Convocatoria ejercicio 2023 subv. Implantación cohousing y viviendas colaborativas en Canarias
Denominación oficial: CONVOCATORIA EJERCICIO 2023 SUBV. IMPLANTACIÓN COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS EN CANARIAS
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CANARIAS. Presupuesto: 360.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Hay que presentar solicitud dentro del plazo y las solicitudes se comparan entre sí, así que cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. Esta subvención de 360 000 euros está dirigida a personas físicas mayores de edad y a entidades sin actividad económica que quieran iniciar proyectos de cohousing o viviendas colaborativas en Canarias. No se exige devolución del dinero; el objetivo es fomentar la creación de este tipo de viviendas y facilitar su acceso.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
* Primero.- Beneficiarios. * * 1. Podrán beneficiarse de esta ayuda: * * a. Las personas físicas mayores de edad * * b. Las Administraciones Públicas, los organismos públicos y demás * entidades de derecho público * y privado, así como las empresas públicas, privadas y público-privadas. * * c. Las fundaciones, las empresas de economía social y sus asociaciones, * cooperativas, incluidas las de autopromoción o autoconstrucción, las * organizaciones no gubernamentales y las asociaciones declaradas de * utilidad pública, entidades sin ánimo de lucro y aquellas a las que se * refiere la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985. * * 2. No podrán obtener la condición de beneficiario: * * Las personas o entidades en quienes concurra alguna de las * circunstancias previstas en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de * noviembre, General de Subvenciones. * * Segundo.- Objeto. * * La concesión de subvención destinada al fomento de la vivienda * cooperativa en cesión de uso (según define el artículo 135 apartado 3) * de la Ley 4/2022 de 31 de octubre de Sociedades Cooperativas de * Canarias) y otras soluciones residenciales modelo cohousing, * alojamientos temporales, de viviendas intergeneracionales u otras * modalidades similares, en las que, en todo caso, se reduzca la * superficie privativa de alojamiento o vivienda y se incremente la * superficie de interrelación en comparación con las soluciones habituales * de viviendas, que vayan a ser destinados al arrendamiento, a la cesión * en uso o al disfrute temporal en cualquier régimen admitido en derecho, * ya sean de titularidad pública o privada. * * * Tercero.- Bases reguladoras. * * Resolución nº 2030/2023, de 09 de junio de 2023. * * * * Cuarto.- Cuantía. * * 1. Las personas o entidades promotoras de actuaciones objeto de este * programa podrán obtener una ayuda, proporcional a la superficie útil, * tanto privativa del alojamiento o vivienda como de espacios comunes y de * interrelación, de hasta un máximo de 420 euros por metro cuadrado de * superficie útil. * * La cuantía máxima de esta subvención, en conjunto, no podrá superar el * 50 % de la inversión de * la actuación, con un límite máximo de 50.000 euros por alojamiento o * vivienda. * * Si la ayuda se solicita solamente para una parte de las viviendas o * alojamientos de una promoción, el importe máximo de 420 euros por metro * cuadrado de superficie útil se aplicará a la superficie privativa de las * viviendas o alojamientos objeto de la ayuda y a la parte proporcional de * la superficie útil de espacios comunes y de interrelación. * * La inversión de la actuación, a los efectos de la determinación de la * ayuda de este programa, estará constituida por todos los gastos * inherentes a la promoción de que se trate incluidos tributos. * Se incluye el coste del suelo, de la edificación, los gastos generales, * de los informes preceptivos, el beneficio industrial y cualquiera otro * necesario (honorarios técnicos, tasas...), siempre y cuando * todos ellos consten debidamente acreditados. En el caso de actuaciones * exclusivamente de rehabilitación no se admitirá la inclusión del coste * del suelo. * * 2. A la última persona beneficiaria se le podrá proponer, en caso de * insuficiencia de crédito, un importe de subvención inferior al * solicitado. En este supuesto se ofrecerá al interesado la posibilidad de * reformular su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la * subvención otorgable, de acuerdo con lo previsto en el articulo 17 del * Decreto 36/2009, de 31 de marzo. * * Quinto.- Importe de la convocatoria. * * Se aprueba el gasto por importe inicial total de UN MILLÓN DOSCIENTOS * TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS (1.236.755,00€), * consignado en las partidas presupuestarias 4901.261D 7800200 7049012 * 227G0219 APORTACION ESTATAL Y CAC ACTUACIONES PEAV 2022-2025 Y 4901 261D * 7800200 7049012 227G0220 APORTACION CAC ACTUACIONES PEAV 2022-2025, * Programa 8-Alojamientos temporales intergeneracionales. * * El volumen total de las subvenciones a conceder dentro de este ejercicio * presupuestario no superara las citadas consignaciones. No obstante, si * con carácter previo a dictarse la resolución de concesión, se produce un * incremento del importe del crédito presupuestario disponible como * consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de * crédito, de conformidad con lo establecido en el articulo 14.4 del * Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen * general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el * articulo 58, punto 2, apartado 4o, del Real Decreto 887/2006, de 21 de * julio, por el que se aprueba * el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de * Subvenciones, no será necesaria nueva convocatoria, siempre que se * proceda a la publicación de los créditos disponibles * y su distribución, por los mismos medios que los utilizados para la * presente convocatoria y con carácter previo a la resolución de * concesión. * * * Sexto.- Plazo de las solicitudes. * * El plazo para la presentación de las solicitudes será de tres meses, a * contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la * convocatoria y de las Bases Reguladoras en el Boletín Oficial de * Canarias. * * Séptimo.- Otros datos de interés. * * 1. La solicitud responderá al modelo normalizado que establece la * convocatoria y se acompañará * de la documentación enumerada en el apartado siguiente. * * La solicitud incluirá los siguientes extremos: * * a) Datos identificativos de la entidad y su representante o en su caso * de la persona física. Se incluirá lugar a efectos de practicar * notificaciones que, en su caso, procediera efectuar. * * b) En caso de que los destinatarios finales sean personas físicas o * jurídicas que realicen actividades económicas, una declaración * responsable de si se ha recibido o no alguna otra ayuda con carácter de * minimis durante el periodo de los dos…
Organismo convocante
CANARIAS — INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA
Ámbito
CANARIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de mayo de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | 91.3 - Conservación, restauración y otras actividades de apoyo al patrimonio cultural; 41.0 - Construcción de edificios; 43.9 - Otras actividades de construcción especializada |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 360.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DE COHOUNSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS