FinalizadaNacionalI+D+i

Resolución del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se convocan becas de formación en investigación para titulados universitarios

Denominación oficial: Resolución del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se convocan becas de formación en investigación para titulados universitarios.

Plazo de solicitud 22 de septiembre de 2023
Estado Finalizada
Código BDNS 714751

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 119.641 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir a la concesión de esta beca, las personas que reúnan los siguientes requisitos; 1. Tener nacionalidad española, o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. 2. Encontrarse en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado al término del plazo de presentación de solicitudes. El título deberá haberse obtenido entre los años 2019 a 2023, ambos incluidos, y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 3. Acreditar dominio suficiente de la lengua española para el desempeño correcto de las funciones y tareas a las que se refiere la presente convocatoria 4. No haber sido beneficiarios de una beca concedida con anterioridad por el Instituto de Estudios Fiscales para el mismo objeto. Segundo. Objeto: Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, ocho becas de formación en investigación destinadas a titulados universitarios, al objeto de contribuir a su formación en el ejercicio de tareas formativas e investigadoras en materias relativas a la actividad presupuestaria y fiscal de la Hacienda Pública. Tercero. Bases reguladoras: Orden HFP/576/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto de Estudios Fiscales Cuarto. Cuantía: Se convocan 8 becas por 119.641,36 euros anuales. La cuantía individual de la beca será de 1.100 euros mensuales brutos, y se abonará por mensualidades vencidas. En todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cotización a la Seguridad Social. Igualmente se habilitará un fondo de 8.000 € para financiar los gastos derivados de la asistencia a cursos, seminarios o actividades que se determinen, a propuesta del tutor o de los responsables de las unidades del Instituto a las que se incorpore el becario. El periodo máximo de disfrute de las becas será de 12 meses y, podrá ser prorrogada por otro año más, si fuera conveniente para el programa de formación y lo permitieran las disponibilidades presupuestarias. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, y se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. La solicitud de la beca deberá hacerse de forma electrónica.

Organismo convocante

MINISTERIO DE HACIENDA — INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

I+D+i

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación1 de septiembre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes22 de septiembre de 2023

Información completa

AdministraciónNacional
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadInvestigación, desarrollo e innovación
Sector económico84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total119.641 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden HFP/576/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto de Estudios Fiscales.

Bases reguladoras ↗