FinalizadaAutonómicaEducación

29/05/2023 de la Conselleria Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros aut. de E. Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la CV curso 23/24

Denominación oficial: Resolución de 29/05/2023 de la Conselleria Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros aut. de E. Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la CV curso 23/24

Plazo de solicitud 30 de junio de 2023
Estado Finalizada
Código BDNS 699521

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 87,5 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. Personas beneficiarias Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas, para el curso escolar 2023-2024, siempre que cumplan con lo establecido en la Orden de Bases y en la presente convocatoria: a) El alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros y de 0 a 2 años matriculado en EIM, de la Comunitat Valenciana. b) Las EIM de la Comunitat Valenciana, tanto de gestión directa como indirecta, para la escolarización del alumnado de 2 a 3 años. Segundo. Objeto Convocar, para el curso escolar 2023-2024, las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo, de la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 19/2018, de 16 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la Comunitat Valenciana, modificada por la Orden 27/2022, de 4 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Tercero. Bases Reguladoras Orden 19/2018, de 16 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la Comunitat Valenciana (DOGV 8298 de 18 de mayo de 2018). Orden 27/2022, de 4 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica parcialmente la Orden 19/2018, de 16 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la Comunitat Valenciana (DOGV 9334 de 09 de mayo de 2022). Cuarto. Importe 1. El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de estas ayudas para esta convocatoria será de 87.500.000,00 euros, distribuido en las siguientes anualidades: - Ejercicio 2023: la parte correspondiente a los cuatro primeros meses del curso escolar 2023-2024 (septiembre a diciembre de 2023) por importe global máximo de 35.000.000,00 euros. El pago se realizará con cargo a la línea de subvención S5598000, capítulo IV, de la sección, servicio, centro gestor y programa 09.02.01.422.20 Enseñanza Primaria, prevista en la actual Ley de Presupuestos de la Generalitat. - Ejercicio 2024: la parte correspondiente a los seis meses siguientes del curso escolar 2023-2024 (enero a junio de 2024), por importe máximo de 52.500.000,00 euros, que quedará condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente y adecuado en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, de conformidad con lo previsto en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. 2. El citado importe podrá ser incrementado como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito que no requerirá una nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes para el alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros y de 0 a 2 años matriculado en EIM El plazo para la presentación de solicitudes será de 25 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del plazo de presentación de las solicitudes determinará la exclusión de la convocatoria. Excepcionalmente, estos plazos no se aplicarán en los casos de alumnado hijo o hija de víctima de violencia de género que requiera especial protección, de mujeres en riesgo de exclusión social, de alumnado en situación de acogida familiar o residencial y de alumnado desplazado acogido a régimen de protección temporal de acuerdo con la normativa en vigor que regula esta materia, siempre que así se solicite durante el curso escolar, se aporte certificación acreditativa de tal circunstancia y que las disponibilidades presupuestarias así lo permitan. En estos casos, la persona solicitante presentará la solicitud mediante trámite telemático de procedimientos de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Excepcionalmente, en caso de no disponer de medios electrónicos, podrá presentar la solicitud en el registro de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La ayuda se concederá, en caso de que el alumno reúna los requisitos y con efectos a partir del mes siguiente al de la presentación de la solicitud. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes para el alumnado de 2 a 3 años matriculado en EIM El plazo para la presentación por vía telemática de las solicitudes por parte de las EIM, para el tramo de 2 a 3 años, será de 25 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión de la convocatoria.

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE EDUCACIÓN

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación30 de mayo de 2023
Fecha inicio de solicitudes6 de junio de 2023
Fecha fin de solicitudes30 de junio de 2023

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económico85.2 - Educación primaria
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total87,5 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN 27/2022, de 4 de mayo, modiifica parcialmente la Orden19/2018 de 16 mayo, se aprueban bases reguladoras ayudas económicas escolarización en centros autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la CV

Bases reguladoras ↗