Becas y ayudas para estudios universitarios del curso académico 2023/2024
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE BECAS Y AYUDAS PARA ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DEL CURSO ACADÉMICO 2023/2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CANARIAS. Presupuesto: 10,5 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una beca de 10,5 millones de euros para personas que viven en Canarias y están estudiando en universidades públicas, tanto en Canarias como en cualquier otro punto de España. Si no puedes acceder a las becas del Ministerio, puedes solicitarla. Se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del plazo establecido y luego se comparan todas las peticiones; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El apoyo se entrega como una subvención en dinero, sin necesidad de devolverlo.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
* De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el * extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la * Base de Datos Nacional de Subvenciones * (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). * Primero.- Beneficiarios. * Personas con residencia en Canarias, que se encuentren realizando * estudios universitarios en centros públicos y no cumplan con los * requisitos para ser beneficiarias de todas o algunas de las modalidades * de becas universitarias convocadas por el Ministerio de Educación y * Formación Profesional. * Los estudios han de cursarse en universidades públicas canarias o * centros universitarios de titularidad pública adscritos a las mismas, * así como en universidades públicas del resto del territorio español, * siempre que los estudios no puedan cursarse en Canarias y de quienes * deseen realizar o se encuentren realizando estudios universitarios en la * UNED. * Segundo.- Objeto. * Sufragar los gastos derivados del pago de los precios públicos por * matrícula, el transporte y la residencia de la enseñanza superior * universitaria, de las personas con residencia en Canarias, que se * encuentren realizando estudios universitarios en centros públicos y no * cumplan con los * requisitos para ser beneficiarias de todas o algunas de las modalidades * de becas universitarias convocadas por el Ministerio de Educación y * Formación Profesional. * * Tercero.- Cuantía. * * Las becas y ayudas convocadas por la presente Orden serán financiadas * con cargo a la partida presupuestaria 18.07.323A, PI/LA 18404502, 446.02 * y 480.02 Ayudas a los Estudios Universitarios (Ley 8/2003, de becas y * ayudas a los estudios universitarios) según la Ley de Presupuestos de la * Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2023, dotada con un crédito * inicial para la convocatoria por importe de 10.500.000 euros de carácter * ampliable, repartido en las anualidades de la siguiente forma: * 2023: 3.000.000,00 € * 2024: 7.500.000,00 € * * Cuarto.- Bases Reguladoras. * En aplicación de lo previsto en los artículos 17.3 letra b) y 23.2 de la * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente * convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones * (BDNS) y un extracto de ésta en el Boletín Oficial de Canarias, * publicándose igualmente las bases y convocatoria conjunta en el mismo * diario oficial. * * Quinto.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes. * El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre * de 2023 y empezará a contar desde el día siguiente a su publicación en * el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo previsto en la base * reguladora décima, con cualquiera de los sistemas de firma electrónica * establecidos en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de * octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones * Públicas, para lo cual, será requisito indispensable disponer de * cualquiera de los sistemas de identificación disponibles en la sede * electrónica departamental, que se pueden consultar en el apartado "la * sede – Sistemas de identificación y firma aceptados". * * Las solicitudes se cumplimentarán por vía telemática y no serán tenidas * en cuenta las que no completen el proceso de presentación establecido, * conforme al modelo puesto a disposición. Este proceso incluye la * obtención del Justificante de Registro de entrada, que deberá ser * conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que * resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma * establecidos. * * Las solicitudes se formalizarán de acuerdo con lo previsto en la Base * décima del anexo de la presente Orden. El formulario de solicitud podrá * descargarse en la página web de la Dirección * General de Universidades e Investigación: * * https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/web/estudiantes/becas_ayuda * s_subvenciones/* becas-gobierno-canarias/* * y en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias * https://sede.gobiernodecanarias.org * * Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la indicada Ley 39/2015, se * presume, salvo que la persona solicitante manifieste su oposición * expresa, que autoriza a la Dirección General de Universidades e * Investigación a realizar las consultas oportunas, por lo que no será * obligatorio presentar la siguiente documentación: * * - El Carné de Familia numerosa, para la aplicación de la deducción por * familia numerosa. * - El certificado de discapacidad, para la aplicación de la deducción * correspondiente en el caso de hermano/a, hijo/a de la persona * solicitante o ella misma, esté afectada de minusvalía de grado igual o * superior al 33%, así como para la aplicación del resto de previsiones de * las bases referidas a las personas solicitantes con discapacidad. * - El certificado de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, para * determinar los miembros computables de la unidad familiar. * * En el supuesto de que se produzca una imposibilidad técnica en la sede * electrónica y siempre y cuando se haya publicado ampliación del plazo * para la presentación de solicitudes, la Dirección General de * Universidades e Investigación podrá recibir solicitudes en formato * impreso, con carácter excepcional, para facilitar la participación de * todas las personas interesadas en la convocatoria dentro del plazo * prorrogado. * * Se delega en la persona titular de la Dirección General de Universidades * e Investigación la instrucción y resolución de la presente convocatoria * y la resolución de las incidencias relacionadas con las mismas, así como * la posible ampliación del plazo de presentación de solicitudes por * situaciones excepcionales. Las resoluciones administrativas que se * adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta * circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante. * * LA…
Organismo convocante
CANARIAS — CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA
Ámbito
CANARIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de agosto de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | 85.3 - Educación secundaria y educación postsecundaria no terciaria; 85.4 - Educación terciaria |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden de la Excma. Sra. Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios oficiales de grado y máster durante el curso académico 2023/2024, se realiza la convocatoria de determinadas becas y ayudas y se aprueba el gasto correspondiente. ↗
Bases reguladoras
BASES Y CONVOCATORIA DE BECAS Y AYUDAS PARA ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DEL CURSO ACADÉMICO 2023/2024