FinalitzadaAutonòmicaAgricultura

En régimen de concurrencia competitiva, para el año 2026, las ayudas para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciad

Denominació oficial: Resolución de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2026, las ayudas para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciad

Termini de sol·licitud 6 d'abril de 2026
Estat Finalitzada
Codi BDNS 890551

Resum

Esta ajuda està destinada a pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: CASTILLA LA MANCHA. Pressupost: 15.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

Primero. Personas beneficiarias. Serán beneficiarias las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones de titularidad compartida, titulares de explotaciones ganaderas de ovino y/o caprino con clasificación zootécnica "reproducción de leche", "reproducción de carne" o "repro ducción mixta", ubicadas en Castilla-La Mancha, en las que se haya procedido al vaciado sanitario obligatorio ordenado por la autoridad competente dentro de los tres años anteriores a la correspondiente convocatoria causadas por tuberculosis y/o por viruela ovina y caprina, y haya repoblado la misma, una vez finalizado el periodo de cuarentena, con la reintroducción de animales. Segundo. Objeto. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas reguladas en la Orden 49/2024, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciado sanitario. Tercero. Bases reguladoras. Orden 49/2024, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciado sanitario, publicada en el DOCM nº 73, de 15 de abril de 2024. Cuarto. Cuantía. Se subvencionará el 100% del lucro cesante calculado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la orden de bases. El importe de la compensación por lucro cesante se determinará partiendo del margen bruto anual de las actividades ganaderas, determinado en función de las bases de datos de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, que asciende a 95 euros por animal y año. El importe máximo de ayuda por explotación será de 60.000 euros. En el caso de que la ayuda a la reposición de animales tras un vaciado se solicite en varias convocatorias el total de la ayuda concedida, teniendo en cuenta todas las solicitudes presentadas para la explotación, no podrá superar los 60.000 €. Se restarán del importe máximo de la ayuda por explotación, los pagos recibidos en virtud de pólizas de seguros y por cualquier otra medida para compensar la pérdida de actividad causada por el vacío sanitario obligatorio. En la convocatoria 2026, serán tenidos en cuenta para el cálculo de la ayuda aquellos animales reintroducidos, como máximo, hasta 31 de diciembre de 2025. El crédito presupuestario destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 15.000 euros de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026 Quinto. Plazo presentación solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Sexto. Otros datos. La finalidad de esta ayuda es garantizar la viabilidad de las explotaciones, compensando la pérdida de ingresos de los ganaderos que han visto paralizada su actividad como consecuencia de un vacío sanitario de su explotación decretado por la autoridad competente. Toledo a 2 de marzo de 2026 La Directora General de Ordenación Agropecuaria LYDIA BENITEZ GARCÍA

Organisme convocant

CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCION GENERAL ORDENACION AGROPECUARIA

Àmbit

CASTILLA LA MANCHA

Categoria

Agricultura

Destinataris

PIMEs (petites i mitjanes empreses)

Més informació

Terminis

Data de publicació2 de març de 2026
Data d'inici de sol·licituds7 de març de 2026
Data fi de sol·licituds6 d'abril de 2026

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector econòmicAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Última actualització BD23 d'agost de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PIMEs (petites i mitjanes empreses)

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total15.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Orden 49/2024, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciado sanitario, publicada en el DOCM nº 73, de

Base jurídica de l'ajuda (règim d'ajudes d'Estat)

  • ART. 26 AYUDAS DESTINADAS A LOS COSTES DE PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES Y AYUDAS DESTINADAS A REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES

Reglament UE aplicable

PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)