por entidad. Quedan excluidas de la convocatoria las actividades relativas a la promoción…
Organisme convocant
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA — CONSELL INSULAR DE MALLORCA
Àmbit
Mallorca
Categoria
Destinataris
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 18 de febrer de 2026 |
| Data d'inici de sol·licituds | 25 de febrer de 2026 |
| Data fi de sol·licituds | 18 de març de 2026 |
Informació completa
| Administració | Local |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Cultura |
| Sector econòmic | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualització BD | 16 d'agost de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 230.000 € |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
- Publicación BOIB concessió ↗
- Publicación BOIB concesión ↗
- Publicación BOIB convocatoria ↗
- Publicación BOIB convocatoria català ↗
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Resolución de aprobación de la convocatoria de subvenciones 2026 para entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales ↗
Bases reguladores
Ordenanza General de subvenciones del consell de Mallorca