SUBVENCIONES PARA ROTULACIÓN EN EUSKERA Y PROMOCIÓN DE LA IMAGEN CORPORATIVA EN EUSKERA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE ESKORIATZA.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 1.500 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
AYUNTAMIENTO DE ESKORIATZA ANUNCIO Por acuerdo del Alcalde de 18 de mayo de 2023, se convoca la COLOCACIÓN EN EUSKERA DE LOS RÓTULOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE ESKORIATZA, Para la concesión de las SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE LA IMAGEN CORPORATIVA EN EUSKERA (2023), se ha aprobado un gasto de 1.500,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 0500.471.431.00.01 del presupuesto vigente. BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA ROTULACIÓN EN EUSKERA Y PROMOCIÓN DE LA IMAGEN CORPORATIVA EN EUSKERA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE ESKORIATZA. Con fecha 17 de marzo de 2020 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023 del Ayuntamiento de Eskoriatza, actualizado mediante acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2022 y el 28 de marzo de 2023. En este plan se recogen las líneas estratégicas, de las cuales el número 7 es Promoción Económica y Social. En el apartado D de esta línea se recogen las subvenciones para el fomento de los negocios: rotular en euskera y mejorar la imagen corporativa. 1. Objeto. El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para la colocación de rótulos en euskera y para la mejora de la imagen corporativa en comercios, establecimientos hosteleros y empresas del municipio. 2. Órgano competente. El órgano competente para la aprobación de las presentes bases es el Alcalde (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local). 3. Normativa aplicable. La concesión de estas ayudas y la relación jurídica entre el/la beneficiario/a y la entidad otorgante se regirá por las presentes bases y demás normativas vigentes en el momento de su concesión. En todo lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación: Ordenanza General reguladora del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza (Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 85, de 10 de mayo de 2021). Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11-2003) y Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en desarrollo de la misma. La Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, y en concreto sus artículos 17.25) y 17.26), que recogen como competencia propia de los municipios el "Desarrollo económico y social local y políticas o planes locales de empleo"; y “la redacción, aprobación y gestión de los planes municipales de fomento del uso del euskera, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 de la presente ley”. Plan Estratégico 2020-2023 de subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza (Boletín Oficial de Gipuzkoa de 17 de marzo de 2020). 4. Asignación económica. La consignación presupuestaria será de mil quinientos euros (1.500,00 euros) y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 0500.471.431.00.01 para el año 2023. 5. Cuantía de la subvención. Con las solicitudes que han sido admitidas por concurrir todos los requisitos exigidos en las presentes bases se aplicará un sistema de reparto proporcional al importe del gasto acreditado en cada solicitud. El importe de la ayuda no podrá superar en ningún caso el 100% del gasto acreditado. 6. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes que cumplan los siguientes requisitos: Desarrollar o tener intención de desarrollar una actividad comercial u hostelera en el municipio de Eskoriatza. Disponer de licencia municipal para desarrollar dichas actividades. No incurrir en ninguna de las causas de prohibición para la obtención de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/203, de 17 de noviembre. No se concederán subvenciones a las entidades de carácter público. 7. Conceptos de gasto subvencionables. Serán subvencionables las actividades que se determinen más adelante por cada establecimiento comercial o hostelero existente o que se vaya a abrir, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases y que se realicen hasta el 31 de octubre del año de la convocatoria. Actividades a subvencionar: 1. Colocación de rótulos: tendrán la consideración de rótulos los que se coloquen tanto en la fachada como en las puertas y cristales del establecimiento comercial u hostelero. 2. Mejora y promoción de la imagen corporativa: los elementos de imagen corporativa pueden ser toldos, tarjetas de visita, sellos, facturas, rotulaciones de vehículos, bolsas y papeles de envolver o elementos similares. 8. Requisitos que han de cumplir las actuaciones. Para recibir subvenciones para rótulos publicitarios y mejorar la imagen corporativa deberán de cumplirse los siguientes requisitos: El rótulo o el texto de la imagen corporativa deberá de estar escrito exclusivamente en euskera. Detallar la actividad (bar, restaurante, peluquería, frutería…) en el rótulo o en el material creado para la imagen corporativa. El texto deberá de estar escrito correctamente. Para poder percibir las subvenciones por rótulos, es imprescindible disponer del permiso para instalar el rótulo. 9. Forma y plazo de presentación de las solicitudes de subvención. Las solicitudes deberán formularse mediante instancia firmada y ajustada al modelo normalizado que se encuentra disponible en modo presencial o digital. Las solicitudes se podrán presentar presencialmente de lunes a viernes, de 9:00 a 14:30 horas, en el servicio H@ZI del ayuntamiento, y telemáticamente, las 24 horas de los 7 días de la semana, en el portal del ciudadano. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de octubre de 2023 a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Si el último día fuera sábado o festivo, se ampliará al siguiente día hábil. Los solicitantes deberán presentar la siguiente declaración jurada:1. Instancia de solicitud de subvención. En la…
Organismo convocante
ESKORIATZA — AYUNTAMIENTO DE ESKORIATZA
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de mayo de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
SUBVENCIONES PARA ROTULACIÓN EN EUSKERA Y PROMOCIÓN DE LA IMAGEN CORPORATIVA EN EUSKERA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE ESKORIATZA.