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INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES EN El TALLER DUAL DE EMPLEO ?VIGO CAPACITA VIII? BASES REGULADORAS

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 719436

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Pontevedra. Presupuesto: 60.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

ÍNDICE ARTÍCULO 1. FINALIDAD Y DURACIÓN DE LOS INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA. ARTÍCULO 2. ENTIDADES BENEFICIARIAS DE LOS INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN. ARTÍCULO 3. CUANTÍA DE LOS INCENTIVOS. ARTÍCULO.4. CUANTÍA TOTAL Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO ARTÍCULO 5. EXCLUSIONES. SE EXCLUYEN DE LOS BENEFICIOS REGULADOS EN ESTE PROGRAMA. ARTÍCULO 6. PLAZOS Y SOLICITUD ARTÍCULO 7. JUSTIFICACIÓN Y PAGO ARTÍCULO 8. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS. ARTÍCULO 9. COMPETENCIA. ARTÍCULO 10. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, INSTRUCCIÓN Y TRAMITACIÓN. ARTÍCULO 11. RESOLUCIÓN Y RECURSOS. ARTÍCULO 12. INCOMPATIBILIDADES Y CONCURRENCIA ARTÍCULO 13. PÉRDIDA DEL DERECHO Al COBRO DE LA SUBVENCIÓN Y REINTEGRO. ARTÍCULO 14. DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA DE LA SUBVENCIÓN. ANEXOS ANEXO I. SOLICITUD ANEXO II. DECLARACIÓN JURADA ANEXO III. DECLARACIÓN DE AYUDAS SOLICITADAS ANEXO IV. AUTORIZACIÓN CONSULTA DE DATOS ANEXO V. JUSTIFICACIÓN INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES EN EL TALLER DUAL DE EMPLEO ?VIGO CAPACITA VIII? BASES REGULADORAS Artículo 1. Finalidad y duración de los incentivos a la contratación por cuenta ajena. 1. Los incentivos a la contratación por cuenta ajena objeto de la presente convocatoria tienen por finalidad facilitar la empleabilidad y la ocupabilidad de las personas participantes en el TALLER DUAL DE EMPLEO ?VIGO CAPACITA VIII?, número de EXPTE.: 36/00007/2022, proyecto mixto de formación y empleo promovido por el Ayuntamiento de Vigo y financiado a través de la convocatoria 2022 de ayudas y subvenciones a talleres duales de empleo, de la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral, perteneciente a la Consellería de Empleo e Igualdad. 2. La contratación (en las modalidades de contrato indefinido o fizo discontinuo) tendrá una duración mínima de 3 meses. 3. La jornada de la contratación será a tiempo completo. Artículo 2. Entidades beneficiarias de los incentivos a la contratación. 1. Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos a la contratación las personas empleadoras y las empresas/ entidades, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, cuya actividad esté directamente relacionada con la formación impartida en el taller dual de empleo, en concreto con los certificados de Profesionalidad de Cocina (HOTR0408) y Repostería (HOTR0509 Módulos) y Servicios de Restaurante (HOTR0608) y Servicios de Bar y Cafetería (HOTR0508) en el ámbito de la hostelería, y que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en el ámbito territorial de Vigo. En el caso de sociedades civiles, comunidades de bienes y uniones temporales de empresas deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar para cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiario. En cualquiera caso, deberán nombrar una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan a la agrupación. En el supuesto de uniones temporales de empresas, cada empresa que fuere parte de esta unión deberá reunir los requisitos exigidos para acceder a las ayudas. 2. No podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las administraciones públicas, las sociedades públicas, ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas. 3. No estár incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el art. 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en el art. 13 de la Ley 38/2003 del 17 de noviembre, general de subvenciones, segundo el estipulado en las bases de la convocatoria. 4. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades solicitantes que estén excluídas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, conforme al establecido en el artículo 46 y 46 bis del texto refundido de la Ley de infracciones y sanciones en la orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, del 4 de agosto. 5. La justificación por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar incursas en las prohibiciones contenidas en los números 3 y 4 anteriores para obtener la condición de beneficiario se realizará mediante declaración responsable . Artículo 3. Cuantía de los incentivos. 1. Los contratos se incentivarán con una subvención fija de 1.500? por cada trabajador/a, correspondiente al contrato mínimo de 3 meses a jornada completa. 2. El número máximo de incentivos que se podrán conceder es de 20 en total. 3. Los beneficios establecidos a la contratación en este programa no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 100 % del coste salarial de las mensualidades objeto de subvención . 4. Una vez agotado el crédito presupuestario existente, se procederá a denegar las subvenciones que no puedan ser atendidas por falta de disponibilidad presupuestaria. Las solicitudes denegadas por falta de crédito en una convocatoria determinada, no causarán derecho en las siguientes. Artículo 4. Cuantía total y crédito presupuestario La cuantía total estimada destinada la estas subvenciones para el ejercicio presupuestario del 2023 del Ayuntamiento de Vigo es de 30.000 ? (treinta mil euros), que se imputarán con cargo a la partida 2410 4700007 denominada AYUDASCONTRATACIÓN T.E. ?VIGO CAPACITA VIII?, de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras. El importe de la subvención o ayuda, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actividad o actuación subvencionada. La concesión de la subvención no…

Organismo convocante

VIGO — AYUNTAMIENTO DE VIGO

Ámbito

Pontevedra

Categoría

Empleo

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación2 de octubre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadDesempleo
Sector económico56.1 - Restaurantes y puestos de comidas
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total60.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES EN El TALLER DUAL DE EMPLEO ?VIGO CAPACITA VIII? BASES REGULADORAS