Ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para la aceleración de Startups «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Denominación oficial: Ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para la aceleración de Startups «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 33,4 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquier startup, pyme o emprendedor que cumpla los requisitos puede solicitarla y, si hay fondos disponibles, la recibe directamente, sin que su solicitud se compare con otras. Es una subvención en efectivo, sin obligación de devolución, destinada a impulsar la aceleración de negocios emergentes y a apoyar a emprendedores innovadores que desarrollen actividad económica. La convocatoria está abierta a nivel nacional y la gestiona la Fundación EOI dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Las ayudas que se concedan en el marco de la presente convocatoria van dirigidas tanto a empresas emergentes conforme a la definición de startup en los términos señalados en el apartado 2 del artículo 1, como a emprendedores innovadores, conforme al apartado 3 de la Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, y su modificación mediante Orden ICT/843/2023,de 19 de julio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprende-doras para el impulso del «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que deseen hacer crecer sus negocios Las ayudas que se concedan en el marco de la presente convocatoria van dirigidas también a emprendedores innovadores conforme a lo establecido en el artículo 1.3 de la citada Orden ICT/748/2022, de 28 de julio , y su modificación mediante Orden ICT/843/2023, de 19 de julio. Podrán obtener la condición de beneficiarios al amparo de esta convocatoria las em-presas emergentes y los emprendedores innovadores que desarrollen proyectos de emprendimiento innovadores que cuenten con un modelo de negocio escalable siempre que tengan personalidad física o jurídica, estén legalmente constituidos y debidamente inscritos en el registro que les corresponda. Segundo. Objeto. Estas ayudas tienen por objeto impulsar el crecimiento y desarrollo de las startups y emprendedores innovadores, a través del programa de capacidades emprendedoras «Programa de Aceleración de Startups», en sus modalidades «Programa de Aceleración de Startups- Regional» y «Programa de Aceleración de Startups- Sectorial», de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras de la concesión de ayudas publicadas median-te la Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, y su modificación mediante Orden ICT/843/2023, de 19 de julio. Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. El programa de capacidades emprendedoras «Programa de Aceleración de Startups - Regional», tiene por objetivo facilitar a startups y emprendedores innovadores, de todos los sectores, actividades de asesoramiento orientadas a hacer crecer y desarrollar sus negocios. Este programa se desarrollará en cada una de las Comunidades y Ciudades Autónomas del territorio nacional. El programa de capacidades emprendedoras “Programa de Aceleración de Startups - Sectorial” tiene por objetivo facilitar asesoramiento a las startups y emprendedores innovadores que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en los sectores tractores destacados por la EENE, como son industria, industrias culturales, musicales o audiovisuales, movilidad, salud, construcción y materiales, energía y transición ecológica, banca y finanzas, digital y telecomunicaciones, agroalimentación y biotecnología. Dichas actividades involucrarán al tejido empresarial del sector, especialmente a las grandes empresas y empresas tractoras de cada sector. Cada startup o emprendedor innovador solicitante podrá ser beneficiario de una única ayuda y, por tanto, participante en una única modalidad de programa: bien del «Programa de Aceleración de Startups- Regional», o bien del «Programa de Aceleración de Startups- Sectorial». El Plan de Aceleración incluye las siguientes actividades, que se describen con mayor profundidad en el Anexo de la orden de bases resumiéndose a continuación: Programa de formación con, al menos, 50 horas de talleres con carácter grupal. Programa de aceleración para el crecimiento y desarrollo, compuesto por, al menos, 40 horas de mentorización individual (one-to-one). Networking y conexión con el tejido empresarial local, en el caso de la modalidad regional, o bien tejido empresarial sectorial en esta modalidad. Tercero. Bases reguladoras. Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para el impulso del «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 185, de 3 de agosto de 2022, modificada por la Orden ICT/843/2023 de 19 de julio. Cuarto. Cuantía. El gasto para esta convocatoria es de un máximo de TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS (33.373.588,00 €) que será aportado por la Fundación EOI con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 1, C13.I1 «Emprendimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, es de 5.471,08€. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 5 de septiembre de 2023 y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario total establecido en la convocatoria
Organismo convocante
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO — FUNDACIÓN EOI, F.S.P.
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 26 de julio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; 01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; 01.7 - Caza, captura de animales y servicios relacionados; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; V - ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES; OTROS SERVICIOS; 01.5 - Producción agrícola combinada con la producción ganadera; 01.3 - Propagación de plantas; 02 - Silvicultura y explotación forestal; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 33,4 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Financiación europea | Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para el impulso del «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 1407/2013 de minimis, General