De 21 de noviembre de 2023,convocatoria para el año 2024 de ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas
Denominación oficial: Orden de 21 de noviembre de 2023,convocatoria para el año 2024 de ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 317.448 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convoca para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican: Línea: Subvenciones asociaciones de criadores de razas autóctonas españolas de Andalucía. Cuantía Máxima: 317.447,56 euros (trescientos diecisiete mil cuatrocientos cuarentaisiete con cincuentaiseis euros). Partidas presupuestarias: -1400180000 G/71B/78206/00 S0600 2007003022, por un importe de 158.723,78 euros, anualidad 2024. - 1400010000 G/71B/78206/00 01 2020000055, por un importe de 158.723,78 euros, anualidad 2025. Segundo. Personas beneficiarias. Las organizaciones o asociaciones de ganaderos, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la subvenciones destinadas al fomento de la razas autóctonas españolas. Tercero. Objeto. Fomentar las razas autóctonas españolas de Andalucía, especialmente aquellas que se encuentran amenazadas (anteriormente en peligro de extinción). Cuarto. Bases reguladoras. Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre. Quinto. Importe máximo por beneficiario. La dotación de la línea de subvención destinada al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía se hace en el apartado primero del presente extracto. El importe máximo de la subvención individual, por raza y anualidad, será el previsto en el artículo 7 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/11021 Sevilla, .La Viceconsejera, P.D. de firma de la Consejera (Orden de 21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de noviembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 2 de diciembre de 2023 |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de diciembre de 2023 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 317.448 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas espaÑolas enla Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 27 AYUDAS DESTINADAS AL SECTOR GANADERO Y AYUDAS POR GANADO MUERTO
Reglamento UE aplicable
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)