Ayudas a la dinamización de locales comerciales disponibles en el término municipal de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2026
Resum
Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Araba/Álava. Pressupost: 300.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripció oficial de la convocatòria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la página Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org Primero. Beneficiarios/as. Personas, físicas o jurídicas, que sean titulares de una actividad económica con apertura de un nuevo establecimiento y que cumplan con las siguientes condiciones: 1. La actividad objeto de subvención deberá realizarse en un local situado a nivel de rasante del suelo y con entrada o escaparate principal dentro del término municipal de Vitoria-Gasteiz, incluidas sus entidades menores y excluidos los polígonos industriales. Así mismo están incluidos los establecimientos integrados en mercados de abastos. Se excluyen los establecimientos integrados en centros y galerías comerciales. 2. Esta nueva actividad económica a desarrollar en el establecimiento no podrá suponer el traslado de otra actividad ya existente y ubicada en un local de planta baja de Vitoria-Gasteiz (sí comprenderá la bajada a pie de calle de actividades terciarias desarrolladas en otro tipo de establecimientos). El órgano gestor podrá requerir a la persona solicitante de esta ayuda documentación justificativa que acredite el mantenimiento efectivo y continuado de la actividad previamente existente. 3. Esta nueva actividad económica a desarrollar no podrá suponer un mero cambio de titularidad que no conlleve una ruptura o discontinuidad en la actividad anteriormente desarrollada. La ruptura de la actividad entre la anterior persona arrendataria y la nueva será verificada de oficio por el Servicio de Comercio del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. El órgano gestor podrá requerir a la persona solicitante de esta ayuda documentación justificativa que acredite la efectiva interrupción de la actividad económica entre ambas titularidades. Sí está permitida la continuidad temporal y de la actividad económica en caso de relevo generacional por jubilación o fallecimiento. 4. La persona beneficiaria no podrá ser propietaria del local. El local no podrá ser propiedad de ninguna de las personas socias de la persona jurídica solicitante. Así mismo, la persona beneficiaría no tendrá relación de parentesco de hasta segundo grado con la propiedad del local (incluido cónyuge). 5. La actividad principal de la empresa deberá estar encuadrada en alguno de los siguientes grupos y/o epígrafes empresariales del Impuesto sobre Actividades Económicas: -División 4: Otras industrias manufactureras. -División 6: Comercio, restaurantes, hospedaje, reparaciones. -División 7: Transporte y comunicaciones. Únicamente: -755 Agencias de viaje -76 Telecomunicaciones -División 8: Instituciones financieras, seguros, servicios prestados a las empresas y alquileres. -División 9: Otros servicios. -Divisiones correspondientes a las actividades profesionales y a las actividades artísticas. 6. Para acogerse a la acción subvencionable, la persona beneficiaria deberá formalizar un contrato de arrendamiento, cuya entrada en vigor se produzca entre el 1 de agosto del 2025 y el 31 de julio del 2026. 7. La persona beneficiaria deberá estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en el establecimiento de nueva apertura antes del 31 de julio del 2026. 8. Que su plantilla sea inferior a las 50 personas empleadas y que su volumen de negocio o su balance general anual no supere los 10 millones de euros. 9. Que no se halle vinculada o participada mayoritariamente por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos. 10. No estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 11.2 de la Ordenanza General de Subvenciones. Segundo. Objeto. Concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a incentivar la ocupación de locales comerciales disponibles ubicados en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido. Tercero. Bases. El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, número 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha Ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. La Junta de Gobierno Local con fecha 24 de abril de 2026 aprobó las bases de la convocatoria del programa municipal de Ayudas a la dinamización de locales comerciales disponibles en el término municipal de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2026. Ambas pueden consultarse a través de la página Web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana. Cuarto. Cuantía. La dotación económica de esta convocatoria es de 300.000,00 euros, con cargo al saldo disponible en la partida 0822.4314.48969 del presupuesto municipal aprobado para el año 2026, denominada Ayudas a la Dinamización de locales. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA y finalizará el 31 de julio del 2026 (inclusive).
Organisme convocant
VITORIA-GASTEIZ — AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Àmbit
Araba/Álava
Categoria
Destinataris
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 14 de maig de 2026 |
| Data d'inici de sol·licituds | 30 de maig de 2026 |
| Data fi de sol·licituds | 31 de juliol de 2026 |
Informació completa
| Administració | Local |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector econòmic | 47.1 - Comercio al por menor no especializado |
| Última actualització BD | 2 d'agost de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 300.000 € |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24 de abril de 2026, por el que se aprueba la Convocatoria pública y bases de las Ayudas a la dinamización de locales comerciales disponibles en el término municipal de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2026 ↗
Bases reguladores
Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz