Resolución del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se convocan becas de formación en investigación para titulados universitarios
Izendapen ofiziala: Resolución del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se convocan becas de formación en investigación para titulados universitarios.
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas físicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: ESPAÑA. Aurrekontua: 119.641 €. Konpetentzia lehiakorra - kanonikoa.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir a la concesión de esta beca, las personas que reúnan los siguientes requisitos; 1. Tener nacionalidad española, o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. 2. Encontrarse en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado al término del plazo de presentación de solicitudes. El título deberá haberse obtenido entre los años 2019 a 2023, ambos incluidos, y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 3. Acreditar dominio suficiente de la lengua española para el desempeño correcto de las funciones y tareas a las que se refiere la presente convocatoria 4. No haber sido beneficiarios de una beca concedida con anterioridad por el Instituto de Estudios Fiscales para el mismo objeto. Segundo. Objeto: Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, ocho becas de formación en investigación destinadas a titulados universitarios, al objeto de contribuir a su formación en el ejercicio de tareas formativas e investigadoras en materias relativas a la actividad presupuestaria y fiscal de la Hacienda Pública. Tercero. Bases reguladoras: Orden HFP/576/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto de Estudios Fiscales Cuarto. Cuantía: Se convocan 8 becas por 119.641,36 euros anuales. La cuantía individual de la beca será de 1.100 euros mensuales brutos, y se abonará por mensualidades vencidas. En todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cotización a la Seguridad Social. Igualmente se habilitará un fondo de 8.000 € para financiar los gastos derivados de la asistencia a cursos, seminarios o actividades que se determinen, a propuesta del tutor o de los responsables de las unidades del Instituto a las que se incorpore el becario. El periodo máximo de disfrute de las becas será de 12 meses y, podrá ser prorrogada por otro año más, si fuera conveniente para el programa de formación y lo permitieran las disponibilidades presupuestarias. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, y se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. La solicitud de la beca deberá hacerse de forma electrónica.
Deialdia egiten duen erakundea
MINISTERIO DE HACIENDA — INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES
Eremua
ESPAÑA
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2023ko irailaren 1a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | 2023ko irailaren 22a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Nazionala |
| Deialdi mota | Konpetentzia lehiakorra - kanonikoa |
| Xedea | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sektore ekonomikoa | 84.1 - Administrazio publikoa eta ekonomia, gizarte eta ingurumen politika |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko uztailaren 21a |
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 119.641 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
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Dokumentazioa
Oinarri arautzaileak
HFP/576/2023 Agindua, ekainaren 7koa, Ikasketa Fiskalen Institutuak diru-laguntzak emateko oinarri arautzaileak onartzen dituena.