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Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 13-02-26, por el que se Convocan Ayudas a Junta de Cofradías, Cofradías, Hermandades y Asociaciones Religiosas de la Ciudad de Alcalá de Henares para el desarrollo de actividades. Ejercicio 2026

Termini de sol·licitud 2 de març de 2026
Estat Finalitzada
Codi BDNS 887996

Resum

Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: COMUNIDAD DE MADRID. Pressupost: 45.000 €. Concessió directa: concedida sense concurs públic.

Descripció oficial de la convocatòria

Primero. Beneficiarios: Las entidades beneficiarias serán: La Junta de Cofradías, Cofradías Penitenciales, Cofradías de Gloria y Asociaciones Religiosas según Punto III de las presentes bases. Segundo. Finalidad: Es intención de este Ayuntamiento ayudar económicamente a dichas cofradías y hermandades a fin de mejorar el ornato, decoración, conservación patrimonial y diversas festividades de cada cofradía o entidad religiosa, enriqueciendo con ello la belleza y atracción de los diferentes actos organizados por dichas entidades. Así como de impulsar el aspecto cultural de nuestra ciudad, ensalzando los diferentes actos procesionales, de tal forma que se beneficie la ciudad y que se produzca una mayor repercusión de la imagen cultural que de Alcalá de Henares se ofrece al mundo Tercero. Bases Reguladoras: Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 13 de febrero de 2026, publicadas en la página web www.aytoalcaladehenares.es , en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el Boletín Oficial de la comunidad de Madrid. Cuarto. Importe: El crédito disponible para atender a estas subvenciones asciende a un importe total de 45.000 €. La cuantía máxima de cada subvención no podrá superar las siguientes cantidades: Junta Local de Cofradías: 4.000 euros. Cofradías y Hermandades penitenciales: 35.000 euros. Cofradías y hermandades de gloria: 5.000 euros. Asociaciones Religiosas: 1.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud y demás documentos se presentarán exclusivamente a través medios electrónicos, preferentemente en la dirección de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, dirigidas a la Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares. Se presentará una sola solicitud por cada cofradía, hermandad o asociación para esta convocatoria. El plazo de presentación comenzará desde el día del registro de la presente convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones hasta el día 2 de marzo de 2026 (inclusive). Se inadmitirán a trámite aquellas solicitudes: Que no hayan sido presentadas de forma electrónica en los lugares establecidos en la Ley 39/2015 y las que hayan sido presentadas fuera del plazo establecido Sexto. Otros datos: La concesión se efectuará en régimen de concurrencia no competitiva, procediendo el órgano concedente al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a las subvenciones en la forma y por aplicación de las reglas contenidas en las presentes bases. El análisis y la evaluación de las solicitudes se realizará por una Comisión de Valoración que estará formada por un técnico de la Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares, un Técnico de la Concejalía de Cultura y un Técnico de la Concejalía de Turismo y, además, un Técnico de la Administración General, el cual tendrá voz, pero no voto. La resolución final contendrá expresamente las cuantías concedidas a cada entidad. La entidad beneficiaria de la subvención recibirá el 100% del importe total de la misma anticipadamente con el carácter de “a justificar”. Una vez realizadas por completo las actividades subvencionadas, se deberá presentar la justificación correspondiente de los gastos realizados en el ejercicio 2026 antes del 30 de noviembre de 2026.

Organisme convocant

ALCALÁ DE HENARES — AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

Àmbit

COMUNIDAD DE MADRID

Categoria

Cultura

Destinataris

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació18 de febrer de 2026
Data d'inici de sol·licituds18 de febrer de 2026
Data fi de sol·licituds2 de març de 2026

Informació completa

AdministracióLocal
Tipus de convocatòriaConcessió directa: concedida sense concurs públic
FinalitatCultura
Sector econòmic91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Última actualització BD16 d'agost de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total45.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 13-02-26, por el que se Convocan Ayudas a Junta de Cofradías, Cofradías, Hermandades y Asociaciones Religiosas de la Ciudad de Alcalá de Henares para el desarrollo de actividades. Ejercicio 2026