Resolución de 21 de setiembre de 2026, convocatoria Linea 2 Energía del Programa 1 Sector residencial y edificios e instalaciones públicas. Act. Energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados. REG (UE) 651/2014
Denominació oficial: Resolución de 21 de setiembre de 2026, convocatoria Linea 2 Energía del Programa 1 Sector residencial y edificios e instalaciones públicas. Act. Energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados. REG (UE) 651/2014.
Resum
Esta ajuda està destinada a empreses grans, pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: ANDALUCIA. Pressupost: 2,0 M€. Es pot sol·licitar fins al 30 de setembre de 2027. La tramitació es fa de forma electrònica. Concessió directa: concedida sense concurs públic.
De què va esta ajuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquier gran empresa, pyme o autónomo que cumpla los requisitos puede solicitarla y la recibirá de forma directa, mientras haya fondos. Es una subvención en efectivo para proyectos de energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados, gestionada por la Agencia Andaluza de la Energía. El fondo total es de 2 019 500 euros y hay que presentar la solicitud antes del 30 de septiembre de 2027.
Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contindre errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.
Descripció oficial de la convocatòria
Extracto de la Resolución la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de incentivos del «Programa 1. Sector residencial y edificios e instalaciones públicas», acogidos a la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía. BDNS (identif.):………………………………… De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria. 1. Se convocan los incentivos para el «Programa 1. Sector residencial y edificios e instalaciones públicas», al amparo de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía, de acuerdo con el ámbito material, territorial y funcional detallado en los resuelve segundo y tercero. 2. La presente convocatoria se articula mediante subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia no competitiva. Segundo. Créditos máximos Los incentivos serán financiados con cargo a los siguientes créditos presupuestarios por las cuantías máximas que se especifican a continuación: Créditos presupuestarios TOTAL 2151170000 G/73A/77200 A421AC41RP 2024000018 3.850.877,45 euros 2151170000 G/73A/78600 A421AC41RP 2024000051 7.151.629,55 euros 2151170000 G/73A/76600 A421AA44RP 2024000036 4.000.000,00 euros 2151170000 G/73A/77200 A421BB48RP 2024000025 2.019.500,00 euros 2151170000 G/73A/78600 A421BB48RP 2024000048 3.750.500,00 euros TOTAL 20.772.507,00 euros Aquellos créditos presupuestarios asociados a las personas o entidades beneficiarias que tengan la condición de empresa cuya clasificación económica se identifica con el código 77200 que, además, incluyan los ámbitos de intervención 41 y 48 del Programa Andalucía FEDER 2021-2027 identificados igualmente en las partidas presupuestarias antes relacionadas, se destinarán como máximo en un 35% a aquellas con la condición de gran empresa. Tercero. Objeto y ámbito material de la convocatoria 1. La presente convocatoria se dirige a los conceptos subvencionables que se encuadran en el «Programa 1. Sector residencial y edificios e instalaciones públicas» de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, que abarca los tipos de actuaciones que a continuación se relacionan: • El subtipo 1.1.2. Eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales privados, encuadrado en el Tipo 1.1. • El subtipo 1.2.1. Eficiencia energética en edificios públicos no residenciales, encuadrado en el Tipo 1.2. • El Tipo 1.3. Energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados. 2. Los costes subvencionables de aplicación serán los establecidos en el Anexo II Catálogo de actuaciones de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, para cada uno de los tipos de actuación antes relacionados. En cualquier caso, los conceptos de inversión y de gasto, serán los previstos en el apartado 5.b).1º del Cuadro Resumen de la citada orden. Cuarto. Personas y entidades beneficiarias 1. Las personas o entidades que podrán solicitar los incentivos acogidos a la presente convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la disposición adicional primera y en el apartado 4.a).1º del Cuadro Resumen de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, son los siguientes: a) Para la actuación Tipo 1.3 y subtipo 1.1.2: i. Las personas jurídicas, personas físicas, y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bie-nes o servicios en el mercado, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE). ii. Las personas físicas que no realicen una actividad económica por la que ofrezcan bie-nes o servicios en el mercado. iii. Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrez-can bienes o servicios en el mercado, incluyendo las entidades sin ánimo de lucro y las pertenecientes al tercer sector de acción social previsto en la Ley 43/2015, de 9 de oc-tubre. iv. Comunidades de energía renovables o comunidades ciudadanas de energía, realicen o no actividad económica, en los términos definidos en el Anexo III de la Orden de 24 de abril de 2025. v. Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, realicen o no actividad económica. b) Para el subtipo de actuación 1.2.1: i. Las entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas. 2. Para las personas o entidades de las comprendidas en el apartado 1 que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado se requiere que la actividad vinculada a la actuación objeto del incentivo esté encuadrada en alguno de los códigos CNAE 2009 ó 2025, a excepción de los asociados a los códigos CNAE de los sectores y actividades excluidos del ámbito de aplicación de las bases reguladoras, referidos en el artículo 3 de la Orden de 24 de abril de 2025. En el caso de las entidades locales territoriales y las entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas que contraten la ejecución de las inversiones mediante la modalidad de servicios energéticos, la entidad solicitante del incentivo será la propia entidad local o entidad del sector público local dependientes o vinculadas a ellas. En el resto de los casos, la entidad solicitante del incentivo será la propia empresa de servicios energéticos, siempre que el contrato de servicios energéticos sea suscrito por alguna de las…
Organisme convocant
ANDALUCÍA — AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA
Àmbit
ANDALUCIA
Categoria
Destinataris
Empreses grans, PIMEs (petites i mitjanes empreses)
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 21 de setembre de 2026 |
| Data d'inici de sol·licituds | No disponible |
| Data fi de sol·licituds | 30 de setembre de 2027 |
Informació completa
| Administració | Autonòmica |
| Tipus de convocatòria | Concessió directa: concedida sense concurs públic |
| Finalitat | Industria y Energía |
| Sector econòmic | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Última actualització BD | 29 de setembre de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- Empreses grans
- PIMEs (petites i mitjanes empreses)
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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 2,0 M€ |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinançada per la UE | Sí |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía
Base jurídica de l'ajuda (règim d'ajudes d'Estat)
- ART. 41 AYUDAS A LA INVERSIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ENERGÍA PROCEDENTE DE FUENTES RENOVABLES, DEL HIDRÓGENO RENOVABLE Y DE LA COGENERACIÓN DE ALTA EFICIENCIA.
Reglament UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación