Para el año 2026 subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la atención y apoyo a las víctimas de la guerra y de la dictadura
Denominació oficial: RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO DE ESTADO DE MEMORIA DEMOCRÁTICA POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2026 SUBVENCIONES DESTINADAS A ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA Y DE LA DICTADURA
Resum
Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: ESPAÑA. Pressupost: 1,2 M€. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripció oficial de la convocatòria
Primero. Entidades beneficiarias. Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y los organismos públicos de investigación. En el caso de asociaciones y fundaciones, para poder ser beneficiarias habrán de estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros y carecer de ánimo de lucro. Para poder ser entidad beneficiaria, las entidades deben tener Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) de persona jurídica. Los requisitos exigidos deberán cumplirse a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada. Quedan excluidas como posibles beneficiarias las entidades societarias con ánimo de lucro, las entidades de derecho público, los partidos políticos, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente. Segundo. Objeto. Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a fomentar la ejecución de proyectos dirigidos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la guerra de España y de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática de las siguientes líneas de proyectos: a) Estudios e investigaciones relativas al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática. Se incluyen en este apartado los dirigidos a estudios documentales relacionados con personas desaparecidas. b) Publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo relativos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática. c) La recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) de la guerra de España y/o de la Dictadura relativos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática. El plazo máximo para ejecutar cada proyecto será de un año a partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente. Tercero. Bases reguladoras. Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura, publicada en el BOE núm. 205, de 29 de julio de 2020, páginas 59910 a 59922 (13 págs.), modificada por la Orden PCM/853/2023, de 21 de julio BOE núm. 75 de 24 de julio de 2023, páginas 107.862 a 107.866 (5págs.) Cuarto. Cuantía. El importe de las ayudas convocadas será, como máximo, de 1.212.000 euros, del presupuesto de gastos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Se destinarán 916.000 euros, para asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.480, 260.000 euros para Universidades dependientes de las Comunidades Autónomas con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.452, 24.000,00 euros para Universidades Estatales con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.442 y 12.000,00 euros para Organismos públicos de investigación con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.000X.432. Se imputará al ejercicio 2026 el 75% de las cantidades anteriores (687.000,00, 195.000, 18.000,00 y 9.000,00 euros respectivamente) y al ejercicio 2028 el 25% restante (229.000,00, 65.000, 6.000,00 y 3.000,00 euros respectivamente). Se establece una cuantía adicional hasta un máximo de 40.000 euros debido a que los créditos a los que resulta imputable no están disponibles en el momento de la convocatoria pero cuya disponibilidad se prevé obtener en cualquier momento anterior a la resolución de concesión por depender de un aumento de los créditos derivado de haberse reconocido o liquidado obligaciones derivadas de convocatorias anteriores por importe inferior a la subvención concedida, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios o a aquéllos cuya transferencia pueda ser acordada por el Ministro respectivo, de acuerdo con el artículo 63.1.a) de la Ley General Presupuestaria. Esta convocatoria hace constar expresamente que la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias antes señaladas y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención. La cuantía mínima de la ayuda a solicitar serán 4.000 euros. La cuantía máxima de la ayuda a percibir serán las señaladas a continuación, en atención al proyecto a ejecutar: a) Hasta 12.000 euros para estudios e investigaciones relativas al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática. b) Hasta 5.000 euros para publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo relativos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática. c) Hasta 10.000 euros para la recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) de la guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse a través de la aplicación…
Organisme convocant
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA — SECRETARÍA DE ESTADO DE MEMORIA DEMOCRÁTICA
Àmbit
ESPAÑA
Categoria
Destinataris
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 14 d'abril de 2026 |
| Data d'inici de sol·licituds | No disponible |
| Data fi de sol·licituds | No disponible |
Informació completa
| Administració | Nacional |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Justicia |
| Sector econòmic | OTROS SERVICIOS |
| Última actualització BD | 22 de setembre de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 1,2 M€ |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Bases reguladores
Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura