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Deducción por inversiones en producciones cinematográficas españolas y extranjeras arts. 36.1., 36.2, y 39.3 LIS AÑO 2022

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

0 euros

📅Fecha inicio

1 de julio de 2023

📅Fecha fin

25 de julio de 2023

Resumen

Esta ayuda esta destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: ESPAÑA. Presupuesto total: 0 euros. Concesion directa: concedida sin concurso publico.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • GRAN EMPRESA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion13 de diciembre de 2023
Fecha inicio de solicitudes1 de julio de 2023
Fecha fin de solicitudes25 de julio de 2023

Informacion economica

Presupuesto total0 euros
Modalidad de ayudaVENTAJA FISCAL
Tipo de convocatoriaConcesion directa: concedida sin concurso publico
FinalidadCultura
Sector economico59.1 - Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión

Informacion completa

Bases reguladorasLey del Impuesto sobre Sociedades
Publicacion en diario oficialNo
Administracionadmin_estado
Ultima actualizacion BD2026-07-20T22:21:06.344059