Convocatòria anticipada de subvencions per a festivals o cicles artístics en municipis rurals- Exercici 2027
Denominació oficial: Convocatòria anticipada de subvencions per a festivals o cicles artístics en municipis rurals- Exercici 2027.
Resum
Esta ajuda està destinada a empreses grans, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: Girona. Pressupost: 200.000 €. Es pot sol·licitar fins al 31 de desembre de 2027. Concurrencia competitiva - canónica.
De què va esta ajuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2027 y las propuestas se evaluarán entre sí, por lo que cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. Se trata de una subvención de 200 000 euros en efectivo, sin necesidad de devolverla, dirigida a apoyar festivales o ciclos artísticos en municipios rurales de hasta 1 000 habitantes de la comarca del Gironès. Pueden solicitarla ayuntamientos, entidades municipales descentralizadas, personas físicas o jurídicas, tanto del sector público como privado.
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Descripció oficial de la convocatòria
Extracto de la convocatoria anticipada de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para festivales o ciclos artísticos en municipios rurales de hasta 1.000 habitantes de las comarcas gerundenses, anualidad 2027. Primero. Descripción de la convocatoria Resolución de 20 de octubre de 2026, de la Junta de Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria anticipada de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para festivales o ciclos artísticos en municipios rurales de hasta 1.000 habitantes de las comarcas gerundenses, anualidad 2027. Segundo. Beneficiarios Pueden concurrir a la convocatoria de las subvenciones objeto de estas bases los siguientes destinatarios, en cualquiera de las líneas: ? Ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas de las comarcas gerundenses. ? Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las personas solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Objeto Subvenciones para la financiación de festivales o ciclos artísticos para la creación, la captación y el incremento de público cultural, y de carácter singular, por el hecho de tener lugar en municipios rurales de las comarcas gerundenses Cuarto. Bases reguladoras Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para festivales o ciclos artísticos en municipios rurales de hasta 1.000 habitantes de las comarcas gerundenses, aprobadas por el Pleno de la Diputació en la sesión del 21 de julio de 2026, publicadas inicialmente en el BOPG número 143, de 28 de julio de 2026. Quinto. Cuantía El importe estimado destinado a la convocatoria es de 200.000,00 €. Las aplicaciones presupuestarias a las que se aplica el crédito, los importes y la distribución de anualidades son los siguientes: Anualidad Aplicación presupuestaria Importe (€) 2027 300/33400/4810200 - Ayudas a entidades no lucrativas creación de públicos para la cultura 200.000,00 € Total 200.000,00 € También se vinculan a esta convocatoria las aplicaciones 300/33400/4680100, 300/33400/4790200, 300/33400/4630200 y 300/33400/4810200 con una estimación de gasto que inicialmente es cero. La distribución de estos importes tiene carácter estimativo, y podrán redistribuirse entre las aplicaciones presupuestarias anteriores en el mismo acto de concesión de las subvenciones. Con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ser ampliado con una cantidad adicional de 100.000,00 €, derivada de créditos sobrantes de otras convocatorias, modificaciones de crédito, etc. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito con carácter previo a la resolución de las subvenciones y la aprobación del aumento de la convocatoria. Si la cuantía adicional se incorpora con posterioridad a la reunión de la Comisión Calificadora, se propondrá concederla entre los solicitantes cuyas solicitudes no se hayan podido atender por carencia presupuestaria y, en todo caso, siguiendo el orden y según la puntuación concedida por la Comisión calificadora. En caso necesario, en el acuerdo de la resolución podrán redistribuirse estas dotaciones, en función de las solicitudes recibidas, previa modificación presupuestaria, si procede. Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes es des del día 13 de febrero de 2027 al 12 de marzo de 2027 a las 14.30h. Será preciso formular las solicitudes mediante el modelo normalizado disponible en el web de la Diputació de Girona, acompañado de la documentación prevista en el artículo 7 de las bases reguladoras. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas digitalmente por la persona interesada o por quien represente legalmente a la entidad, se presentarán por la plataforma de subvenciones de la Diputación de Girona en el plazo que se establezca en la convocatoria. Se podrán utilizar los sistemas de firma electrónica aceptados por la Diputació de Girona especificados en la Sede electrónica. En caso de que el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes coincida en sábado o festivo, dicho plazo finalizará el siguiente día hábil. Séptimo. Régimen de recursos Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. Alternativamente y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Organisme convocant
DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
Àmbit
Girona
Categoria
Destinataris
Empreses grans, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PIMEs (petites i mitjanes empreses)
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 26 d'octubre de 2026 |
| Data d'inici de sol·licituds | 1 de gener de 2027 |
| Data fi de sol·licituds | 31 de desembre de 2027 |
Informació completa
| Administració | Local |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Cultura |
| Sector econòmic | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
| Última actualització BD | 29 d'octubre de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- Empreses grans
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PIMEs (petites i mitjanes empreses)
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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 200.000 € |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Bases reguladores de subvencions per a festivals o cicles artístics en municipis rurals de fins a 1.000 habitants de les comarques gironines